La posibilidad de cobrar el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a plataformas digitales extranjeras como Netflix, Airbnb y Spotify quedó en una especia de "limbo", luego de varios años de anuncios y propuestas para establecer un mecanismo de tributación.
En mayo de 2026, el director general de Impuestos Internos (DGII), Pedro Porfirio Urrutia, informó que la institución conversaba con proveedores internacionales para establecer un procedimiento que permitiera recaudar el 18 % de ITBIS por los servicios digitales consumidos en República Dominicana. Entonces estimó que la propuesta podría estar lista para discusión en unos 60 días.
Sin embargo, el mecanismo quedó fuera de la Ley 30-26 de medidas pro-crecimiento económico, mitigación de la crisis internacional simplificación fiscal.
Acento consultó con la Dirección de Comunicaciones de la DGII, sobre el tema, y la respuesta fue que hasta donde tiene conocimiento, no se han producido novedades y que el reglamento se encontraba en la Presidencia de la República.
Un intento que se remonta a 2022
En enero de 2025, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 30-25, que establecía un procedimiento para que los proveedores extranjeros de servicios digitales se registraran ante la DGII y cobraran el ITBIS correspondiente. La medida abarcaba servicios de transmisión de contenido, publicidad digital e intermediación en línea.
No obstante, el Gobierno derogó ese decreto en marzo de 2025 mediante el Decreto 107-25, dejando sin efecto el mecanismo previsto.
La discusión también se ha vinculado con la regulación de los alquileres turísticos ofrecidos por plataformas como Airbnb. Desde 2022, el Gobierno y representantes del sector hotelero han planteado la necesidad de establecer reglas para esos alojamientos, incluidas obligaciones fiscales.
¿Qué establece la Ley 30-26?
La Ley 30-26 incluyó una medida tributaria diferente: redujo del 27 % al 15 % la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicable a determinados pagos que realizan empresas dominicanas a proveedores no residentes por servicios tecnológicos y otros conceptos.
El Ministerio de Hacienda y Economía aclaró que esa disposición no crea un impuesto nuevo sobre las suscripciones personales a plataformas digitales.
Por tanto, la pregunta pendiente es si la DGII retomará el mecanismo anunciado en mayo, qué instrumento legal utilizará para implementarlo y cuándo podría comenzar el cobro.
Noticias relacionadas
Compartir esta nota