El magistrado Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, anunció este viernes una decisión contundente, que cambia el cuadro judicial, del juzgamiento de los propietarios y responsables de la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set el 8 de abril de 2025, en la que fallecieron 236 personas y cerca de 90 resultaron heridas y con lesiones permanentes.
El Ministerio Público, luego de una investigación y recopilación de pruebas y testimonios de testigos, y de los resultados de los análisis técnicos de los especialistas en edificaciones y estructuras sólidas, formuló una acusación contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat con la calificación de homicidio involuntario, a lo que corresponde un castigo penal de hasta 2 años de prisión.
El Ministerio Público y los acusados pudieron haber pactado un acuerdo, y abreviar el proceso con la aceptación de la pena que corresponde a la calificación que se hizo. Claro, existía la posibilidad de que ese posible acuerdo fuera objetado por los familiares de las víctimas. No ocurrió. Los hermanos Espaillat y sus abogados defendieron la hipótesis de la inocencia pura y simple, porque lo ocurrido fue una tragedia inesperada, no provocada ni deseada por los propietarios del lugar, quienes al mismo tiempo perdieron un negocio de grandes beneficios.
El caso fue complicándose en la medida que los familiares de las víctimas se empoderaban y hacían presencia fija en cada sesión del proceso, haciéndose representar por sus abogados y asistiendo ellos mismos para reclamar, muchas veces con dramatismo, una calificación más contundente contra los acusados.
Casi un año después de la acusación y del inicio del juicio penal, el juez Franny González Castillo, cambiar la calificación con que llegó el expediente, de homicidio involuntario a homicidio involuntario por dolo eventual, que implica un cambio en el castigo si se encuentra culpable a los hermanos Espaillat, y que conllevaría prisión entre tres y veinte años.
El juez se desapodera del expediente, porque ese nuevo calificativo solo puede ser conocido por un tribunal colegiado. Se entregará el expediente al presidente de la Sala Penal de la Corte de Apelación del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, quien mediante concurso asignará el caso a un tribunal colegiado. El proceso penal vuelve a cero en este momento, y habrá que comenzar todo de nuevo, con las pruebas, los interrogatorios, el análisis de los técnicos y las exposiciones de las partes.
El hecho de que el juez haya considerado que existe un dolo eventual lo cambia todo. Corresponde ahora a un tribunal colegiado confirmar si eso es correcto o no.
El Ministerio Público que asignó al caso la primera calificación de homicidio involuntario, dice estar preparado para volver con sus pruebas y sus consideraciones jurídicas, sin compromiso con su primera decisión. Lo dicho por Wilson Camacho, director de Persecución del Ministerio Público es muy claro, pues la nota que ha divulgado su departamento dice lo siguiente:
“El Artículo 295, del Código Penal dominicano anterior al promulgado este año, establece: “El que voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio”. Este delito puede conllevar penas de hasta 20 años de cárcel”.
El procurador adjunto Wilson Camacho resaltó: “En primer lugar, nosotros agradecemos enormemente al tribunal el reconocimiento que hizo a la acusación del Ministerio Público, la cual calificó, incluso, como una acusación casi perfecta. Y, digo yo, que no perfecta, porque nada humano es perfecto”.
Las familias de las víctimas sienten satisfacción por la decisión del tribunal, y confían que la nueva calificación se mantenga. Además han dicho que su única diferencia con el Ministerio Público fue la calificación inicial que se le dio al caso.
La respuesta de Camacho no se hizo esperar: “Nosotros estamos listos, estamos más que listos, porque estamos completa y absolutamente confiados en el trabajo que ha realizado el Ministerio Público, y esperamos simple y llanamente que nos convoquen, para una vez más probar los hechos que ha acusado el Ministerio Público”. Ahora con la nueva calificación.
La decisión del magistrado Franny González Castillo tiene serias implicaciones para todos los que asumen responsabilidad penal en locales, centros de reunión y hasta en áreas de trabajo, porque este nuevo calificativo del expediente del Jet Set abre una puerta bien grande a quienes sufran daños por encontrarse en lugares donde podría producirse un hecho inesperado, un terremoto, un ciclón o cualquier otro elemento que implique falta de seguridad para los ocupantes.
El dolo eventual implica un castigo fuerte para los propietarios de centros de diversión. Muchos tendrán ahora que revisar sus negocios y ocuparse de evitar que algo como lo ocurrido en Jet Set pueda afectarle, por las implicaciones de los daños a terceros. Se espera que jamás ocurra algo como la tragedia del 8 de abril del 2025. Es plausible que la justicia esté despertando.
Noticias relacionadas
Compartir esta nota
