La Suprema Corte de Justicia declaró su incompetencia para conocer la recusación interpuesta por Aurelio Valdez Alcántara contra la magistrada Ysis B. Muñiz Almonte, quien funge como jueza de la instrucción especial en un proceso vinculado al Ministerio Público.
La decisión está contenida en la resolución núm. 49-2026, emitida por el pleno del alto tribunal, presidido por Luis Henry Molina Peña, en fecha 23 de abril de 2026.
En su fallo, la Suprema Corte determinó que no tiene competencia para conocer este tipo de recusación, por lo que ordenó remitir el expediente a la Presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, instancia que deberá continuar con el procedimiento conforme a lo establecido en la ley.
La recusación fue presentada contra la magistrada Muñiz Almonte bajo el alegato de que habría intervenido previamente en etapas del proceso y tenido contacto con elementos sensibles del caso, incluyendo autorizaciones relacionadas con entregas vigiladas de dinero y evidencias documentales.
Asimismo, el tribunal dispuso eximir del pago de costas el procedimiento y ordenó la notificación de la resolución a las partes involucradas.
La decisión fue adoptada en cámara de consejo por los jueces que integran el pleno de la Suprema Corte, quienes firmaron la resolución conforme a las disposiciones del Código Procesal Penal.
Sobre el caso
Este caso contra el procurador fiscal Aurelio Valdez Alcántara salió a la luz pública tras una investigación del Ministerio Público que incluyó técnicas especiales como la entrega vigilada de dinero y el levantamiento de evidencias digitales.
Según los documentos del proceso, las autoridades recopilaron información sobre presuntas reuniones, exigencias de dinero en efectivo y otros bienes, como relojes y vehículos, lo que llevó a profundizar las indagatorias.
Entre las pruebas mencionadas figuran registros de billetes, material fotográfico y archivos contenidos en dispositivos electrónicos, elementos que fueron utilizados para sustentar la acusación.
A raíz de estas actuaciones, la defensa del fiscal cuestionó la imparcialidad del proceso y presentó una recusación contra la jueza Ysis B. Muñiz Almonte, alegando que había tenido contacto previo con evidencias sensibles y que habría emitido consideraciones anticipadas sobre el caso.
Este planteamiento dio paso a un debate judicial sobre la objetividad en la instrucción del proceso, que culminó con la decisión de la Suprema Corte de Justicia de declararse incompetente para conocer la recusación y remitir el expediente a otra instancia.
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