Tuvieron que pasar 5 años para que el presidente Luis Abinader, en representación del gobierno del cambio, depositara en el Congreso Nacional, su propuesta de ley para modificar la antigua legislación que regula la expresión y difusión del pensamiento, desde hace 63 años.

Esta ley fue promulgada por el Consejo de Estado el 15 de diciembre de 1962, a la caída de la dictadura de Trujillo, y logró mantenerse vigente hasta la actualidad, con 63 años de antigüedad, pese a que regula un sector dinámico, sensible y esencial para la democracia, y con la presencia de nuevas tecnologías que han impactado extraordinariamente la comunicación social, la interacción entre los ciudadanos, y la propia existencia de nuevos medios que han revolucionado la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

Fue en junio del 2022 que el presidente Abinader emitió el decreto número 333-22, mediante el cual se creó la comisión para presentar al Poder Ejecutivo un borrador a fin de actualizar la legislación sobre libertad de expresión.

A Namphi Rodríguez, periodista y abogado, le encargó la coordinación de la comisión, integrada por abogados y periodistas, entre ellos Miguel Franjul, Inés Aizpún, Persio Maldonado, Huchi Lora, Edith Febles, Eric Raful, Hermógenes Acosta, Jimena Conde Jiminián, Aurelio Henríquez, Elvira Lora y Gabriela Beltré.

Es importante recordar que el doctor Rafael Molina Morillo, entonces director del diario El Día, había sido designado por el presidente Leonel Fernández, entonces presidente de la República, para los fines fines de modificar la ley 6132.

Fue en el 2010 cuando se creó la primera comisión. Leonel Fernández conoce perfectamente la vieja legislación, había estudiado sus errores y era partidario de imponer sanciones más fuertes a los difamadores, extorsionadores y manipuladores que crecían especialmente en la radio y en la televisión, con contenidos altamente nocivo, difamatorio e injurioso. Integraron la comisión del 2010 Miguel Angel Prestol González, Zaida Lugo, Leonel Melo, Manuel A. Núñez Grassals y Namphy Rodríguez, y que encabezaba el doctor Molina Morillo, un probo periodista de larga data, fundador de los diarios El Nacional, revista Ahora, El Día y ex presidente de la Sociedad Interamericana de Prensa.

La propuesta de Molina Morillo y demás comisionados decidieron presentar una propuesta que despenalizaba los delitos de prensa, lo que no gustó al doctor Fernández, y debido a ello decidió engavetar la propuesta, manteniendo la legislación de diciembre de 1962, cuando Rafael F. Bonelly era presidente provisional de la República.

Luis Abinader otorgó un plazo de 90 días a los comisionados para presentar una propuesta al Poder Ejecutivo. El trabajo se hizo consensuado y se presentó. La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo quiso discutir aspectos de la propuesta, y el documento tardó mucho en llegar finalmente hasta la mano del presidente. Hace apenas unas cuentas semanas que el presidente la tuvo y la remitió al Congreso a través del Senado de la República.

El proyecto entregado es una novedad, porque mantiene anulada la censura previa, mantiene el control de los tribunales normales ante los casos de difamación e injuria, establece la despenalización de los delitos de prensa, lo que significa que a partir de su promulgación nadie corre el riesgo de caer en prisión por delitos de prensa. Además, el proyecto corrige las ausencias de nuevas formas de comunicación, incluye internet y redes sociales, y fija los límites constitucionales sobre la comunicación social.

Libertad de expresión es un concepto de la democracia que se garantiza en la pieza, y libertinaje y abuso de los derechos de la comunicación son señalados y se establecen las formas de las sanciones, en materia civil, sobre las grandes distorsiones que se han ido popularizando en el país, muy especialmente por quienes desean que este país sea una selva en la que todo se permite, incluyendo la invasión a la vida íntima de las personas, y se instala el terror como un modelo de comunicación, sin pruebas ni respeto a nada ni a nadie.

Esta propuesta tiene también sustento en el Código Penal, en el que se pueden encontrar artículos que proteger la figura del presidente de la República y su familia, de los atentados al honor y a la dignidad en los medios sociales y en los medios de comunicación.

El discurso de odio, de segregación, el racismo, la desinformación, la información errónea, maliciosa, las fakes news o las imágenes manipuladas están también incluidas entre los delitos a ser sancionados por los tribunales.

La creación del Instituto Nacional de Comunicación, de composición variada, designados por el Congreso Nacional, es otro acierto de esta propuesta. El carácter sancionador, y la identificación de una entidad oficial a la que se puede acudir en materia de violación de los limites establecidos a la libertad de expresión y difusión del pensamiento es una gran ayuda para sanear el cuadro al que estamos sometidos en la actualidad.

“Los medios de comunicación, sea cual fuese su naturaleza, que de manera voluntaria difundan mensajes que de forma manifiesta denigren la dignidad humana, en general o dirigida a un grupo de personas, o que vulneren los derechos fundamentales de las personas menores de edad, de conformidad con la ley, incurrirán en una infracción grave, en los términos de este artículo. Esta prohibición no implica censura previa, sino proscripción de la reiteración o la difusión de estos contenidos, pues se presume de buena fe la transmisión que hagan los operadores que no tienen facultad de decisión sobre los contenidos y que se limiten a retransmitirlos de terceros, en la medida en que no se hagan parte de ellos”. Así dice uno de los párrafos sancionadores de la propuesta.

Es una ley sencilla, breve, clara, que cuida la libertad de expresión, y que abre las puertas a las personas que se sienten lesionadas, víctimas de los delincuentes de la comunicación y las redes sociales.

Entendemos que esta propuesta no tiene ningún obstaculo para ser conocida, estudiada, sancionado y validada por el Congreso Nacional.