La orden de protección o de alejamiento debe constituir uno de los principales mecanismos legales contemplados en la legislación dominicana para intentar frenar la violencia intrafamiliar y de género.
Sin embargo, pese a que las autoridades exhortan constantemente a denunciar las agresiones y acudir ante la justicia, en numerosos casos estas medidas son incumplidas abiertamente por los agresores.
Reconocida en la Ley No. 24-97, la orden de alejamiento busca garantizar la seguridad de las víctimas, prohibiendo cualquier tipo de acercamiento, comunicación o intimidación por parte del presunto agresor.
El artículo 309-4 de la normativa establece que “el tribunal dictará orden de protección a favor de la víctima de violencia, no pudiendo, en ningún caso, acogerse a circunstancias atenuantes en provecho del agresor”.
Más de 700 mujeres murieron en condiciones de violencia entre 2020 y 2024
Las estadísticas reflejan que la violencia contra las mujeres continúa siendo una problemática persistente en el país. De acuerdo con el compendio de mujeres fallecidas en condiciones de violencia de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), entre 2020 y 2024 se registraron 708 muertes de mujeres en estas circunstancias. Solo en 2024 se contabilizaron 130 casos.
Los datos indican además que la mayoría de los victimarios mantenían una relación sentimental con las víctimas. Entre 2020 y 2024, los cónyuges, parejas o novios estuvieron vinculados a 271 de las muertes registradas, mientras que los excónyuges, exparejas o exnovios aparecen relacionados en otros 82 casos.
La provincia Santo Domingo figura entre las demarcaciones con mayor cantidad de muertes violentas de mujeres durante ese período. En 2022 alcanzó 43 casos y en 2024 registró 27, siendo Santo Domingo Este uno de los municipios con mayores cifras.
Abogado explica cómo debe ejecutarse la medida
El jurista Robinson Reyes explicó que una orden de alejamiento no solo obliga al agresor a mantenerse físicamente distante de la víctima, sino que también le prohíbe llamarla, escribirle o contactarla mediante redes sociales o mensajes.
Según indicó, para que la medida sea efectiva debe ser entregada formalmente al imputado, de manera que tenga conocimiento claro de las restricciones y de las consecuencias legales que enfrentaría en caso de incumplimiento.
El riesgo y el peligro de no cumplir la orden debe ser advertido claramente a la persona, expresó Reyes.
El abogado sostuvo que cuando el agresor viola la disposición, la víctima debe acudir inmediatamente a la fiscalía para denunciar el incumplimiento.
Aseguró que, tras recibir la denuncia, el Ministerio Público está obligado a emitir una orden de arresto y coordinar con la Policía Nacional para conducir al imputado ante las autoridades judiciales.
Historial de agresiones puede fortalecer el proceso judicial
Reyes explicó además que la normativa procesal no establece un tiempo específico de duración para estas órdenes, aunque en la práctica suelen mantenerse activas mientras persista el riesgo para la víctima.
Asimismo, consideró que muchas mujeres no presentan ante la fiscalía el historial completo de agresiones sufridas, situación que puede debilitar el proceso judicial. En ese sentido, recomendó relatar cronológicamente todos los episodios de violencia, tanto físicos como verbales.
“El empujón de ayer no se puede ver aislado; el fiscal debe conocer toda la cadena de agresiones para determinar el nivel de peligrosidad del agresor”, manifestó.
El jurista también advirtió que las agresiones constantes, aunque aparenten ser menores, pueden representar señales de una conducta violenta que podría agravarse con el tiempo.
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