El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que integran las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Giselle Soto, decidió dar a conocer el próximo lunes 17 de marzo su decisión sobre la solicitud de extinción penal, por razones de tiempo, del proceso que se sigue a varios familiares del ex presidente de la República Danilo Medina Sánchez, incluyendo a sus hermanos Alexis y Magalys.

Hay una gran expectativa sobre lo que va a ocurrir con la decisión del tribunal.

Las estrategias que han seguido los casos de corrupción investigados por la Procuraduría General de la República al concluir la gestión de Danilo Medina, ha sido la de extender tanto como sea posible, el juzgamiento de esos procesos, para alegar que no se ha cumplido con el tiempo establecido por el artículo 148 del Código Penal, que fija en cuatro años el período para que un caso sea conocido y concluido.

Los casos Antipulpo, que se decidirá este lunes, como Medusa, Coral, Coral 5G y Calamar, entre otros, fueron declarados complejos por los tribunales, a solicitud del Ministerio Público. Esos casos tienen un exceso de pruebas, y las acusaciones están muy bien explicadas, bien fundamentadas, con la admisión de docenas de los imputados de las culpas que se les atribuyen. Son casos sólidos y no hay forma de que puedan ser resueltos exculpando a los imputados por ausencia de pruebas. El único recurso al que pueden recurrir es a la extinción penal, y por eso ha sido muy claro que han utilizado todas las argucias para que los tribunales gasten todo el tiempo en las lecturas completas de los expedientes, en el proceso preliminar, suspendiendo audiencias por ausencia y supuestas afecciones de salud de imputados y abogados, y el tiempo ha transcurrido camino a los cuatro años de la llamada extinción penal.

Hay pruebas suficientes, en ocaciones los tribunales han estudiado los casos y decidido que si la extensión del tiempo ha sido provocada por inconvenientes de los imputados, de sus abogados, y no de los tribunales, las solicitudes de extinción penal no corresponden. La falla es atribuible únicamente a los que han luchado para que el tiempo pase y no se les conozca el juicio de fondo a tiempo. Quienes se saben descubiertos, con pruebas documentales irrefutables, y además identificados por testigos de que son los responsables de actuaciones violatorias de las leyes que se les imputan, recurren a que el tiempo pase.

Por eso las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional deben actuar con equilibrio y prudencia. Por más amistades y relación que hayan tenido con las personas que están pidiendo la extinción penal, lo que corresponden es que salven su honor y se desprendan de conflictos de intereses, personales, afectivos, o de cualquier otra índole.

Luego de las declaraciones del ex presidente Danilo Medina, en el sentido de que sus familiares están injustamente imputados, y de que esperan la decisión de los tribunales, se han despertado muchas inquietudes sobre lo que podría pasar con la decisión de las magistradas que integran el tribunal.

La Suprema Corte de Justicia ha dicho con suficiente claridad que los casos de extinción deben ser evaluados en sus detalles, ponderando las razones de los retrasos en las audiencias. En el caso Antipulpo ha sido muy claro. Los fiscales demostraron que los retrasos estuvieron siempre en la parte imputada y no en los fiscales o en los actores civiles en nombre del Estado.

La decisión que pudieran adoptar las magistradas, exculpando a los familiares del ex presidente y sus aliados en las imputaciones que se le atribuyen, pudiera tener repercusiones en todos los demás casos, y hasta el sistema de justicia pudiera ser considerado como parte de un entramado de impunidad, que ve solo a los imputados sin conexiones políticas como culpables y los condena, pero a los que tienen y muestran afectos y vinculaciones con los magistrados que juzgan, los exculpan y los benefician en sus estrategias de defensa. Sería un desastroso caso de perpetuación de la impunidad.