El nuevo Código Penal dominicano no nació en agosto de 2025. Nació herido. Y el país lo está descubriendo ahora, cuando el reloj ya no da marcha atrás con facilidad.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) lo dijo sin rodeos ayer domingo: el texto presenta ambigüedades, duplicidades e incoherencias que, de entrar en vigencia sin corrección, causarían "graves lesiones al sistema de justicia penal". FINJUS no es una organización de activistas. Es una institución de referencia en el derecho constitucional dominicano, y cuando habla con esa contundencia, hay que escucharla.
Pero FINJUS no está sola en su alarma.
Organizaciones de la sociedad civil ya depositaron ante el Tribunal Constitucional una Acción Directa de Inconstitucionalidad contra el artículo 111 del nuevo código, que mantiene la penalización absoluta del aborto. La acción no pide la despenalización total —como aclaró la constitucionalista Patricia Santana Nina—, sino que el TC emita una sentencia interpretativa que incorpore las tres causales: riesgo para la vida o salud de la mujer, violación e incesto.
Es una demanda que lleva décadas esperando en este país. Que haya llegado al TC precisamente ahora, a las puertas de la entrada en vigor del nuevo código, dice todo sobre el proceso legislativo que lo produjo: apresurado, sordo y excluyente.
El Colegio Médico Dominicano (CMD) también fue al Tribunal Constitucional. Impugnó varios artículos que, según los galenos, introducen más de 70 nuevas figuras jurídicas y tipifican como delitos la negligencia, la impericia y la inobservancia de protocolos, sin distinguir entre el error humano inevitable y la conducta dolosa.
La Asociación Dominicana de Cardiólogos Intervencionistas lo resumió con crudeza: si el código entra en vigor tal como está, la medicina dominicana se volverá defensiva. Los médicos evaluarán el riesgo legal antes que el riesgo clínico. Los pacientes más complejos serán los primeros en pagar ese precio.
Esto no es un problema corporativo de los médicos. Es un problema de salud pública.
Y, qué decir de las amenazas latentes a la libertad de expresión que emana de este código, totalmente de espaldas al proyecto de reforma de la Ley sobre Libertad de Expresión en la República Dominicana (Ley 6132).
Lo más revelador de este episodio no es la cantidad de impugnaciones. Es que los propios legisladores que votaron la ley ahora dicen estar "abiertos a corregirla". El diputado Omar Rojas, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara, ya lo planteó públicamente. Sus colegas del Senado también.
Que el Congreso esté dispuesto a modificar una norma que acaba de aprobar —antes de que siquiera entre en vigor— no es una señal de madurez institucional. Es la confesión de que algo falló gravemente en el proceso.
FINJUS tiene razón: la solución más sensata, la más responsable, es extender el período de vacatio legis. Que el presidente Luis Abinader envíe al Congreso un proyecto de ley para modificar el artículo 393 de la Ley 74-25 y ganar el tiempo necesario para corregir lo que está mal.
No es una derrota. No es dar marcha atrás. Es exactamente lo contrario: es demostrar que este país es capaz de gobernar con inteligencia y no solo con prisa.
Treinta y cinco días no alcanzan para resolver ambigüedades constitucionales, atender las demandas legítimas de las mujeres, garantizar que los médicos puedan ejercer sin terror jurídico y construir los consensos que una norma de esta envergadura requiere.
Un Código Penal no es un decreto de urgencia. Es la columna vertebral del sistema de justicia. Y esta columna, hoy, tiene fracturas visibles.
El país merece un código que entre en vigor con autoridad moral y solidez jurídica. No uno que llegue en agosto tambaleándose bajo el peso de sus propias contradicciones.
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