Introducción
Desde su formulación por James Monroe en 1823, la Doctrina Monroe ha sido interpretada como el manifiesto fundacional de la hegemonía estadounidense en el hemisferio occidental.
Originalmente concebida como una advertencia a las potencias europeas para que no interfirieran en los asuntos de las emergentes repúblicas latinoamericanas, su legado ha oscilado entre la defensa de la independencia regional y la justificación de intervenciones unilaterales de Estados Unidos (Maier, 1972).
En el siglo XXI, ese principio se ha transformado y reinterpretado bajo la forma de la National Security Strategy 2025(NSS 2025) y, más recientemente, ha sido bautizado, en tono mediático, como Doctrina Donroe. A decir del propio presidente Donald Trump, esta última refleja la aplicación directa de la lógica de Monroe en la administración práctica del Poder Ejecutivo durante su segundo período presidencial.
El caso venezolano constituye más que un laboratorio experimental para examinar esa continuidad y transformación doctrinal: la caída de Nicolás Maduro, la intervención estadounidense y la ocupación temporal de ciertos recursos estratégicos revelan cómo las doctrinas históricas se traducen en acción concreta, mientras el derecho internacional y los principios normativos, como la neutralidad mexicana, se presentan como contrapuntos éticos y teóricos.
El siguiente escrito analiza esas tres doctrinas, su incorporación práctica en Venezuela y las implicaciones para el nuevo orden mundial. Su conclusión se impone por efecto de la simple gravedad de los hechos: el poder efectivo determina la vigencia del derecho, mientras las normas universales solo conservan autoridad frente a quienes poseen capacidad de imposición limitada.
I. Las referencias doctrinales
I.a La Doctrina Monroe: “América para los americanos”
La Doctrina Monroe, proclamada en 1823, surgió en un contexto histórico caracterizado por la reciente independencia de las colonias latinoamericanas y el riesgo de recolonización europea. Monroe declaró que cualquier intervención europea en el continente sería considerada una agresión a la seguridad de Estados Unidos. La esencia de la doctrina se resumía en la idea de que el hemisferio occidental debía mantenerse libre de influencia extranjera y que Estados Unidos asumiría un papel de garante de ese orden.
Sin embargo, la aplicación histórica de Monroe fue ambivalente. Inicialmente protectora, con el tiempo devino una herramienta de justificación de intervenciones unilaterales en América Latina. Casos como la invasión de Panamá en 1989 para derrocar a Noriega o la implicación estadounidense en golpes de Estado a lo largo del siglo XX evidencian cómo una doctrina de defensa de la soberanía regional puede mutar hacia la hegemonía efectiva, tal y como explica con mayores detalles Coatsworth (2005).
Monroe establece así un principio operativo: la soberanía de los Estados se respeta mientras no contradiga los intereses estratégicos de la potencia hegemónica.
I.b NSS 2025: la seguridad nacional como criterio supremo
La National Security Strategy 2025 (NSS 2025) representa la actualización explícita de esa lógica histórica bajo la óptica contemporánea de la seguridad.
El documento señala que el hemisferio occidental constituye un espacio estratégico prioritario para Estados Unidos, donde la influencia de potencias extrahemisféricas, como China y Rusia, debe ser contenida.
La NSS 2025 redefine las prioridades: la democracia, los derechos humanos y el derecho internacional dejan de ser objetivos primordiales, pues están condicionados por la estabilidad, el control de recursos estratégicos y la seguridad nacional de los Estados Unidos de América. La soberanía de los Estados latinoamericanos es válida solo en la medida en que no contradiga intereses estadounidenses. Se establece así una jerarquía normativa donde el poder efectivo determina la vigencia de las normas universales (White House, 2025).
Esta reinterpretación transforma la Doctrina Monroe en una doctrina de control regional activo, priorizando la administración estratégica sobre la retórica multilateral. La NSS 2025 no contradice la historia de Monroe; la hace explícita y pragmática.
I.c La Doctrina Donroe: de la estrategia a la defensa y administración de intereses
La llamada Doctrina Donroe –sustituyendo la letra “m” de Monroe por la “d” de Donald Trump– describe la aplicación práctica de la NSS 2025 bajo la administración Trump (Suárez, 2026; Bloomberg, 2026). La captura de Nicolás Maduro y su traslado a Nueva York, junto con el control temporal de ciertos recursos petroleros, representan un ejercicio directo del poder, donde la legalidad internacional queda subordinada a la efectividad estratégica.
