La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) trabaja en la creación de un “mecanismo” para que las plataformas digitales comiencen a tributar en República Dominicana, y estima que la propuesta podría estar discutida en un plazo aproximado de 60 días, es decir, hacia mediados de julio de 2026, si se cumple el calendario planteado por la entidad.
Así lo afirmó el director general de la DGII, Pedro Porfirio Urrutia, al referirse al estado de las conversaciones con proveedores de servicios digitales. “Mi metodología es persuasiva, y este es el único país donde las plataformas piensan que no están obligadas a pagar impuestos”, dijo.
Agregó que la administración tributaria está “en conversación con todas” y que el objetivo es establecer un esquema para que “por lo menos ingresen el ITBIS de un 18%” bajo un criterio definido, ante lo que describió como un tema en el que “se está delatando bastante”.
Urrutia sostuvo que el alcance sería general: “Todos los servicios digitales van a estar capturados”, señaló, al responder si la medida se limitaría a un tipo de servicio específico.
Acuerdos primero, ajustes legales después
El funcionario plantea que el proceso ha tomado tiempo por un asunto de “sistema” y por la necesidad de ordenar la base de aplicación. No obstante, indicó que su estrategia es avanzar en acuerdos operativos con las plataformas antes de impulsar cambios adicionales.
“Yo soy de los que pienso que tú no puedes tener primero la base legal para poder aplicar… sé que hay que crear alguna legislación adicional, pero eso no va a mermar llegar a los acuerdos y comenzar a cobrar el impuesto que corresponde”, expresó.
Consultado sobre la disposición de las empresas, Urrutia aseguró que han mostrado apertura: “Sí, muy positiva… Airbnb, Netflix, todas…”.
El ITBIS a servicios digitales y la discusión sobre Airbnb
El 25 de enero de 2025, el presidente Luis Abinader emitió el decreto 30-25, que dispone la aplicación del ITBIS a servicios digitales prestados por proveedores extranjeros y consumidos en el país, incluyendo plataformas de streaming, publicidad en línea e intermediación digital como Uber y Airbnb. De acuerdo con la disposición las empresas extranjeras proveedoras de estos servicios deberán registrarse como contribuyentes ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y actuar como agentes de percepción del Itbis.
Años antes, en julio de 2022, se dio a conocer un borrador del reglamento que contemplaba que plataformas sin domicilio en el país se inscribieran ante la DGII y realizaran declaración y pago de forma electrónica, con un “procedimiento especial” para el ITBIS de servicios digitales.
En el caso específico de Airbnb y los alquileres de corta duración, el debate también ha incorporado elementos más allá del componente fiscal. Asociaciones del sector turístico inmobiliario han planteado esquemas de registro o licenciamiento, citando temas de seguridad, control y reputación de “marca país”, en el marco de anuncios de intención de regulación entre el Gobierno y la plataforma.
Asimismo, el tema ha escalado por la magnitud del mercado. En diciembre de 2024, en República Dominicana, por cada dos habitaciones hoteleras existían tres ofertadas en Airbnb, y que el volumen de unidades en plataformas superaba las 126,000 habitaciones, mientras el reglamento seguía en revisión en el Poder Ejecutivo.
Gremios hoteleros, por su parte, han reiterado la necesidad de regulación por motivos de sostenibilidad y seguridad del turista.
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