Desde este miércoles 1 de julio de 2026 entra en vigor el aumento de la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los pagos por servicios prestados por personas físicas, que pasa del 10 % al 15 %.
¿A quiénes aplica el aumento de la retención del ISR?
El incremento de la retención del ISR al 15 % se aplicará a los pagos realizados por agentes de retención —como empresas, sociedades comerciales y entidades públicas— a personas físicas por distintos conceptos.
Entre ellos figuran:
- Honorarios y servicios profesionales.
- Pagos por alquileres de bienes muebles e inmuebles.
- Comisiones.
- Otras rentas sujetas a retención.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) explicó que esta retención constituye un pago a cuenta del Impuesto Sobre la Renta que posteriormente se toma en consideración al momento de la declaración correspondiente.
La retención del 5 % para pagos del Estado se mantiene
La nueva disposición no modifica la retención aplicable a los pagos que realiza el Estado dominicano a personas físicas por prestación de servicios, la cual continuará siendo del 5 %, según establece la legislación vigente.
También cambia la retención para pagos al exterior
La Ley 30-26 también introduce modificaciones para operaciones internacionales. Entre ellas, reduce al 15 % la retención aplicable a pagos realizados al exterior por conceptos como servicios digitales, licencias y regalías, con el objetivo de adecuar el régimen tributario contemplado en la reforma fiscal.
Esto sucede como parte de la reforma fiscal presentada por el ministro de Hacienda, Magín Díaz, y aprobada mediante la Ley 30-26 de Medidas Procrecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional.
La medida fue promulgada por la Presidencia de la República y su aplicación fue detallada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que aclaró que el cambio corresponde a una modificación en las tasas de retención existentes y no a la creación de un nuevo impuesto.
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