La decisión del Tribunal Colegiado de Puerto Plata de declarar penalmente responsable al pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una menor de edad, pero eximirlo del cumplimiento de una pena, ha generado reacciones favorables entre varios juristas, quienes consideran que el fallo se ajusta a las disposiciones legales vigentes.
El tribunal, integrado por los magistrados José Ramón Núñez, quien lo preside, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, determinó la responsabilidad penal del jugador, pero decidió eximirlo de pena en virtud del artículo 346, numeral 3, del Código Procesal Penal, que contempla la ocurrencia de la infracción en circunstancias poco usuales.
Para el abogado Carlos Díaz, la decisión no representa un perjuicio para Franco, sino una oportunidad para corregir sus errores y continuar con su proyecto de vida.
El hecho de que se suspenda la pena no afecta negativamente al imputado. Al contrario, le brinda la posibilidad de enmendar su conducta, retomar su vida y seguir desarrollando su carrera profesional, expresó.
Díaz sostuvo además que este tipo de decisiones no obedecen a la notoriedad pública del acusado, sino a criterios jurídicos que también se han aplicado a otras personas en situaciones similares.
Asimismo, recordó que en las Grandes Ligas existen antecedentes de jugadores involucrados en casos de violencia intrafamiliar que, tras cumplir con las sanciones correspondientes, lograron regresar a la actividad deportiva, por lo que entiende que no corresponde cerrar definitivamente las puertas al pelotero dominicano.
De su lado, el jurista José Fernández Pérez Vólquez afirmó que el tribunal actuó correctamente al aplicar la figura del perdón judicial contemplada en el artículo 360 del Código Procesal Penal.
“El tribunal hizo lo correcto. La ley permite conceder un perdón judicial a personas imputadas cuya pena máxima no exceda los diez años de prisión. En este caso se acudió a esa figura legal y entendemos que fue una decisión acertada”, manifestó.
Pérez Vólquez señaló que la medida ofrece al joven deportista la oportunidad de reconstruir su vida personal y profesional, al tiempo que valoró positivamente la actuación de los jueces en el proceso.
La decisión judicial ha generado opiniones divididas en distintos sectores, aunque especialistas del ámbito jurídico insisten en que la exención de pena aplicada por el tribunal se encuentra prevista dentro del marco legal dominicano y responde a facultades expresamente establecidas en la normativa procesal penal.
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