Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazaron los argumentos presentados por las defensas de varios imputados en el caso de presunta corrupción administrativa en la Procuraduría General de la República durante la gestión 2016-2020, quienes recusaron a las magistradas alegando falta de imparcialidad y vulneración del derecho de defensa.

La recusación fue presentada por los abogados Rafael Antonio Pacheco Paulino, Dionisio Modesto Caro y Pedro Eugenio Cordero Ubri, en representación de Ramón Lucrecio Burgos Acosta, así como por Manuel Sierra Pérez e Ybo René Sánchez Díaz, representantes de Alfredo Alexander Solano Augusto.

Las defensas cuestionan la decisión del tribunal de conceder tres días para impugnar una resolución de 158 páginas que pospone para el final del juicio el conocimiento de más de veinte incidentes. Sostienen que, por tratarse de un proceso declarado complejo, correspondían seis días, conforme al artículo 377, numeral 4, del Código Procesal Penal.

Durante la audiencia, las magistradas defendieron su actuación y aseguraron que han trabajado para garantizar el debido proceso y ofrecer una respuesta conforme a la Constitución y las leyes.

Una de las juezas manifestó que utilizar la recusación para cuestionar una decisión jurisdiccional no resulta lógico ni razonable, al considerar que las partes debieron recurrir a los mecanismos procesales establecidos para impugnarla.

Asimismo, sostuvo que el tribunal no tiene interés en favorecer a ninguna de las partes y que, de continuar conociendo el proceso, sus decisiones estarán fundamentadas exclusivamente en el análisis de las pruebas.

Las magistradas consideraron improcedente la recusación y rechazaron los argumentos de las defensas. No obstante, reconocieron que corresponde a la Corte de Apelación decidir si las mantiene o dispone que el proceso sea conocido por otra composición.

Posiciones enfrentadas

Al salir de la sala de audiencias, la procuradora de corte Mirna Ortiz calificó la recusación como infundada y afirmó que responde al desacuerdo de las defensas con una decisión adoptada por el tribunal.

Ortiz cuestionó que los abogados que solicitan la extinción de la acción penal por vencimiento de los plazos procesales también promuevan recusaciones, aplazamientos e incidentes.

Fiscal Mirna Ortiz. Foto: Fuente externa/Acento.com.do

La representante del Ministerio Público sostuvo que a las defensas les rehúye el conocimiento de las pruebas y expresó su confianza en que el proceso concluirá con sentencias condenatorias.

Por otro lado, el abogado Manuel Sierra Pérez criticó que las juezas rechazaran la recusación sin escuchar los argumentos que pretendía presentar, lo que consideró una muestra de la falta de garantías para el ejercicio de la defensa.

El jurista insistió en que los plazos de los procesos judiciales deben respetarse y cuestionó que el tribunal redujera a 24 horas el tiempo para presentar las impugnaciones, cuando, según explicó, en los procesos complejos corresponden seis días.

Sierra Pérez calificó la actuación como una violación de los derechos de los imputados y sostuvo que la Corte de Apelación deberá examinar las decisiones adoptadas por el tribunal.

Finalmente, las juezas dispusieron remitir las actuaciones a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional para que conozca la recusación.

El tribunal fijó la próxima audiencia para el 16 de noviembre, a las 9:00 de la mañana, como fecha tentativa para recibir la respuesta de la Corte y determinar la continuidad del proceso.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

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