La Dirección de Inteligencia de Datos del Ministerio Público informó que durante el primer trimestre de 2026 se emitieron 7,644 órdenes de protección provisionales por parte de fiscales, de las cuales solo 2,730 fueron solicitadas ante los tribunales y 2,234 finalmente otorgadas.
Esto representa apenas un 29.2 % de las órdenes provisionales emitidas inicialmente, evidenciando una diferencia entre las medidas dictadas por el Ministerio Público y las aprobadas por los jueces.
El informe también revela que entre enero y marzo las denuncias estuvieron concentradas en casos de violencia intrafamiliar, que representaron el 52 % de los reportes, con mayor incidencia durante enero y los primeros días de la semana.
Las mujeres figuran como las principales víctimas, mientras que los hombres aparecen como los principales agresores, concentrándose ambos grupos en edades de entre 18 y 44 años. Asimismo, predominan los casos en los que el victimario es la expareja de la víctima.
En ese período se registraron 22 feminicidios. De estos casos, solo tres mujeres habían presentado denuncias previas contra sus agresores, mientras que 19 no contaban con antecedentes de denuncia.
El Ministerio Público advirtió que este elevado porcentaje de casos sin denuncia previa podría reflejar una mayor exposición al riesgo de violencia continua, debido a que los agresores pueden percibir menor probabilidad de sanción y mayor vulnerabilidad en las víctimas.
Caso Esmeralda Moronta: el feminicidio que puede enfriar denuncias y exigir cambios en la protección tras acudir a la fiscalía
El asesinato de Esmeralda Moronta, ocurrido minutos después de que acudiera a una unidad del Ministerio Público a presentar una denuncia contra su expareja, coloca bajo presión la promesa central del sistema: que reportar violencia active medidas capaces de prevenir un desenlace fatal.
Reconocida en la Ley No. 24-97, esta medida cautelar busca garantizar la seguridad de las víctimas y restringir cualquier contacto con el presunto agresor.
El artículo 309-4 de la normativa es claro: “El tribunal dictará orden de protección a favor de la víctima de violencia, no pudiendo, en ningún caso, acogerse a circunstancias atenuantes en provecho del agresor”.
Las órdenes de protección en República Dominicana son medidas cautelares provisionales emitidas por un juez o el Ministerio Público para proteger la integridad física, psicológica y sexual de víctimas de violencia intrafamiliar, de género o delitos relacionados.
- Alejamiento del agresor.
- Prohibición de comunicación.
- Auxilio policial inmediato.
Victoria Mejía, docente de Letras por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), señala que la existencia de normas no garantiza por sí sola la erradicación de la violencia.
“Es necesario cerrar la brecha entre lo que la ley establece y lo que ocurre en la práctica. Solo mediante el fortalecimiento institucional, la eliminación de estereotipos de género y la promoción de una cultura de respeto será posible garantizar la dignidad, la igualdad y la protección efectiva de las mujeres, evitando afectar derechos de terceros y promoviendo una convivencia social más justa”, explicó.
Cuando el papel no basta: la historia de “Esperanza”
Una orden de alejamiento notificada no fue suficiente para frenar el acoso de un agresor que, pese a las denuncias, continuó persiguiendo a su víctima.
El caso revela las grietas de un sistema que todavía falla en garantizar protección real a las mujeres. Detrás de cada número en las estadísticas de violencia de género hay vidas en riesgo.
Mientras caminaba por una de las calles del sector Pueblo Nuevo, provincia Santiago, Luz Clarita Castro Quijada, de 29 años y madre de tres niñas, fue atacada la tarde del 15 de marzo por su expareja Ernesto Wenfry Jiménez Paulino, quien la tomó por el cabello, cayendo al pavimento, donde le propinó varias estocadas.
Antes del suceso, Luz Clarita ya le había puesto varias órdenes de alejamiento a su agresor debido al acoso hacia ella y sus hijos, así como las constantes amenazas de muerte, pero este documento no fue impedimento para Ernesto Wenfry quitarle la vida.
Lo mismo le sucedió, a Noemi Esther Valera, de 28 años y madre de una niña, cuando la madrugada del domingo 23 de marzo fue atropellada en el sector La China, de Hato Mayor, por su expareja Miguel Mercedes Apolinar, y murió a causa de un trauma craneoencefálico severo.
En el mes de enero, Noemi Esther se dirigió a la Fiscalía donde puso una querella contra su agresor por violencia doméstica.
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