El director general de Contrataciones Públicas, Carlos E. Pimentel Florenzán, salió al paso de las críticas que han surgido desde la entrada en vigor de la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas —promulgada en julio de 2025 y operativa desde enero de este año— con un extenso artículo de opinión para Acento en el que rechaza de plano que el nuevo marco legal sea "punitivista" y defiende un modelo que, según su planteamiento, integra prevención, orientación y sanción como pilares inseparables.

Pimentel  retoma  en Acento.com.do sus artículos y responde directamente a sectores que en las últimas semanas que cuestionan el equilibrio entre la potestad sancionadora y la función orientadora de la DGCP.

La herencia que señala: el PLD y la Ley 340-06

Pimentel sitúa el origen del problema dos décadas atrás. Según su artículo, durante la aprobación de la Ley 340-06 en 2006, bajo la gestión del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), se eliminó el sistema de consecuencias que originalmente acompañaba el diseño normativo. Esa decisión, argumenta, configuró un entorno de "baja exigibilidad y amplios márgenes de discrecionalidad" que erosionó la integridad del sistema durante casi dos décadas.

"Zonas grises en la gestión, limitada trazabilidad del gasto público y una cultura institucional donde la ausencia de consecuencias reales erosionaba la integridad del sistema", describe Pimentel sobre el modelo heredado. Y lanza una estocada directa: quienes hoy cuestionan la densidad del régimen sancionador "paradójicamente, parecen añorar" esa versión más permisiva.

Los tres pilares: prevención, orientación y sanción

El núcleo de la defensa de Pimentel es que la Ley 47-25 no se reduce a endurecer castigos, sino que reorganiza el modelo completo de contrataciones públicas bajo tres ejes:

  • Prevención: planificación obligatoria, estandarización de fichas técnicas y trazabilidad digital a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).
  • Orientación: reglamentos, resoluciones, circulares, guías metodológicas y programas de capacitación dirigidos a instituciones contratantes, proveedores y actores sociales.
  • Sanción como última ratio: inhabilitaciones proporcionales según gravedad, responsabilidad por colusión, falsedad documental y conflictos de interés, e integración entre el ámbito administrativo y penal.

"Reducir este rediseño a un 'andamiaje punitivo' equivale a observar solo una parte del engranaje e ignorar su funcionamiento integral", sostiene el director de la DGCP.}

Las cifras que presenta como respaldo

Para sustentar que el énfasis real está en la prevención y no en el castigo, Pimentel despliega datos de gestión correspondientes a 2025:

  • 65,105 procesos gestionados a través del SECP, con más del 70% de ofertas presentadas en línea.
  • 26,652 procesos supervisados preventivamente, equivalentes al 41% del total y cubriendo el 90% del monto contratado.
  • 78 procesos intervenidos que fueron cancelados o suspendidos, reorientando más de RD$5,200 millones hacia esquemas ajustados a la norma.
  • Incorporación de herramientas de analítica de datos e inteligencia artificial para detección temprana de riesgos.

Además, la DGCP asumió nuevas atribuciones que van más allá de lo sancionador: regulación técnica obligatoria, lineamientos interpretativos vinculantes, monitoreo preventivo del ciclo completo de compras, depuración del Registro de Proveedores del Estado e interoperabilidad con otras entidades gubernamentales.

El argumento de la "parálisis por miedo"

Pimentel también aborda de frente otra crítica recurrente: que un régimen más robusto podría generar "parálisis por miedo" entre los servidores públicos. Su respuesta invierte la lógica: la verdadera causa de la parálisis, argumenta, no es la severidad de las normas sino la ambigüedad normativa, la falta de criterios uniformes y la discrecionalidad no controlada.

"Cuando un servidor público no sabe con claridad qué se espera de él, cualquier decisión parece riesgosa. La seguridad jurídica no incrementa el miedo; lo reduce", afirma.

De trámite administrativo a política pública

El cambio más profundo que reivindica Pimentel no es el endurecimiento de sanciones, sino lo que describe como el tránsito de la informalidad hacia la gobernanza: decisiones que dejan rastro, procesos auditables, reglas uniformes y responsabilidades exigibles. En su visión, la contratación pública deja de ser un simple trámite administrativo para concebirse como política pública estratégica.

"Un Estado que orienta sin sancionar se debilita, y uno que sanciona sin orientar pierde legitimidad", resume Pimentel. "La Ley 47-25 no cae en ninguno de esos extremos."

Un debate abierto

El artículo de Pimentel se inscribe en un debate más amplio que ha acompañado la implementación de la nueva ley desde su entrada en vigor el 28 de enero. Las voces críticas señalan riesgos de concentración de poder en la DGCP y posibles efectos inhibitorios sobre la gestión pública. Los defensores de la reforma, como Pimentel, insisten en que el sistema anterior era insostenible y que las nuevas reglas simplemente establecen el "estándar mínimo en cualquier sistema moderno de contratación pública".

Lo cierto es que la prueba definitiva estará en la implementación. Con apenas cinco semanas de vigencia plena, la Ley 47-25 enfrenta el desafío de demostrar que puede cumplir simultáneamente sus tres promesas: prevenir, orientar y —solo cuando corresponda— sancionar. El equilibrio entre los tres estadios definirá si la reforma es, como sostiene Pimentel, un avance estructural, o si las críticas sobre un sesgo punitivo terminan confirmándose en la práctica.

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Elvira Lora

Subdirectora

Periodista especialista en investigación, documentación y derechos humanos. Doctora en Periodismo & Comunicación de la #UAB. Productora transmediática y fundadora de una plataforma de periodismo feminista Ciudadanía Fémina.

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