La línea divisoria que establece es clara: otros países del hemisferio americano, incluidos Canadá y México, pueden verse tratados de manera similar a territorios extrarregionales como Groenlandia. En todos los casos, los intereses económicos y estratégicos de Estados Unidos resultan tan relevantes como —o más que— los principios normativos invocados desde el derecho internacional.
En la práctica, la Doctrina Donroe confirma que quien detenta el poder define la norma, relegando el derecho internacional al estatuto de referencia secundaria frente a hechos consumados (fait accompli).
Álvaro Frutos Rosado (2026) caracteriza esta lógica como una pedagogía cruel del poder: la administración directa de recursos y la negociación con actores del régimen previo priorizan la estabilidad y el control sobre la legitimidad política. La ausencia de una guerra civil inmediata evidencia la eficacia de este poder híbrido: orden sin consenso, autoridad sin fundamento moral explícito.
En resumidas cuentas, ese contexto general implica, en este momento y hasta prueba en contrario:
- Captura y neutralización de liderazgos políticos.
- Administración directz de recursos estratégicos como el petróleo.
- Negociación con actores del antiguo régimen, excluyendo parcialmente a la oposición democrática. Y,
- Subordinación de la legalidad internacional a los intereses particulares de un actor internacional.
II. Posiciones encontradas
II.a La Doctrina Estrada o la neutralidad mexicana
Las múltiples razones para celebrar el colapso del régimen de Nicolás Maduro son evidentes. Ocho millones de migrantes y el deterioro institucional de una nación rica en recursos explican la feliz algarabía, los aplausos y el alivio inicial que se manifestó en amplios sectores del mundo democrático.
En el terreno de los hechos, empero, el enfoque mexicano basado en la Doctrina Estrada, lejos de ofrecer un contrapunto ético y jurídico a la trayectoria que va de Monroe a Donroe, generó críticas y decepciones, pues fue percibido como una neutralidad que dejaba desprotegidos a inocentes frente al abuso de poder.
Esa tradición diplomática reivindica la no intervención, la autodeterminación y la solución pacífica de controversias, principios reconocidos en el derecho internacional contemporáneo (González Laya, 2026). México mantiene una neutralidad activa frente a la crisis venezolana, rechazando la intervención unilateral y sosteniendo que los Estados medianos y pequeños pueden preservar un marco normativo independiente frente a potencias con superioridad militar.
Diversos autores sostienen que la neutralidad no es pasividad, sino una forma de resistencia ética: mantiene la vigencia de las normas internacionales y evita normalizar la hegemonía unilateral y el abuso de poder. Así, funciona como memoria institucional y delimitación del espacio de lo legítimo.
II.b Derecho internacional versus hechos consumados
El derecho internacional establece que la soberanía, la no intervención y el respeto a los derechos humanos son principios universales. La Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de Roma sostienen que la intervención militar unilateral constituye una violación de la legalidad internacional (UN, 1945; ICC, 1998).
No obstante, la experiencia venezolana muestra que el derecho internacional solo tiene fuerza frente a actores con capacidad de imposición limitada. La Doctrina Donroe demuestra que el poder efectivo determina la vigencia de las normas: lo que debe ser se convierte en lo que puede ser impuesto, de lo contrario no es.
III. Venezuela: laboratorio administrativo del poder
La intervención en Venezuela permite observar cómo la estrategia estadounidense y la acción concreta convergen. La NSS 2025 establece el marco estratégico; la Doctrina Donroe lo ejecuta mediante la administración directa de recursos considerados de interés nacional.
La premisa es simple: la libertad, la seguridad y el desarrollo no pueden coexistir con regímenes que se oponen a los intereses estadounidenses.
Una vez intervenido el adversario, la lógica administrativa del colapso político incorpora aprendizajes de experiencias previas en la Región. Se privilegia la colaboración de antiguos adversarios con capacidad coercitiva en la administración del Estado venezolano, relegando a actores democráticos aliados considerados incapaces de garantizar el orden.
El control del petróleo y de los recursos minerales venezolanos, junto con la supervisión de la transición política y el despliegue militar en el Caribe, ilustran una soberanía condicionada: los derechos del Estado son reconocidos solo cuando se alinean con los intereses de la potencia hegemónica.
La pedagogía del poder enseña que la legalidad es secundaria frente a la eficacia estratégica y que la estabilidad se mide en términos de control. La ausencia de una guerra civil inmediata confirma que el poder puede imponer estabilidad sin mediación ética.
La lección es clara: quien posee la fuerza decide lo que debe ser; el derecho queda relegado a quienes carecen de medios para imponer su voluntad.
