Los pasajeros que viajen en avión hacia Estados Unidos deberán firmar, a partir del 3 de noviembre de 2026, una declaración en la que certifiquen que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo.

La disposición fue emitida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), como parte de las medidas para reducir el riesgo de introducción del ébola en territorio estadounidense.

La exigencia comenzará a aplicarse a las 11:59 de la noche, hora del Este de Estados Unidos, del 3 de noviembre. Comprende a todas las personas que aborden vuelos internacionales con destino a ese país, sin importar su nacionalidad o condición migratoria.

Esto incluye a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y pasajeros extranjeros. También alcanza a quienes hagan escala en Estados Unidos para continuar hacia otro destino.

¿Qué deberán declarar los pasajeros?

Los viajeros tendrán que firmar un documento físico o digital en el que confirmen que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al embarque.

La restricción también considera como presencia en ese país el tránsito por uno de sus aeropuertos, aunque el pasajero no haya salido de las instalaciones ni bajado del avión.

Quienes hayan estado en territorio congoleño durante ese período no podrán abordar un vuelo hacia Estados Unidos, salvo que cuenten con una exención emitida por el Gobierno estadounidense.

El CDC establece que cada pasajero debe completar su propia declaración. Para los menores de 18 años, el documento deberá ser firmado por un padre, tutor u otra persona autorizada.

¿Por qué Estados Unidos exige esta declaración?

La medida responde a la necesidad de reducir el riesgo de que el ébola llegue a Estados Unidos mediante los viajes internacionales.

El CDC explica que el período de 21 días corresponde al tiempo máximo de incubación de la enfermedad, es decir, el intervalo entre la exposición al virus y la aparición de los síntomas.

Para determinar cuándo una persona puede viajar nuevamente hacia Estados Unidos después de salir de la República Democrática del Congo, la autoridad sanitaria establece que el día de salida cuenta como día cero y el primer día calendario completo fuera del país como día uno.

El pasajero podrá abordar un vuelo hacia Estados Unidos a partir del día 22, siempre que cumpla los demás requisitos de viaje.

¿Qué pasa si un pasajero no firma la declaración?

Las aerolíneas y los operadores de aeronaves deberán comprobar, antes del embarque o en ese momento, que cada pasajero haya completado la declaración.

Quienes no presenten el documento y no tengan una exención oficial no podrán abordar el vuelo.

Las compañías deberán conservar una copia de cada declaración durante al menos 42 días después de la llegada del vuelo a Estados Unidos y entregarla al Gobierno estadounidense si se la solicita.

Además, el CDC advierte que proporcionar información falsa o engañosa deliberadamente puede dar lugar a multas y procesos penales conforme a la legislación estadounidense sobre declaraciones falsas.

La orden también contempla excepciones por razones humanitarias u otras consideraciones importantes del Gobierno de Estados Unidos.

La disposición se limita a los viajes por vía aérea. No establece este requisito para quienes ingresen a Estados Unidos por fronteras terrestres o puertos marítimos.

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