No todos los días se presenta la ocasión en que hay que designar 11 de 17 jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), sea por ratificación o designación para llenar vacantes, por lo que hay que prestar mucha atención a este proceso.
Actualmente los 17 jueces de la Suprema Corte de Justicia son:
Henry Molina, presidente
Manuel Aurelio Hernández Victoria, consejero – del Consejo del Poder Judicial.
Justiniano Montero, presidente de la primera sala
Samuel Arias Arzeno, miembro de la primera sala
Magda Vanessa Acosta Peralta, miembro primera sala
Edynson Francisco Alarcon Polanco, miembro primera sala
Miguelina Ureña Núñez, miembro primera sala
Francisco Antonio Jerez Mena, presidente segunda sala
Nancy Idelsa Salcedo Fernandez, miembro segunda sala
Fran Euclides Soto Sánchez, miembro segunda sala
Magda María Garabito Ramirez, miembro segunda sala
Yorlin Vásquez Castro, miembro segunda sala
Manuel Ramón Herrera Carbuccia, presidente tercera sala
Anselmo Alejandro Bello, miembro tercera sala
Rafael Vásquez Goico, miembro tercera sala
Francisco Ortega Polanco, miembro tercera sala
Namphi Andrés Rodriguez, miembro tercera sala
De estos jueces, cinco fueron designados en diciembre 2025, por lo que su período vence en diciembre 2032 y son: Manuel Aurelio Hernández Victoria, Edynson Francisco Alarcon Polanco, Miguelina Ureña Núñez, Yorlin Vásquez Castro y Namphi Andrés Rodriguez.
El magistrado Francisco Ortega Polanco fue ratificado en la SCJ el 22 de enero de 2021 por lo que su período de siete años vence el 22 de enero de 2028.
Todos los demás magistrados, 11 en total, deberán ser evaluados por el Consejo Nacional de la Magistratura, pues su período venció en abril de 2026.
La base normativa para este proceso es de naturaleza constitucional. El artículo 181 de la Constitución dispone que “los jueces de la Suprema Corte de Justicia estarán sujetos a la evaluación de su desempeño al término de siete años a partir de su elección, por el Consejo Nacional de la Magistratura. En los casos en que el Consejo Nacional de la Magistratura decidiere la pertinencia de separar a un juez de su cargo, deberá sustentar su decisión en los motivos contenidos en la ley que rige la materia.”
Se ha venido creando la percepción de que la selección de una persona para la posición de juez(a) de la Suprema Corte de Justicia es de naturaleza política. Esta interpretación está divorciada del texto constitucional que acabo de citar. Si fuese una decisión política no se necesitaría una evaluación de desempeño. Que la mayoría de los miembros del CNM sean políticos, no convierten todas sus decisiones en políticas.
¿Se trata de una decisión personal de Henry Molina no presentarse a su evaluación y por tanto retirarse a los 58 años de edad? Aunque no he conversado con él sobre este tema, me atrevo a decir que estaba dispuesto a continuar, pero debió haber recibido información confiable de que sería separado y prefirió no someterse a una evaluación en esas condiciones. No querría que le pasara lo que le sucedió a Jorge Subero Isa de la mano de Leonel Fernández. Una pena. No estuvimos de acuerdo con su designación pues provenía de una posición de liderazgo de un partido político, pero reconozco que ha sido el que ha aportado mayor voluntad en la modernización del sistema de justicia y nos deja la ruta, aun larga pero identificada, para completar este proceso.
La magistrada Nancy Salcedo también renuncia a continuar y es una pena, pues le adornan los atributos necesarios para convertirse en la primera jueza de carrera y la primera mujer en ser presidenta de la SCJ, pues todavía le quedan siete años más antes de su retiro obligatorio. No conozco sus razones y solo espero que no sean iguales que las del magistrado Molina.
Deseo que la incertidumbre no ataque a los demás jueces de la SCJ que deberán ser evaluados y se presenten para fines de evaluación. Y no solo a estos jueces, sino a los aspirantes a llenar las vacantes que dejarán los que no continuarán o sean separados por el CNM. He escuchado a excelentes jueces de segundo grado decirme que no se presentarán porque entienden que ya es una decisión tomada. Les insto a perseverar. Tenemos casos de jueces que no pudieron entrar en la SCJ en su primer y hasta segundo intento y lo lograron. El caso más connotado es el de Miriam Germán que debió ser juez de la SCJ desde su primer intento en 1997, pero debió aguardar el fallecimiento de Joaquin Balaguer para que los responsables de la decisión demostraran valentía y la designaran.
Está abierta la oportunidad de fortalecer la carrera judicial designado finalmente a un(a) juez(a) de carrera en la presidencia de la SCJ. El presidente Abinader allanó parte del camino cuando designó a Yeni Berenice Reynoso, una fiscal de carrera, al frente de la Procuraduría General de la República. Esperamos lo mismo con la SCJ. Un abogado de práctica privada puede hacer un buen trabajo en la presidencia de la SCJ, como ya ha ocurrido, pero se trata de demostrar que los jueces de carrera también pueden alcanzar el lugar más alto de la judicatura.
También está el necesario equilibrio de género en las designaciones, para lo cual vale la pena recordar que es un mandato constitucional. Ciertamente, el artículo 30.5 constitucional dispone que “el Estado debe promover y garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres… en la administración de justicia…”. Actualmente tenemos 5 mujeres de 17 posiciones. No me parece que se cumple el mandato constitucional de equilibrio.
Espero que el presidente Abinader aproveche al Consultor Jurídico que tiene y sea asesorado por éste en las tareas que tiene por delante, pues el magistrado Subero conoce mejor que nadie quién es quién, tras pasar 14 años presidiendo la SCJ.
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