El ministro de Trabajo, Eddy Olivares, aseguró que la reforma del Código de Trabajo en discusión en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados incorpora el teletrabajo, mientras deja para una futura reforma la economía de plataformas digitales, por tratarse de un fenómeno aún en desarrollo a nivel global.
Olivares explicó que el uso de las plataformas digitales como trabajo se encuentra en una etapa “embrionaria” en la mayoría de los países, aunque algunos ya lo han institucionalizado en sus legislaciones.
En ese sentido, indicó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) emitirá próximamente un convenio internacional, lo que serviría de base para su inclusión en una futura reforma del Código de Trabajo.
“El tema relativo a la economía de plataforma que va a tener una gran incidencia ya sería conocido en otra reforma, y, además, asumido a través del convenio que muy pronto aprobará la OIT”, afirmó el funcionario a Acento, durante el Día Internacional de los Trabajadores.
En marzo, El Economista informó que la OIT avanza con la regulación del sector, que busca establecer un marco legal que garantice el equilibrio entre la innovación tecnológica y la protección de los derechos humanos y laborales.
- Transparencia algorítmica: Las plataformas deben informar sobre el uso de sistemas automatizados y garantizar revisión humana en decisiones críticas, con derecho a explicación escrita y defensa.
- Seguridad laboral: Se promueven medidas para prevenir accidentes y enfermedades, incluyendo el derecho a detener el trabajo ante riesgos graves sin represalias.
- Regulación transfronteriza: Las condiciones laborales deben regirse por las leyes del país donde se realiza el trabajo, evitando vacíos legales.
Teletrabajo: uno de los ejes de la reforma del Código de Trabajo
Hoy, 1ero de mayo, Día Internacional del Trabajo, la efeméride encuentra a República Dominicana, con la discusión para modernizar el Código de Trabajo.
El proyecto de ley de reforma o modernización del Código de Trabajo fue depositado en el Senado el 10 de octubre de 2024 por el poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo.
El ministro subrayó que el trabajo remoto sí está contemplado en la reforma del código laboral. Destacó que, tras la pandemia del COVID-19, esta modalidad se ha posicionado como una “realidad laboral que requiere regulación clara”.
“El teletrabajo es igual que el trabajo presencial en lo relativo a la entrada. Usted entra a través de una plataforma desde su computadora y queda registrado. Es decir, se ‘poncha’ digitalmente”, indicó. Olivares detalló que el contrato debe establecer la hora de entrada y salida, respetando la jornada de ocho horas.
Advirtió que, aunque el trabajo remoto tiende a extenderse, cualquier tiempo adicional debe ser considerado como horas extras y ajustarse a los límites establecidos por el Código de Trabajo.


Teletrabajo como respuesta a crisis y ahorro de combustible
El presidente de la República, Luis Abinader, pidió “responsabilidad compartida” ante presiones que, según dijo, pueden sentirse en tarifas eléctricas, costos de transporte y, en alguna medida, precios de alimentos. El Ejecutivo planteó en marzo de este año medidas de eficiencia como trabajo remoto y un uso más racional de combustibles.
Enmarcó la crisis como una advertencia estratégica: la necesidad de reducir dependencia de combustibles fósiles y acelerar la transición hacia energías renovables para hacer al país menos vulnerable a choques internacionales.
El titular del Ministerio de Trabajo también vinculó el impulso del teletrabajo con el contexto internacional, marcado por la volatilidad del mercado energético. Recordó que el presidente Luis Abinader ha recomendado a las empresas adoptar esta modalidad ante el incremento de los precios del petróleo y la incertidumbre global.
A pesar de contar con una matriz de generación cada vez más diversificada, República Dominicana continúa dependiendo en gran medida del petróleo y el gas natural importados, manteniendo su exposición a fluctuaciones de precios. La crisis expone una vulnerabilidad de fondo: la extrema dependencia de República Dominicana de los combustibles fósiles importados. Con el 74 % de la matriz energética atada a hidrocarburos, cualquier shock externo se transmite de forma directa e inmediata a la economía.
“Hay una situación muy compleja con el combustible. De repente un día cualquiera aumenta US$ 20 el barril”, señaló. En ese contexto, afirmó que el trabajo a distancia representa una medida efectiva de ahorro, ya que reduce el consumo de combustible asociado al traslado diario de los empleados.
De hecho, las tensiones entre Estados Unidos, Israel e Irán en los precios del petróleo reavivan una preocupación conocida: cuando suben los combustibles, se encarece buena parte de la economía doméstica. Esto hace que el teletrabajo sea una alternativa para los empleados dominicanos, que alcanzaron los 5 millones al cierre de diciembre del 2025, de acuerdo con el Banco Central (BCRD).
