Al motivar su decisión, el magistrado explicó que el tribunal tiene facultad para modificar la calificación jurídica durante el juicio, siempre que garantice el derecho de defensa de los imputados.
La calificación jurídica del caso Jet Set es homicidio involuntario por dolo eventual, castigable de tres a 20 años de prisión.
González Castillo también expuso las diferencias entre la culpa consciente y el dolo eventual. En el primer caso, la persona prevé la posibilidad de que ocurra un resultado, pero confía en evitarlo; en el segundo, acepta el riesgo de que ese resultado se produzca.
La nueva calificación jurídica implica que el proceso deberá desarrollarse desde cero bajo esa imputación, con las garantías de defensa correspondientes.
En cuanto a las posibles sanciones, el juez indicó que el homicidio puede conllevar penas de tres a 20 años de prisión, mientras que determinadas circunstancias agravantes pueden elevarlas hasta 20 años, conforme al marco legal aplicable.
Por esa razón, consideró procedente remitir el expediente a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para que designe, mediante sorteo, uno de los tribunales colegiados como órgano competente para conocer el proceso.
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