- Consecuencias e implicaciones para el nuevo orden mundial
La acumulación de intervenciones estratégicas revela un patrón persistente: no solo el poder es para usarlo y todo lo demás es un fait accompli, sino que los objetivos declarados conviven y no se sobreponen a los intereses económicos y geopolíticos reales.
Ese patrón sugiere la consolidación de un orden regional en un mundo dividido en zonas de influencia dominadas hoy día por dos o eventualmente tres superpotencias. Por estos, para el resto de naciones autónomas, la legalidad internacional subsiste como referencia ética, pero el criterio decisivo es la capacidad de imponer intereses en el terreno de los hechos.
La coherencia entre la NSS 2025 y la Doctrina Donroe muestra que la hegemonía se ejerce sin mediaciones normativas e institucionales efectivas. La soberanía se vuelve condicional, la legitimidad relativa.
El caso venezolano confirma también que la eficacia de la fuerza tiende a reemplazar la legitimidad. El orden se mide en control y estabilidad, no en la observancia de principios y valores universales, todos estos abstractos. Las seis intervenciones recientes de Estados Unidos durante el año recién 2025 y lo que va del 2026 refuerzan esa tendencia.
Sin embargo, la neutralidad mexicana recuerda que comprender la lógica del poder no obliga a su aceptación. El derecho internacional, aunque subordinado, conserva una función de memoria y referencia ética. Ahora mismo, poco más.
De Monroe a Donroe se despliega una historia de hegemonía explícita: quien tiene poder dicta las reglas del juego; el resto, se ajusta a ellas. Venezuela no es un caso aislado, sino un síntoma del orden mundial; uno donde la fuerza efectiva legitima la acción y el derecho queda relegado.
Así, pues, el laboratorio venezolano y la comparación doctrinal permiten proyectar varias conclusiones sobre la reconfiguración global:
- Hegemonía jerárquica: el poder efectivo define la norma y condiciona la soberanía de los Estados periféricos.
- Derecho internacional como marco, no límite: la norma persiste, pero pierde su capacidad coercitiva frente a actores hegemónicos.
- Laboratorio pedagógico del poder: Venezuela demuestra que la estabilidad puede alcanzarse mediante control directo y negociación asimétrica, sin mediación ética ni legal.
- Espacios de resistencia normativa: la doctrina Estrada y otras prácticas normativas actúan como recordatorio ideal y ético; en particular la referencia al derecho internacional y a los derechos humanos, aunque solo en tanto que subordinada a los hechos consumados.
El balance teórico sugiere una tensión irresoluble: de un lado, el realismo estructural, que describe el poder como determinante –en el terreno de los hechos– de lo que “debe ser”; y, del otro lado, el normativismo institucionalista, que mantiene la vigencia ética de la ley internacional y de ciertos principios éticos de que debieran ser apelados. En la práctica, empero, la fuerza del poder efectivo prevalece y la norma queda relegada al plano de la aspiración ética: los hechos determinan la norma; no al revés (Waltz, 1979; Keohane, 1984).
Hasta prueba en contrario, el género humano no había estado tan expuesto a la arbitrariedad del poder y a la debilidad de los derechos desde la Segunda Guerra Mundial. Esto así, puesto que en función de la geopolítica actual, las cosas son como son y no como debieran ser.
Referencias
- (2026).World braces for fallout from Trump’s new doctrine. Bloomberg News. https://www.bloomberg.com/news/newsletters/2026-01-05/world-braces-for-fallout-from-trump-s-new-doctrine
- Carmona, B. (2026). Neutralidad y Doctrina Estrada: la posición de México frente a Venezuela.https://filosofiaenlared.com/2026/01/neutralidad-mexico-derechos-humanos/?utm_source=substack&utm_medium=email
- Coatsworth, J. (2005).Central America and the United States: Hegemony and Intervention. Cambridge University Press.
- Frutos Rosado, Á. (2026).Venezuela o la pedagogía cruel del poder. Editorial Universitaria.
- Maier, C. (1972).Recasting America: From Monroe to the Present. Harper & Row.
- Suárez, M. Á. (2026).Los intereses de EE.UU. en Venezuela: petróleo, derrocar a Maduro y la vuelta de la Doctrina Monroe. RNE Noticias.
- White House. (2025).National Security Strategy 2025. Gobierno de Estados Unidos.
- Filosofía en la Red. (2025).Neutralidad y Doctrina Estrada: la posición de México frente a Venezuela.
- Naciones Unidas (UN). (1945).Carta de las Naciones Unidas.
- Corte Penal Internacional (ICC). (1998).Estatuto de Roma.
Compartir esta nota
