Los pasajeros que viajen por vía aérea hacia Estados Unidos deberán presentar una declaración firmada en la que certifiquen que no han estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores a su vuelo, una disposición sanitaria que comienza a aplicarse desde hoy, 3 de noviembre.
La medida, establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), también alcanza a quienes tengan previsto hacer conexión en territorio estadounidense para continuar hacia otro destino.
Según informó la Embajada de Estados Unidos en República Dominicana, la exigencia forma parte de las acciones preventivas para reducir el riesgo de propagación del ébola hacia ese país.
Las aerolíneas tendrán la responsabilidad de comprobar que cada pasajero haya completado y firmado la declaración, que podrá presentarse en formato físico o digital. Quienes no entreguen el documento no podrán abordar el vuelo, salvo que cuenten con una exención autorizada por el Gobierno estadounidense.
La certificación aplica a todos los pasajeros, incluidos ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y extranjeros, sin importar el país desde el que parta el vuelo.
¿Qué ocurre si estuvo en el Congo?
La disposición establece que las personas que hayan estado físicamente en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo no podrán abordar una aeronave con destino a Estados Unidos hasta que haya transcurrido ese período.
La restricción también contempla a quienes hayan hecho escala en un aeropuerto de ese país, aunque no hayan descendido del avión.
El CDC establece que los viajeros podrán volar hacia Estados Unidos a partir del día 22 después de haber salido de la República Democrática del Congo.
La orden tiene vigencia inicial hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque puede ser modificada o levantada antes de esa fecha.
Compartir esta nota