El presidente Daniel Noboa emitió el sábado 20 de septiembre otro decreto para convocar a una consulta popular con el fin de instalar una Asamblea Constituyente en Ecuador, luego de que la Corte Constitucional suspendiera su primer llamado. Ambas convocatorias se hicieron sin el aval de la Corte Constitucional, con la que Noboa mantiene una pugna. Este caso ha desatado un debate sobre la legalidad de la decisión del Gobierno.
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, volvió a convocar por decreto este sábado una consulta popular para que los ecuatorianos se pronuncien sobre la instauración de una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Carta Magna.
La Corte Constitucional había suspendido provisionalmente la primera convocatoria de Noboa, hecha el viernes, tras aceptar cinco demandas de inconstitucionalidad.
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El CNE deja en manos de la Corte Constitucional la segunda convocatoria
El tema de fondo es que, según la Constitución, la consulta popular solo puede ser convocada después de que la Corte Constitucional emita un dictamen favorable sobre la viabilidad de las preguntas.
Pero, el presidente no envió las preguntas a la corte. En lugar de eso, citó otro artículo de la Constitución en el que se señala que la Asamblea Constituyente solo puede ser convocada mediante consulta popular y que esa consulta puede ser solicitada por el presidente, por las dos terceras partes de la Asamblea Nacional o por el 12 % de las personas inscritas en el registro electoral.
No obstante, tras la suspensión de su primer llamado, Noboa derogó el sábado el decreto ejecutivo que emitió el viernes sin obtener antes la validación previa de la pregunta por parte de la Corte Constitucional, conforme establece la norma, y publicó otro con la misma convocatoria. En el nuevo decreto llamó otra vez al Consejo Nacional Electoral (CNE) a que continúe con el proceso previsto en la Constitución y en la ley electoral para llevar a los ecuatorianos a las urnas.
Pero, el pleno del Consejo Nacional Electoral decidió luego reenviar a la Corte Constitucional la nueva convocatoria tras determinar que debía pasar primero por el alto tribunal.
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La promesa de una nueva Constitución
La Asamblea Constituyente es una de las promesas de campaña más repetidas por Noboa, quien fue reelegido para un periodo pleno (2025-2029), tras llegar abruptamente al poder en 2023, tras la disolución del parlamento por parte del entonces mandatario, Guillermo Lasso.
De acuerdo con lo planteado, la Asamblea Constituyente estaría integrada por 80 personas, entre ellas 52 asambleístas provinciales, 22 nacionales y 6 en el exterior. El órgano estaría activo por un periodo de seis meses, con la posibilidad de una ampliación de dos meses más.
Noboa argumenta que la Constitución le faculta a solicitar la consulta popular. Sin embargo, la propia Corte Constitucional afirma que “toda propuesta de convocatoria a Asamblea Constituyente debe respetar la Constitución y los mecanismos de control constitucional”.
La decisión de volver a convocar la consulta fue rechazada por la directora para las Américas de Human Rights Watch (HRW), Juanita Goebertus, quien dijo que requería atención del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA).
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Noboa desafía a la Corte Constitucional
La estrategia de Noboa de instar al CNE a convocar la consulta popular sin esperar el visto bueno de la Corte Constitucional ahondó aún más la brecha entre el Ejecutivo y el alto tribunal.
La Corte Constitucional suspendió en agosto varios artículos de tres leyes impulsadas por Noboa –Ley de Solidaridad Nacional, Ley de Inteligencia y Ley de Integridad Pública–, lo que generó un choque entre ambos.
"La obstrucción que ciertos organismos politizados intentan imponer al cambio que necesita el país no será motivo para detener la voluntad del pueblo ecuatoriano", afirmó la Presidencia en un comunicado de prensa emitido este viernes.
Según el constitucionalista Salim Zaidán, citado por AP, la medida de Noboa representa una estrategia para “eludir el control constitucional que realiza la Corte y forzar la convocatoria a la Constituyente”.
A su juicio, el presidente busca ”que la Corte (Constitucional) se pronuncie sobre el nuevo decreto en medio de período electoral", lo cual podría ser considerado como “una obstrucción o interferencia en el desarrollo del proceso” y la ley faculta al CNE a destituir o sancionar a quien obstaculice el desempeño normal del proceso electoral,
Es una forma de “deshacerse de una institución que le resulta incómoda”, considera Zaidán.
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Luz verde en referendo a pregunta sobre bases militares extranjeras
El CNE conoció, además, dos preguntas enviadas previamente por el mandatario para el restablecimiento de bases militares extranjeras y la eliminación del financiamiento estatal para partidos y organizaciones políticas, que ya fueron aprobadas por la Corte Constitucional, y declaró el inicio del periodo electoral para que sean consultadas a la ciudadanía.
Noboa busca que el pueblo de Ecuador responda si está de acuerdo o no con eliminar la prohibición de instalar bases militares extranjeras en el país suramericano.
"La situación de seguridad en Ecuador requiere adoptar diversas estrategias en contra de las diversas modalidades de crimen organizado", justificó el Gobierno de Noboa en el decreto.
El artículo 5 de la Constitución ecuatoriana prohíbe “el establecimiento de bases militares extranjeras” y la cesión de "bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras".
La aprobación de la actual Carta Magna en 2008, bajo el primer mandato del izquierdista Rafael Correa, supuso un año más tarde el cierre de la base militar estadounidense Eloy Alfar, operativa en la ciudad de Manta desde 1999.
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Con EFE, AFP, AP y medios locales
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