Las dificultades reportadas para consultar las 28 auditorías de la Contraloría General de la República (CGR) cuestionan la transparencia anunciada: no basta con publicar los informes si la ciudadanía no puede leerlos.
Aunque no se ha confirmado un bloqueo, estos obstáculos generan dudas sobre el acceso a documentos que señalan deficiencias en compras, inventarios y operaciones sin respaldo suficiente. Consultarlos es indispensable para examinar el manejo de fondos públicos y comprobar qué fallas fueron corregidas.
Desde el lunes 26 de octubre se reportan dificultades para consultar las auditorías recientes, coincidiendo con los cuestionamientos a sus resultados. Según lo reportado, al intentar acceder aparece el mensaje "Página no encontrada". Sin una respuesta oficial, se desconoce cuántos enlaces resultaron afectados y el tiempo que durará el problema. Sin embargo, no hay pruebas que lo relacionen con las críticas ni que confirmen un bloqueo deliberado.
El aviso reportado añade: "Página no encontrada. Por favor, verifica que la URL sea correcta o intenta buscar lo que necesitas en nuestra página de inicio. Si el problema persiste, no dudes en contactar con nuestro equipo de soporte para obtener ayuda adicional".
Acento intentó contactar a una autoridad competente de la Contraloría General de la República para obtener una respuesta sobre las dificultades de acceso reportadas, pero no fue posible establecer contacto, y aunque el medio tuvo acceso a parte de las auditorías y publicó informaciones sobre sus hallazgos cuando los documentos estaban disponibles, desde la semana pasada, al intentar consultarlos nuevamente, aparecen mensajes de error que impiden acceder a los informes originales.
Para el ciudadano, la diferencia es concreta. Conocer los títulos de las auditorías no permite comparar los hallazgos con las respuestas de las instituciones ni saber qué se corrigió. Para hacerlo, necesita obtener y leer los documentos. De esa posibilidad depende el alcance de la transparencia anunciada.
Se trata de 25 auditorías integrales y tres informes de seguimiento, correspondientes a períodos que abarcan desde agosto de 2020 hasta diciembre de 2025. La Contraloría presentó su divulgación como una vía para que los ciudadanos conozcan las evaluaciones del uso de recursos públicos, el cumplimiento de las normas y los controles internos.
Acceso, no solo anuncios
En ese punto, la Ley 200-04 establece garantías que van más allá de anunciar que la información está disponible. Su artículo 5 dispone la incorporación de los organismos públicos a internet para facilitar el acceso directo a la información del Estado. También contempla la difusión de informes de gestión y bases de datos, y establece que la información comprendida en esa disposición pueda consultarse sin una petición previa.
Al anunciar la entrega, el contralor Geraldo Espinosa Pérez explicó, por su parte, que la Ley 10-07 no establece la publicación de estos informes y que su divulgación respondió a una instrucción presidencial. Esa explicación se refiere a la obligación específica de publicar auditorías, un aspecto que debe distinguirse de las garantías generales de acceso previstas en la Ley 200-04.
Ahora bien, afirmar que hubo una infracción exige revisar las normas aplicables, las excepciones legales y las circunstancias del caso. Si se confirma que la información pública no pudo obtenerse de forma persistente y que no existía una alternativa efectiva, corresponderá evaluar esa situación a la luz de la Ley 200-04. Los datos disponibles todavía no permiten dar por demostrado un incumplimiento legal ni un ocultamiento deliberado.
Más allá de esa evaluación legal, queda una necesidad práctica: garantizar que los documentos puedan consultarse. Si se comprueba el problema reportado, explicar su causa será solo una parte de la respuesta. También habrá que permitir la descarga de los informes y verificar que el acceso funciona.
Hallazgos que exigen respuestas
La importancia de esa consulta se aprecia en los hallazgos: diferencias entre los registros de las instituciones, los bienes que pudieron acreditar y los documentos que respaldan sus operaciones. Los datos que siguen proceden de esa cobertura periodística, aunque no fueron cotejados directamente con los informes originales durante la verificación de este reportaje.
Uno de los casos corresponde al Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones. En una muestra de 82 expedientes, la auditoría de 2024 identificó 11 procesos por aproximadamente 3 mil 564,7 millones de pesos que no figuraban en el Plan Anual de Compras y Contrataciones. También reportó diferencias por 145.1 millones de pesos entre los registros patrimoniales y los estados financieros, además de 45 vehículos inscritos ante la Dirección General de Impuestos Internos que no aparecían en el inventario físico suministrado. Esta última diferencia no demuestra, por sí sola, que los vehículos hayan desaparecido.
En Energía y Minas, el cuestionamiento se centra en el manejo de 454.9 millones de pesos recibidos del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) entre 2023 y 2025. Según la observación reseñada, los recursos fueron depositados en una cuenta operativa, en vez de la Cuenta Única del Tesoro. El ministerio justificó su retención para proyectos de electrificación rural y suburbana. Esa respuesta explica la posición de la entidad, pero debe distinguirse de la comprobación de los documentos y del cumplimiento de los procedimientos aplicables.
Por otro lado, en la OMSA, la fiscalización recogió diferencias por 204.9 millones de pesos entre los reportes de inventarios y los registros contables. También reseñó 47,5 millones de pesos en viáticos, correspondientes al período de septiembre de 2020 a junio de 2024, sin informes que permitieran comprobar las actividades realizadas y sus resultados. En ambos casos, quedan por aclarar los registros y aportar los documentos de respaldo.
Publicar no cierra los casos
Ante estos hallazgos, el debate también pasa por distinguir las irregularidades administrativas de los delitos. El coordinador general de Participación Ciudadana, Francisco Álvarez, señaló que los informes revisados no presentaban pruebas directas de corrupción, pero sí incumplimientos administrativos que, a su juicio, debían tener consecuencias conforme a la Ley de Función Pública.
Los montos observados no equivalen automáticamente a desvíos o daños patrimoniales, y una auditoría no establece por sí sola responsabilidades individuales. Pero esa cautela tampoco elimina la necesidad de corregir las fallas. Para conocer el resultado de la fiscalización, hay que revisar las medidas adoptadas, el cumplimiento de las recomendaciones y las actuaciones administrativas que correspondan, con respeto al debido proceso.
Precisamente, los tres informes de seguimiento incluidos en la entrega permiten examinar qué respuesta se dio a recomendaciones anteriores. Su valor está en distinguir lo que las instituciones se comprometieron a hacer de las correcciones que fueron validadas. Sin los documentos, esa diferencia no puede comprobarse.
Una verificación pendiente
Por eso, la verificación pendiente debe precisar qué enlaces se consultaron, en qué fechas y qué ocurrió en cada intento. Ese registro, acompañado de una respuesta institucional, permitiría conocer la causa y el alcance del problema reportado, sin atribuir una intención que no ha sido demostrada.
Si la dificultad se confirma, la explicación debería indicar cuándo comenzó, qué documentos quedaron afectados y qué se hizo para resolverla. Además, tendría que señalar otras vías de consulta, si existen, y comprobar que por ellas pueden obtenerse los informes anunciados.
Al final, anunciar 28 informes es solo el primer paso. La transparencia se comprueba cuando los ciudadanos pueden leerlos, examinar sus hallazgos y conocer qué se corrigió. Esa necesidad mantiene abierto el cuestionamiento sobre el acceso, sin dar por demostrados un bloqueo o una infracción legal que todavía requieren verificación.
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