Las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazaron para el próximo lunes 14 de septiembre la decisión sobre los planteamientos de extinción de la acción penal presentados por varias de las defensas de los imputados en el Caso Calamar.

El tribunal informó que la decisión será emitida a las 9:00 de la mañana del lunes 14 de septiembre de 2026, debido a la complejidad del proceso y a la necesidad de evaluar los argumentos planteados durante la audiencia.

Al concluir los debates sobre los incidentes, una de las juezas explicó que el tribunal se encontraba deliberando para establecer una fecha en la que pudiera emitir la decisión.

Indicó que se trata de un proceso complejo y que, además de este expediente, el tribunal tiene otros procesos pautados en horario vespertino.

«Se trata de un caso complejo y el tribunal fija la fecha para emitir la decisión para el próximo lunes 14 de septiembre del año 2026, a las 9:00 horas de la mañana. En ese momento, el tribunal emitirá la decisión sobre los planteamientos de extinción de la acción penal», expresó.

Para esa fecha quedaron convocadas todas las partes involucradas en el proceso.

Ministerio Público asegura que las defensas buscan evitar el juicio de fondo

Tras salir del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, la representante del Ministerio Público, fiscal Mirna Ortiz, sostuvo que las defensas de los imputados intentan nuevamente evitar que el tribunal conozca el fondo de las acusaciones y las pruebas presentadas por el órgano persecutor.

Ortiz afirmó que las solicitudes de extinción de la acción penal han sido utilizadas como una herramienta procesal en otros casos y que, según su criterio, han tenido resultados desfavorables para las defensas.

«Una vez más, las defensas intentan rehuir al conocimiento del fondo de las acusaciones, al fondo de las pruebas, usando la extinción como una herramienta procesal», manifestó.

La fiscal señaló que planteamientos similares han sido rechazados en procesos como los casos de Alexis Medina y Adán Cáceres.

«Herramienta procesal que ha fallado en casos anteriores, tales como Alexis Medina y Adán Cáceres, y que tendrá inequívocamente la misma consecuencia en este tribunal», expresó Ortiz.

La representante del Ministerio Público consideró que el tribunal rechazará las solicitudes de extinción y permitirá que continúe el conocimiento de la acusación.

«El tribunal rechazará la extinción, ordenará la presentación de la acusación y ahí nos veremos frente a las pruebas, donde la solución será única: la condena de los imputados», sostuvo.

Ortiz también se refirió a los recursos de apelación que han sido depositados por algunas de las defensas y aseguró que estos deberán ser conocidos por la Corte correspondiente.

«El recurso de apelación va a cursar la suerte ante la Corte y tendrá la decisión que sabemos. Ese recurso será declarado inadmisible, rechazado por la Corte y nos veremos aquí», afirmó.

La fiscal criticó que, a su juicio, las defensas recurran a mecanismos similares dentro del sistema judicial.

«Ellos parecen haber estudiado todos con el mismo libro, porque todos acuden a las mismas instancias y todos reciben la misma respuesta del sistema de justicia», manifestó.

Asimismo, insistió en que el proceso debe continuar hacia el juicio de fondo.

«Los casos se resuelven en el tribunal, los casos van a juicio de fondo, nos enfrentaremos a las pruebas y tendrán que afrontar las consecuencias de sus actuaciones», agregó.

Defensa de Donald Guerrero apela rechazo de extinción

De su lado, la abogada María del Pilar Zuleta informó que la defensa del exministro de Hacienda Ángel Donald Guerrero interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Cuarto Juzgado de la Instrucción que rechazó la solicitud de extinción de la acción penal presentada en favor de su cliente.

Zuleta explicó que el recurso ya fue depositado y que fue asignado a la Segunda Sala, aunque todavía están a la espera de que se fije una fecha para su conocimiento.

«Se trata de un recurso de apelación que interpuso la defensa del señor Ángel Donald Guerrero con relación al rechazo que hizo el Cuarto Juzgado de la Instrucción de la extinción de la acción penal», explicó la jurista.

La abogada argumentó que, según documentos de la Procuraduría, a Guerrero le fue impuesta una alerta migratoria el 22 de noviembre de 2020, medida que, según sostiene la defensa, debe ser tomada en cuenta para el cómputo del plazo de duración del proceso.

«Tenemos un oficio de la Procuraduría donde expresamente se indica que, a petición de la hoy procuradora general de la República, se le impuso a nuestro cliente una alerta migratoria», indicó.

Zuleta sostuvo que desde esa fecha han transcurrido casi seis años, mientras que, según afirmó, el plazo máximo establecido por el legislador para este tipo de procesos es de cuatro años.

«La alerta migratoria fue el 22 de noviembre del 2020. Entonces, ha pasado noviembre 2021, 22, 23, 24, 25 y 26. Nos faltan un par de meses para el 26. ¿Cuánto lleva el proceso? Seis años. ¿Y cuánto dice el legislador que es el plazo máximo? Cuatro», manifestó.

Aseguró que, en el caso específico de Donald Guerrero, el plazo se encuentra vencido y que, por esa razón, solicitaron a la Corte evaluar nuevamente el pedimento de extinción de la acción penal.

«En este caso, para el señor Ángel Donald Guerrero está completamente vencido el plazo y por eso le estamos pidiendo a la Corte que evalúe ese pedimento nuevamente», sostuvo.

La jurista confirmó que el recurso de apelación fue depositado y que fue asignado a la Segunda Sala, aunque todavía no se ha fijado la fecha de audiencia.

«Sí, la depositamos y nos designaron la Segunda Sala, pero estamos a la espera de que nos fijen una fecha», expresó.

Indicó que esta situación fue planteada ante el Tercer Tribunal Colegiado, debido a que, mientras la Corte conoce el recurso de apelación, el juicio de fondo continúa en esa jurisdicción.

«Eso fue lo que se le advirtió aquí al tribunal, porque ese aspecto lo va a estar conociendo la Corte mientras aquí se conoce el juicio», explicó.

Plazos pueden correr de manera individual

Durante sus declaraciones, Zuleta también explicó que, según el planteamiento de la defensa, el cómputo del plazo para solicitar la extinción de la acción penal puede variar de un imputado a otro.

La abogada señaló que el plazo comienza a correr de manera individual, dependiendo de la fecha en que cada persona fue afectada por una actuación procesal determinada.

«Cuando dice “hasta qué momento es”, porque recuerda que corre individual para cada persona. El día que a ti te afectaron con una alerta migratoria, a ti te corre; el día que te afectaron con una inmovilización de fondos, ahí te corre; el día que te citaron para ser interrogado, ahí te corre», explicó.

Según indicó, esta diferencia en las fechas de inicio del cómputo es la razón por la que algunos imputados pueden presentar solicitudes de extinción en momentos distintos.

«Entonces, para cada quien corren diferentes fechas», concluyó.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

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