La comunidad LGTBIQ+ celebra cada año en el ámbito internacional y nacional la caravana del orgullo, actividad que visibiliza la lucha de personas con distintas identidades de género y orientaciones sexuales por el derecho a condiciones igualitarias en la sociedad sin exclusión ni discriminación.
He participado en celebraciones del orgullo LGTBIQ+ en varios países y República Dominicana. Recientemente estuve en Suecia y coincidió con la celebración que se hizo en Estocolmo. Fue sorprendente. La caravana contó con una masiva participación de personas, familias y parejas tanto de la comunidad LGTBIQ+ como heterosexuales que apoyaron la actividad. Se indicó que cerca de unas 50,000 personas participaron en la marcha y aproximadamente medio millón de familias y personas de diferentes edades apoyaron desde calles, avenidas, negocios y parques.
Lo más impactante es que esta celebración cuenta con el apoyo del Estado Sueco. La bandera del orgullo ondeaba en instituciones públicas y privadas, restaurantes, centros educativos, universidades, autobuses, tranvías, reconociéndose el derecho que tiene la comunidad LGTBIQ+ de expresarse, manifestarse y reclamar sus derechos.
Lamentablemente este no es el caso en República Dominicana. La comunidad LGTBIQ+ no cuenta con apoyo del Estado ni siquiera con una legislación que favorezca la penalización de prácticas de discriminación y violencia que sufren cotidianamente. Son innumerables los casos de bullying, acoso sexual, maltrato físico y psicológico, violencia y exclusión que vive población adolescente, joven y adulta LGTBIQ+ en sus familias, escuelas, hospitales, clínicas, comunidades, autobuses, caminando por la ciudad y otros escenarios. En esta población se encuentran también personas afrodescendientes que sufren doble discriminación por su color de la piel y orientación sexual.
Recientemente la comunidad LGBTIQ+ apoyada por organizaciones de la sociedad civil y representada por la Comunidad de Lesbianas Inclusivas Dominicanas (COLESDOM) interpuso un recurso legal ante el Tribunal Constitucional para impugnar la omisión de la “orientación sexual” como categoría protegida contra la discriminación en el artículo 173 de la Ley del Código Penal.
La demanda se sostiene en que la omisión de esta categoría mantiene (como ha ocurrido hasta ahora) a las personas LGBTIQ+ en una situación de desprotección jurídica frente a la violencia, discriminación y trato desigual, vulnerando así los derechos fundamentales como la dignidad humana y la igualdad ante la ley.
Muchas personas con orientaciones sexuales diversas en barrios y comunidades rurales del país expresan en estudios cualitativos y etnográficos realizados (Vargas 2024) (Vargas 2025) que han sufrido distintas situaciones de discriminación como las siguientes:
- Resistencia a la atención en hospitales y clínicas (sobre todo las mujeres trans) acompañadas de burlas y humillaciones por personal de salud
- Violencia física y verbal por docentes, personal directivo de centros y estudiantes en distintos centros educativos
- Acoso sexual de personas mientras transitan libremente por calles y avenidas
- Negación de atención en lugares de expendios de comida
- Acoso y persecución policial mientras transitan por calles y avenidas con casos de abuso sexual
- Maltrato y humillaciones ante expresiones de afecto en parejas homosexuales (Gays y lesbianas)
- Expulsión de lugares donde laboran por fotos en Instagram o comentarios que aluden a su orientación sexual
- Acoso sexual de personal docente (hombres) a estudiantes lesbianas en centros educativos
Todas estas prácticas discriminatorias suceden cotidianamente. Las personas LGBTIQ+ no tienen derecho a denunciar y “aguantan en silencio” como se plantea en varias entrevistas y grupos focales. Se manifiesta un sentido de pesimismo ante denuncias interpuestas en fiscalías que no han sido debidamente acogidas o se le plantea claramente que “ustedes no son sujetos de derecho “, “no existe ninguna sanción para esos casos”.
Las personas LGBTIQ+ tienen que ocultar su identidad, no tienen libertad para actuar ni amar con libertad como ocurre con las personas heterosexuales en nuestra sociedad. La construcción de relaciones afectivas está vedada para ellas y no están en condición de igualdad ante la ley. Esto no ocurre en otros países en los que se les trata con igualdad y equidad.
Nuestro país se define constitucionalmente como democrático, lo que supone que el Estado ofrezca garantías de respeto a los derechos de todas las personas independientemente de su perfil religioso, social, racial, género, orientación sexual y nacionalidad. No podemos hablar de democracia mientras no exista respeto a derechos humanos y protección a las personas más vulnerables desde todas sus condiciones.
La lucha por el respeto de los derechos de las personas LGTBIQ no es un problema exclusivo de este sector, beneficia a toda la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos y libertades. Es un movimiento que reclama el derecho a la libre expresión de la afectividad, a la eliminación de la discriminación y exclusión, dimensiones trascendentales para todas las personas que favorecen el ejercicio de la democracia y la cohesión social.
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