La empresa Vertrixi Holding, S.R.L., titular de la concesión minera "Cobre El Hoyazo II" en la provincia Santiago, rechazó este lunes las acusaciones que la vinculan con trabajos de exploración dentro del área protegida de Diego de Ocampo y calificó de temerario el recurso de amparo interpuesto en su contra.

La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Santiago tiene previsto pronunciarse al respecto este miércoles 27 de mayo.

La empresa contra el amparo: "Coordenadas falsas de toda falsedad"

El recurso de amparo fue presentado por el Movimiento Cívico No Partidista Tiempo Verde y el abogado ambientalista Winston Vásquez, quienes alegan que el 15 de marzo de 2026 la empresa realizó trabajos de exploración en las comunidades de Manacla y Piche que habrían afectado zonas protegidas de Diego de Ocampo.

Vertrixi Holding rechazó esas afirmaciones de manera categórica.

Según la empresa, las coordenadas indicadas en el recurso "se encuentran completamente fuera del polígono autorizado" de su concesión y así lo habrían confirmado tanto la Dirección General de Minería como el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La empresa añadió que las únicas pruebas aportadas por los demandantes son "tres fotografías de equipos de ingeniería que no pertenecen a Vertrixi Holding ni se encuentran dentro del área de concesión".

El documento de Medio Ambiente: ¿prueba a favor o en contra?

Vertrixi Holding, empresa titular de la concesión minera “Cobre El Hoyazo II”. (Fuente externa)

Uno de los puntos más sensibles del caso es la interpretación de un documento emitido el 18 de mayo de 2026 por el director de Evaluación de Impacto Ambiental, Neftalí Brito, en el que se certifica que no existen permisos, licencias ni autorizaciones ambientales para operar en las coordenadas señaladas por los demandantes.

Vertrixi Holding argumenta que esa certificación, lejos de perjudicarla, la respalda: si las coordenadas señaladas corresponden al área protegida de Diego de Ocampo —donde la empresa dice no haber operado— es lógico que no existan permisos para esa zona.

Sin embargo, la lectura de los ambientalistas es otra: la ausencia de permisos confirma que cualquier actividad en esa área habría sido ilegal.

La Cámara Civil y Comercial de Santiago deberá resolver esa tensión interpretativa en su fallo del 27 de mayo.

La concesión: qué dice la resolución oficial

Vertrixi Holding precisó que la concesión "Cobre El Hoyazo II" fue otorgada mediante la Resolución núm. R-MEM-CM013-2024, del 5 de julio de 2024, firmada por el Ministerio de Energía y Minas, e inscrita en el Folio núm. 195/2024 del Libro de Registro de Concesiones, Contratos y Plantas de Beneficio (T5) del Registro Público de la Dirección General de Minería.

La empresa sostiene que sus únicas intervenciones en terreno ocurrieron entre julio y octubre de 2025 y consistieron en "levantamientos geológicos, recopilación de información técnica y análisis preliminares", actividades que, según afirma, tienen "impacto cero" y no requieren permisos ambientales conforme a la normativa vigente.

Esa posición se apoya en la Ley Minera núm. 146-71 y en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales núm. 64-00.

Lo que dijo Energía y Minas en enero

El propio Ministerio de Energía y Minas había aclarado en enero de 2026 que los trabajos realizados hasta ese momento en la concesión habían sido "exclusivamente de carácter exploratorio" —pruebas geofísicas aerotransportadas en octubre de 2025— y que los resultados "no fueron satisfactorios para identificar yacimientos de importancia".

El ministerio también precisó que la administración actual "no tiene planes de favorecer la explotación minera en esa zona".

La Septentrional en el centro del debate minero

Minera Vertrixi niega explorar en áreas protegidas y denuncia desinformación

El caso Vertrixi se inscribe en un debate nacional que se intensificó en los últimos meses en torno a la minería en zonas ambientalmente sensibles.

Este mismo mes de mayo de 2026, el presidente Luis Abinader suspendió el proyecto minero Romero en San Juan tras masivas movilizaciones ciudadanas, en una decisión que marcó un precedente sobre el peso de la presión social en las políticas extractivas.

En la Cordillera Septentrional, el movimiento "Unidos Somos Más" —integrado por sacerdotes, campesinos y ambientalistas— convocó una marcha el 24 de mayo y exige que la cordillera sea declarada Patrimonio Natural del País, libre de toda exploración y explotación minera.

El padre Ramón (Nino) Ramos y otros sacerdotes de las arquidiócesis de Santiago y Puerto Plata se han sumado como testigos en el proceso judicial.

La cordillera es considerada la principal fuente hídrica del Valle del Cibao y alberga el Parque Nacional Diego de Ocampo, uno de los ecosistemas de mayor biodiversidad del norte del país.

El fallo, mañana

La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Santiago leerá su decisión sobre el recurso busca paralizar las operaciones de Vertrixi Holding, sancionar las disposiciones administrativas que habilitaron la concesión y anular los actos que, según los demandantes, violan la Constitución dominicana en sus artículos 17 y 68, así como la Ley de Medio Ambiente.

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