A partir de este 1 de febrero entra en vigor el ajuste del 8 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado, informó el Ministerio de Trabajo.
La entidad explicó que este incremento aplica a los trabajadores que devengan salario mínimo, aunque el monto varía según el tamaño de la empresa, tomando en cuenta la cantidad de empleados y el volumen de ventas anuales.
En el caso de las grandes empresas, definidas como aquellas con 151 trabajadores o más o con ventas anuales superiores a RD$ 202 millones, el salario mínimo mensual se establece en RD$ 29,988.
| Grandes | 24,990 | 27,988 | 29,988 |
| Medianas | 22,908 | 25,656 | 27,489 |
| Pequeñas | 15,351 | 17,193 | 18,421 |
Las empresas medianas, con ventas brutas anuales entre RD$ 54 millones y RD$ 202 millones, o con una plantilla de entre 51 y 150 empleados, deberán pagar un salario mínimo de RD$ 27,489 mensuales.
Para las pequeñas empresas, que cuentan con entre 11 y 50 trabajadores y ventas anuales que oscilan entre RD$ 8 millones y RD$ 54 millones, el salario mínimo vigente será de RD$ 18,421.
Asimismo, las microempresas, con hasta 10 empleados y ventas de hasta RD$ 8 millones anuales, deberán pagar un salario mínimo mensual de RD$ 16,993.
Este ajuste corresponde a la segunda fase del aumento salarial del 20 % aprobado mediante la Resolución 01-2025 del Comité Nacional de Salarios (CNS).
El incremento fue dividido en dos etapas. El primero, un 12 % aplicado en abril de 2025 y el 8 % restante entra en vigencia este 1 de febrero de 2026.
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