Tras la decisión del juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, de variar la calificación jurídica de los hechos en el caso Jet Set, el proceso entra en una nueva etapa, marcada por la remisión del expediente a un tribunal colegiado.

El magistrado acogió la solicitud de varias partes querellantes para que los hechos sean examinados bajo la figura del dolo eventual, pero rechazó las circunstancias agravantes relacionadas con el crimen precedido, seguido o acompañado de otro crimen, así como la solicitud de ampliación de la acusación.

El juez determinó que la nueva calificación jurídica y la pena imponible, de tres a 20 años de prisión, según explicó durante la motivación de su decisión, exceden su competencia material. Por esa razón, dispuso remitir el expediente a uno de los tribunales colegiados de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Una vez remitido el expediente, corresponderá realizar los trámites para asignar y apoderar al tribunal competente mediante el procedimiento establecido. Según explicó el magistrado, como consecuencia de la decisión, el proceso deberá comenzar desde cero ante el nuevo tribunal.

La fecha de la próxima audiencia dependerá de las actuaciones posteriores y de la convocatoria que realice el tribunal que resulte apoderado.

¿Qué significa la nueva calificación jurídica?

Al motivar su decisión, el juez explicó que el dolo eventual supone, en términos generales, que una persona se representa la posibilidad de producir un resultado ilícito y continúa actuando aceptando ese riesgo.

Esta figura no equivale automáticamente a demostrar que hubo intención directa de causar el resultado. Sus elementos deberán ser examinados judicialmente a partir de las pruebas que se presenten durante el proceso.

La decisión modifica la calificación jurídica bajo la cual serán examinados los hechos atribuidos a los hermanos Espaillat por el colapso del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025.

Sin embargo, el cambio no constituye una declaración de culpabilidad ni establece una pena definitiva contra los imputados. La responsabilidad penal deberá determinarse en el juicio que conocerá el tribunal colegiado.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

Ver más