La Dirección General de Desarrollo de la Comunidad (DGDC) presentó explicaciones, manuales y compromisos de mejora en respuesta a una auditoría de la Contraloría General de la República, que examinó períodos de las gestiones de Eléxido Paula Liranzo y Carlos Modesto Guzmán Valerio. Tras evaluar la réplica, el órgano auditor reconoció medidas correctivas, pero mantuvo los hallazgos al considerar insuficientes los argumentos y documentos aportados.
En su respuesta definitiva, fechada el 12 de agosto de 2026, la Contraloría exigió un plan para atender, en un plazo de 60 días laborables desde la recepción de la comunicación, los hallazgos que permanecieran sin cambios.
En su matriz de acciones, la DGDC atribuyó situaciones a la gestión anterior, a la actual o a ambas. Esas referencias ayudan a situar la posición institucional tras el relevo de agosto de 2024, pero no constituyen una determinación de responsabilidades individuales ni permiten asignar automáticamente cada hallazgo a uno de los directores.
La réplica y su evaluación son posteriores al período auditado. Por ello, las medidas anunciadas deben diferenciarse de las condiciones observadas entre 2020 y 2025. Las fechas de las gestiones aportan contexto, pero no sustituyen la evidencia documental sobre cuándo ocurrió cada situación ni quién intervino.
Controles y planificación
La DGDC informó que la implementación de las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI) alcanzaba el 30% y proyectó llegar al 50% en diciembre de 2026. También reportó la formalización de manuales de planificación, caja chica, activos fijos y biológicos, transporte, compras y viáticos.
Los porcentajes de avance fueron reportados por la entidad y no constituyen una certificación de que las deficiencias hayan sido corregidas.
La observación sobre la falta de formalización de los planes operativos de 2021 a 2023 se refiere a años comprendidos en la administración de Paula Liranzo. Para responder, la entidad presentó los planes de 2025 y 2026 firmados y sellados, correspondientes a una etapa posterior al relevo de 2024. Aportó, además, un manual que exige la aprobación de los instrumentos de planificación por la máxima autoridad ejecutiva y afirmó que contaba con un informe de seguimiento del Plan Estratégico Institucional y una política para revisarlo periódicamente.
Pese a esas medidas de mejora, la Contraloría mantuvo las observaciones sobre los planes operativos del período examinado y la ausencia de informes de seguimiento. Consideró que la documentación no desvirtuaba lo observado y pidió continuar la aplicación de las recomendaciones.
Presupuesto y obligaciones

Sobre el presupuesto, la DGDC sostuvo que había entregado una justificación de las variaciones de ejecución y que el monto no ejecutado era menor al señalado si se tomaban en cuenta los ingresos recibidos. La Contraloría reconoció un proceso correctivo, pero mantuvo la observación sobre subejecución y falta de un informe detallado de seguimiento a las metas físicas y financieras.
Ante la ausencia de estados financieros, la institución invocó su pertenencia al Gobierno Central y las atribuciones que la Ley 126-01 asigna a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG). La Contraloría respondió que las funciones rectoras y de consolidación de esa dirección no eximen a las entidades de registrar, procesar, preparar y suministrar la información financiera de sus operaciones.
En materia tributaria, la DGDC reconoció una deuda por retenciones efectuadas y no entregadas a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Informó que había conciliado aproximadamente el 40% del monto bajo revisión con el oficial asignado por esa administración y que trabajaba para precisar y regularizar la obligación. También indicó que evaluaba acogerse a una amnistía fiscal.
La Contraloría reconoció avances, pero mantuvo el hallazgo. La documentación examinada no confirma la aprobación de una amnistía ni el pago de la deuda; además, el porcentaje conciliado no equivale a un porcentaje pagado.
Respecto de las cuentas por pagar vencidas por más de 120 días, la entidad anunció una depuración y revisión de expedientes. El ente auditor señaló que no recibió pruebas del inicio de ese proceso. También mantuvo la observación sobre diferencias entre los reportes del portal institucional y la balanza de comprobación del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF).
