El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó sentencia contra varios de los implicados en la operación Gavilán, red acusada de borrar y alterar registros de antecedentes penales a cambio de sobornos.
El fiscal Andrés Mena calificó la decisión como "una condena ejemplar que envía un mensaje contundente contra los actos ilícitos de corrupción".
Hemos obtenido una sentencia favorable que acoge en gran medida las pretensiones del Ministerio Público. Esta condena manda un mensaje claro frente a quienes pretenden vulnerar el sistema de justicia con prácticas fraudulentas.Andrés Mena, fiscal.
Mena destacó que entre las sanciones más severas figura la pena de 10 años de prisión e inhabilitación por cinco años para ocupar cargos públicos impuesta al exfiscalizador Luis Peña Cedeño, lo que, a su juicio, representa un precedente importante dentro de la lucha contra la corrupción en la administración pública.
Asimismo, subrayó que el decomiso de bienes dispuesto por el tribunal constituye una victoria adicional para el Ministerio Público.
En cuanto a la posibilidad de nuevas investigaciones relacionadas con el caso, Mena aseguró que el Ministerio Público seguirá abierto y dispuesto a perseguir cualquier acto delictivo que afecte a la sociedad, especialmente aquellos vinculados a la corrupción. Sin embargo, aclaró que los fiscales mencionados en los inicios del proceso no fueron individualizados ni sometidos en esta etapa, dado que corresponden a una jurisdicción especial y la investigación aún se mantiene abierta.
El tribunal impuso 10 años de prisión en Najayo a Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez y Luis Peña Cedeño (este último, además, inhabilitado por cinco años para ocupar cargos públicos).
Penas diferenciadas
Otros acusados fueron condenados en base al Código Penal, la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, la Ley 53-07 de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 631-16 de Armas y la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, recibiendo sanciones de cumplimiento mixto.
- Mártires Rosario Reyes: 7 años de prisión (3 años y 6 meses en arresto domiciliario y 3 años y 6 meses suspendidos condicionales).
- Alfredo Mirambeaux Villalona: 8 años de prisión (6 años en arresto domiciliario y 2 años suspendidos).
- Rubén Darío Morbán: 6 años de prisión (3 años en arresto domiciliario y 3 años suspendidos).
- Domingo Julio Santana Sánchez: 5 años de prisión (2 años y 6 meses en arresto domiciliario y 2 años y 6 meses suspendidos), más una multa de 5 salarios mínimos.
- Luis Alfredo Astacio Polanco: 6 años de prisión (3 años en arresto domiciliario y 3 años suspendidos), con multa de 5 salarios mínimos.
A estos condenados se les impuso la prohibición de usar armas, consumir alcohol en exceso y la obligación de residir en el domicilio aportado, además de realizar trabajos comunitarios. El tribunal advirtió que el incumplimiento de estas reglas podría conllevar la revocación de los beneficios.
Fueron absueltos Okaira Elizabeth Carmona, Dilcia Argentina Núñez Santos y Romanqui Alexander Dotel Medina.
Asimismo, se acogió el criterio de oportunidad a favor de Jancely Estala Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva.
La compañía Nexcon Technology fue declarada culpable de violar la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y se ordenó su disolución.
El tribunal dispuso también el decomiso de las pruebas materiales a favor del Estado dominicano. La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 4 de noviembre de 2025, a las 2:00 p.m.
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