La Cámara de Diputados aprobó el 20 de mayo de 2026, en primera lectura y por unanimidad, la modificación de la Ley 16-92 del Código de Trabajo, vigente desde 1992. El proyecto introduce cambios en vacaciones, jornadas laborales, licencias, digitalización de contratos y suspensión de labores durante estados de excepción, mientras mantiene intacta la cesantía, el punto más sensible de toda la discusión laboral.

La reforma laboral aún debe pasar por segunda lectura en la Cámara de Diputados y luego por el Senado antes de su promulgación.

Reforma laboral RD 2026: qué gana el trabajador dominicano

Más vacaciones para empleados con antigüedad

Uno de los cambios concretos sí impacta directamente el tiempo remunerado de descanso.

El artículo 177 del proyecto modifica la escala actual de vacaciones y establece:

  • 14 días laborables para trabajadores con entre uno y tres años
  • 15 días laborables para quienes tengan entre tres y cinco años
  • 15 días laborables con pago equivalente a 18 días de salario para quienes acumulen más de cinco años en la empresa.

Actualmente, el Código de Trabajo otorga 14 días hasta cinco años de servicio. El cambio introduce un beneficio adicional para empleados con mayor permanencia laboral.

Además, la reforma permite el fraccionamiento de vacaciones por acuerdo entre trabajador y empleador, aunque obliga a garantizar al menos un bloque mínimo de seis días continuos.

Licencia de paternidad

La reforma amplía la licencia de paternidad, uno de los reclamos más antiguos de sectores sindicales y organizaciones familiares.

El Código actual concede apenas dos días laborables al padre trabajador tras el nacimiento de un hijo. La propuesta aprobada en comisión eleva ese período a cuatro días laborables remunerados.

El cambio busca acercar la legislación dominicana a estándares regionales más amplios sobre corresponsabilidad familiar.

Jornadas extendidas y nuevas reglas de trabajo

Uno de los capítulos más sensibles de la reforma está en las modificaciones a las jornadas laborales.

El nuevo artículo 162 permitiría jornadas extendidas de hasta 12 horas diarias, siempre que: exista acuerdo entre empresa y trabajadores, el promedio semanal no exceda 44 horas, y no se trabajen horas extras bajo esa modalidad.

El acuerdo deberá notificarse al Ministerio de Trabajo y contar con aprobación sindical o respaldo de más del 50 % de los trabajadores donde no exista sindicato.

Contratos, firmas y pagos digitales

La reforma moderniza varios procesos laborales.

El proyecto reconoce oficialmente: contratos digitales, firmas electrónicas, planillas digitales, y comprobantes electrónicos de pago salarial con plena validez jurídica.

También permite que el salario sea pagado vía transferencia bancaria mediante acuerdo entre las partes.

La cesantía sigue intacta

Pese a las solicitudes empresariales para modificar o limitar el esquema de prestaciones laborales, la reforma mantiene intacto el régimen de cesantía vigente desde 1992.

Eso significa que:

  • No cambia el cálculo de indemnizaciones
  • No se reduce el pago por despido
  • Tampoco se introduce un tope nuevo a las prestaciones.

Para los trabajadores formales, este era el principal punto de resistencia frente a la reforma.

Lo que podría perder el trabajador con la reforma laboral

Más flexibilidad para jornadas largas

Aunque las jornadas extendidas requieren acuerdos formales, críticos de la reforma consideran que la posibilidad de trabajar hasta 12 horas diarias podría desequilibrar la relación entre empleador y trabajador en determinados sectores económicos.

El temor principal es que, en la práctica, algunos empleados se sientan presionados a aceptar esquemas más extensos para conservar sus puestos.

Suspensión laboral durante estados de excepción

En el artículo 165, la reforma establece que el Poder Ejecutivo podrá suspender labores por razones de: seguridad nacional, emergencias sanitarias, estados de excepción y desastres naturales.

Aunque el texto mantiene operativos servicios esenciales como salud, agua, electricidad y alimentación, abogados laboralistas advierten que la combinación entre suspensión de actividades y teletrabajo podría generar incertidumbre sobre ingresos en futuras emergencias nacionales.

Nuevos descuentos permitidos al salario

La reforma también amplía los descuentos autorizados al salario. El nuevo artículo 201 permitiría deducciones relacionadas con:

  • Planes de bienestar
  • Seguros
  • Compras financiadas
  • Cooperativas
  • Créditos y otros programas autorizados por el trabajador.

El proyecto exige consentimiento escrito del empleado y prohíbe descuentos que comprometan la subsistencia del trabajador y su familia.

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