En caja chica, la auditoría identificó solicitudes y reposiciones tardías de fondos con niveles elevados de consumo, además de la ausencia de arqueos periódicos. La DGDC informó que contaba con una política, procedimientos de arqueo, un responsable y un manual aprobado. La Contraloría reconoció acciones correctivas, pero mantuvo ambas observaciones.
Compras y contrataciones
Ante las compras realizadas fuera del Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC), la entidad argumentó que ese instrumento es una estimación sujeta a ajustes. Citó cambios en las necesidades institucionales, los límites presupuestarios y las medidas de control del gasto.
Para explicar las diferencias entre lo planificado y lo ejecutado, la DGDC añadió que el PACC se elaboró sobre un presupuesto preliminar y que su ejecución dependió de los límites autorizados. Expuso razones administrativas, operativas y financieras, además de su posición sobre las responsabilidades. La Contraloría concluyó que esas explicaciones no desvirtuaban los hallazgos y pidió continuar las medidas correctivas.
Frente a las observaciones sobre fraccionamiento de compras y falta de documentos en los expedientes físicos, la entidad informó que había creado un manual de políticas y procedimientos de contratación. La Contraloría reconoció esa medida, pero mantuvo ambos señalamientos. También conservó lo relativo a la falta de coherencia entre el PACC y el Plan Operativo Anual y a la aprobación del plan de compras.
En cuanto a los procesos no publicados en el portal institucional, la Contraloría confirmó que recibió capturas de pantalla de las publicaciones. Precisó, sin embargo, que se realizaron después de la emisión del informe y mantuvo la observación.
Vehículos e inventarios
En el parque vehicular, la matriz de la DGDC propuso localizar o depurar los registros de 138 vehículos inscritos en la DGII cuyo paradero no estaba identificado, conciliar la información y recopilar o solicitar las matrículas. La Contraloría señaló que no recibió alegatos sobre el control del parque vehicular frente a los registros tributarios y mantuvo el hallazgo, aunque reconoció un proceso correctivo. La documentación tampoco acredita que los vehículos fueran localizados o retirados de los registros mediante descargo.
La entidad informó, además, que había creado un manual de gestión vehicular y reportó trámites ante Bienes Nacionales y la DGII para depurar registros y gestionar descargos. La Contraloría General mantuvo las observaciones sobre mantenimiento, administración y control de vehículos y bienes en condición de chatarra. Para los activos destinados a descargo, señaló que faltaban pruebas de su depreciación total y de los ajustes contables previos.
Respecto de los demás bienes, la DGDC propuso conciliar inventarios, localizar artículos, mejorar el almacén y actualizar registros. También anunció un manual de activos fijos y biológicos para atender observaciones que incluían la falta de registro de los animales de su propiedad.
La Contraloría reconoció acciones correctivas, pero señaló que faltaban documentos específicos. No se adjuntaron los registros ajustados para explicar las diferencias de inventario ni los formularios de requisición que la entidad afirmó tener para las salidas de almacén.
En cuanto a las tomas periódicas de inventario, la DGDC sostuvo que la gestión actual las documentaba. El órgano auditor respondió que no recibió pruebas de esas verificaciones y mantuvo las observaciones sobre ubicación y asignación de activos, codificación y resguardo de bienes.
Sobre la inconsistencia entre la ubicación geográfica registrada del edificio y la del terreno, la institución propuso remitir a contabilidad gubernamental el número de parcela para corregir el registro. La Contraloría reconoció acciones de subsanación, pero mantuvo el hallazgo por considerar insuficiente la evidencia presentada.