- Reducción en el consumo de energía.
- Menor uso del transporte.
- Fortalecimiento del ahorro.
- Reducción de deudas.
Al disminuir la cantidad de personas que se trasladan diariamente hacia sus lugares de trabajo, que solo en el Gran Santo Domingo se realizan un millón de viajes diarios en vehículos privados, se reduce el consumo de combustibles fósiles, de acuerdo con el Intrant.
- Unas 3.5 millones de personas se movilizan diariamente en la zona metropolitana.
- Estos desplazamientos privados son predominantes para ingresar (74%) y salir (76%) del Distrito Nacional.
- Unas 300,000 personas usan el sistema del metro cada día.
Empresarios y gobierno: consenso para el trabajo remoto
Durante el Día Internacional del Trabajo, República Dominicana ya enfrentó escenarios similares durante la pandemia COVID-19, cuando el teletrabajo se convirtió en práctica común.
- La brecha digital y la calidad del internet siguen siendo desafíos para una implementación masiva.
- Expertos advierten que se requiere regulación laboral clara para garantizar derechos y evitar abusos en horarios.
Sobre la receptividad del sector empresarial, Olivares indicó que existe una comunicación entre el gobierno y los empresarios, y que muchas empresas ya han comenzado a implementar el trabajo remoto. Sin embargo, enfatizó que su expansión debe ser producto del consenso. “Tiene que ser algo acordado con los empresarios. Muchos ya lo hacen, y el llamado del presidente ha sido tomado muy en cuenta”, sostuvo.
En marzo de este año, el presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Celso Juan Marranzini, aseguró que el sector privado está preparado para enfrentar las dificultades que pueda presentar la guerra de Medio Oriente, apoyado en aprendizajes desde la pandemia: teletrabajo, mayor flexibilidad operativa y otras medidas de adaptación.
“Las empresas, sobre todo a raíz de la pandemia, han trabajado activamente en protocolos, no solamente para la pandemia, pues eso se llevó para el clima, para poder trabajar”, afirmó Marranzini.
Regulación del teletrabajo en República Dominicana
La Resolución 07/2020, emitida por el Ministerio de Trabajo al inicio de la pandemia COVID-19, y la posterior Resolución 23/2020, intentaron enmarcar el teletrabajo como modalidad especial dentro del mercado laboral.
En marzo del 2024, el Senado de la República aprobó en segunda lectura el Proyecto de Ley que modifica la Ley 16-92 y aprueba el Código de Trabajo para incluir el teletrabajo como modalidad de trabajo en el país.
- Esta ley establece la inclusión de los sectores productivos en la economía digital.
- El uso de herramientas tecnológicas de comunicación como medio de potenciar la generación de empleos.
- Aumentar la protección de los derechos de los trabajadores.
El jefe de Estado explicó en agosto del 2024 que la reforma laboral tiene como finalidad actualizar el marco regulatorio del trabajo, fortalecer la protección social y adaptar la legislación a las nuevas realidades del mercado laboral, así como promover la creación de empleos de calidad con salarios dignos.
Asimismo, indicó que surgió del diálogo social tripartito desde hace más de dos años, incluirá el reconocimiento de los derechos de las trabajadoras del hogar y el reconocimiento del teletrabajo como una de las realidades de la “nueva economía”. Sostuvo que esta reforma surge de la necesidad de actualizar el Código de Trabajo a la realidad del mundo laboral actual.
El ministro dijo que el teletrabajo se perfila como uno de los pilares de la reforma del Código Laboral, no solo por su impacto en la productividad, sino también como respuesta ante escenarios económicos internacionales adversos.
¿Qué dice el Código Laboral sobre el trabajo remoto?
La pieza en su artículo 276.1 define el teletrabajo como una modalidad de ejecución del contrato de trabajo, que se realiza mediante la utilización de medios vinculados a la tecnología de la información y comunicación fuera de los establecimientos de la empresa, ya sea desde el domicilio del trabajador o desde cualquier otro lugar.
- La retribución que deberá recibir el trabajador y el horario de prestación del servicio, incluidos los descansos.
- La unidad organizacional o departamento al cual será asignado y se reportará dentro de la empresa.
- Las condiciones para establecer el cambio en la prestación del servicio, de una modalidad de teletrabajo a presencial y viceversa.
- El tiempo de desconexión en el que el trabajador no está obligado a conectarse digitalmente, incluyendo, el horario de trabajo y los descansos durante la jornada.
- La proporción en que serán solventados los gastos generados por la instalación y uso de la electricidad y la aplicación digital, y demás costos que se deriven del teletrabajo.
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