El periódico Listín Diario denunció que recibió un "ultimátum" de su proveedor para eliminar contenido periodístico publicado en su versión digital.

Listín Diario informó que la entidad que hace la exigencia amenaza con suspender el servicio en línea al periódico.

El periódico dijo que la empresa fijó un plazo de 48 horas, hasta el viernes 16 de mayo, para retirar un artículo que supuestamente viola sus términos de servicio.

En su defensa, Listín Diario recordó que el Tribunal Constitucional de la República Dominicana estableció jurisprudencia sobre este tipo de reclamo con la sentencia TC/0171/20, que ampara el derecho de los medios a preservar contenidos veraces y de interés público.

Precisamente, un caso de Acento.com.do dio origen a la citada sentencia del Tribunal Constitucional, lo que dejó sentada la jurisprudencia que ampara a los medios de comunicación digitales ante cualquier exigencia de retiro de información.

Fue esa sentencia una decisión sabia de la citada alta corte, porque los portales noticiosos nativos o vinculados a medios impresos son objeto de presiones y reclamos por parte de personas que reclaman el denominado "derecho al olvido", reclamo que no se les hace ni puede hacerse a medios como la televisión, la radio o los impresos.

Es una exigencia única y exclusivamente contra los digitales, que permanentemente reciben solicitudes, unas con emplazamientos, otras hasta con amenazas.

Si se permite que por un reclamo de esta naturaleza un medio de comunicación formal, profesional, sea cerrado o sacado de línea, se sentaría un peligroso precedente contra el ejercicio periodístico profesional en la República Dominicana.

Nuestra solidaridad y todo nuestro apoyo al Listín Diario digital.