Nóminas y recursos humanos
En materia de nóminas, la entidad informó que había iniciado el registro y la publicación de datos en el portal de transparencia para corregir las diferencias entre los pagos y la información divulgada. También sostuvo que la comparación de las nóminas con la ejecución presupuestaria de 2023 y 2025 no mostró discrepancias. Esos años corresponden, respectivamente, a la administración de Paula Liranzo y a la etapa posterior al nombramiento de Guzmán Valerio. La Contraloría respondió que faltaban las nóminas y la identificación de los valores necesarios para conciliar las partidas.
El órgano auditor examinó también diferencias entre las nóminas reportadas a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y los registros de ejecución presupuestaria. Indicó que no recibió alegatos ni pruebas que desvirtuaran esa observación y mantuvo el hallazgo.
Sobre las discrepancias entre los cargos registrados en nómina y las funciones desempeñadas, la DGDC rechazó seis de los casos señalados y anunció que regularizaría los restantes ante el Ministerio de Administración Pública (MAP). Sin embargo, la Contraloría mantuvo la observación porque el informe anexo no cumplía los requisitos de formalización y la documentación estaba incompleta.
Por otra parte, para las personas incluidas en nóminas de otras entidades, la matriz propuso obtener certificaciones de no superposición de horarios. La Contraloría dejó constancia de que no recibió alegatos y mantuvo el hallazgo, aunque reconoció un proceso correctivo. El documento no acredita el cierre de esos casos.
En combustible, la matriz recogió asignaciones superiores al 10% del salario y otras destinadas a cargos no previstos en la normativa. La entidad informó que había iniciado la elaboración e implementación de una política ajustada a sus necesidades operativas y a las disposiciones vigentes. La Contraloría reconoció un proceso correctivo, pero mantuvo la observación sobre incumplimiento normativo.
En la organización del área, la entidad fiscalizada anunció gestiones para actualizar su estructura ante el MAP y completar expedientes. Indicó que las prestaciones laborales y compensaciones se contemplarían en el plan operativo de recursos humanos de 2027. La Contraloría reconoció acciones correctivas, sin modificar los hallazgos.
La matriz planteó, además, dar seguimiento a la implementación del manual del Departamento de Recursos Humanos. En cambio, la Contraloría consignó que no recibió alegatos y que las pruebas aportadas no correspondían al hallazgo identificado, por lo que no modificó el informe.
En otros controles administrativos, la DGDC afirmó que utilizaba un reloj biométrico para controlar la asistencia y anunció la regularización de las declaraciones juradas de patrimonio de los funcionarios obligados a presentarlas. La Contraloría mantuvo ambas observaciones. Para los viáticos, reconoció la creación de un manual, pero consideró que esa medida no desvirtuaba lo observado.
Ayudas sociales
Para responder a las debilidades en los soportes de las ayudas sociales, la DGDC informó que modificó su política en octubre de 2024, después del nombramiento de Guzmán Valerio. Explicó que, por un error involuntario, no entregó esa versión cuando se le solicitaron las políticas durante la auditoría. La fecha ubica la medida anunciada, pero no precisa cuándo se originaron todas las deficiencias. La Contraloría reconoció un proceso correctivo y mantuvo la observación sobre la documentación de respaldo para otorgar las ayudas.
Seguimiento pendiente
Para dar seguimiento a las correcciones, el plan de acción requerido por la Contraloría debe detallar actividades, plazos de corrección, responsables, medidas de mitigación e indicadores o evidencias de cumplimiento. También debe incluir una fecha tentativa para que el equipo de seguimiento verifique las correcciones en las instalaciones de la entidad.
La Contraloría fundamentó el requerimiento en la Ley 10-07 y el Reglamento 491-07, que citó para señalar el carácter obligatorio de las recomendaciones de control interno. La advertencia normativa de la comunicación no equivale, por sí sola, a una sanción impuesta a la entidad.
La documentación examinada no incluye una verificación posterior de las medidas anunciadas. En consecuencia, los avances reconocidos al evaluar la réplica no bastan para considerar corregidos los hallazgos que la Contraloría mantuvo.
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