Un tribunal de San José de Ocoa condenó a la pena máxima de 30 años de prisión a un hombre por matar a una mujer el 19 de marzo del año 2022.
El procesado, Nazario Mercedes, además de provocarle la muerte a Darmelin de los Santos Ramírez, en el municipio Rancho Arriba, abusó sexualmente de la víctima, configurándose además con su accionar el delito de violencia de género. Posteriormente, el procesado emprendió la huida, siendo apresado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal.
El procesado había sido juzgado en otros distritos judiciales por hechos similares.
El equipo de fiscales que investigó el caso estuvo integrado por Francis Valdez, procurador general de corte y fiscal titular de San José de Ocoa; Juan Ysidro Minyetty; José Castillo y Germania Méndez. En audiencia, el equipo de litigación estuvo integrado por Juan Ysidro Minyetty, M.A, y los aspirantes a fiscalizadores Adonis Ramírez Zabala y Ramón Kinsley.
El órgano acusador probó que el procesado actuó contrario a los artículos 295, 303.4, 304, 309-1 del Código Penal dominicano.
Los jueces Alfis Brandeli Castillo, Dayham Rodríguez y Loida Amador, del Tribunal Colegiado de San José de Ocoa, dictaron la sentencia condenatoria tras acoger como buenos y válidos los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público.
Veinte años de prisión para hombre que mató a otro
Un tribunal de Hato Mayor condenó a 20 años de prisión a un hombre que mató a otro a causa de múltiples heridas de arma blanca, durante un hecho ocurrido en el año 2024.
El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Hato Mayor dictó la sentencia condenatoria en contra de Jocely Jean (Betoni), de 36 años de edad, quien fue hallado culpable de cometer homicidio voluntario en contra de Klenert Pierre (Wilmer), ambos de nacionalidad haitiana.
El Ministerio Público señala que el hecho ocurrió donde ambos residían, en la calle El Play, del paraje Mango Limpio, en la carretera Hato Mayor-El Valle, alrededor de la 1:00 de la madrugada del día 26 de diciembre de 2024. Detalla que Pierre falleció a causa de un shock hipovolémico tras ser atacado a machetazos por su compatriota.
Luego de cometer el hecho Jean huyó, iniciándose de inmediato una activa persecución por parte de oficiales policiales que permitió su arresto el 26 de diciembre de 2024, en el kilómetro 21 de la citada carretera donde ocurrió el caso.
Al notar la presencia de las autoridades, el victimario arrojó al suelo el arma blanca, tipo machete, de aproximadamente 22 pulgadas de largo, con la que cometió el crimen.
La investigación del caso estuvo a cargo del fiscal Daniel Robles Nivar y en la litigación el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Wilson Santana, quien demostró ante los juzgadores cómo ocurrieron los hechos.
El Tribunal Colegiado de Hato Mayor, integrado por los magistrados Francisco Antonio Arias Sánchez (presidente), Haissel Uribe Reyes y María Del Carmen García, dictó la sentencia condenatoria con base en los elementos probatorios aportados por el Ministerio Público, ordenando su cumplimiento en la cárcel pública de El Seibo.
Los jueces declararon a Jean culpable de violar los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano y los artículos 83 y 84 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. Además, declararon las costas penales de oficio porque el procesado fue asistido por un defensor público.
Ministerio Público captura a un hombre condenado por estafa
El Ministerio Público capturó a Marvin Joel Soriano Robles condenado a cinco años de prisión por cometer estafa electrónica contra varias personas a través de la empresa Procrédito.
La Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec) presentó a Soriano Robles ante el Tribunal de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional para el cumplimiento de una sentencia definitiva de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia que le impone además el pago de una multa de la tercera parte de un salario mínimo, de conformidad con la Ley 12-07 sobre Multas o Sanciones Pecuniarias.
La sentencia núm. 047-2019-SSEN-00201, de fecha 31 de octubre de 2019, fue dictada con motivo de la acusación penal pública presentada por Denny Silvestre, procurador fiscal del Distrito Nacional.
La Ucaprec, encabezada por la fiscal Andry De Los Santos, agotó el procedimiento después de tramitar una solicitud ante Katerine A. Rubio, jueza suplente del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial del Distrito Nacional.
El juez Vladimir Rosario García, de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, condenó a Soriano Robles a cinco años de prisión tras declararlo culpable de violar las disposiciones de los artículos 150, 151 y 405 del Código Penal dominicano, que sancionan los delitos de uso de documentos falsos en escritura privada y estafa.
Ante la decisión del tribunal de primer grado, Soriano Robles interpuso una apelación, siendo apoderada la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la cual rechazó el recurso, mediante la sentencia número 502-2021-SSEN-00069, el 26 de agosto de 2021, y confirmó en todas sus partes la condena de cinco años.
Luego la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia también rechazó un recurso de casación contra la citada sentencia.
Soriano Robles, condenado en otro caso de estafa a seis años de prisión, es reincidente en el delito y enfrenta otros procesos judiciales por hechos similares.
Junto a la procesada Roxanna Milagros Villeta Gómez y a través de su empresa, promocionada como un buró de crédito, estafó a decenas de personas a las que prometían “limpiar” sus expedientes crediticios en el sistema financiero.
La acusación señala que la estructura delictiva hacía que las víctimas firmaran contratos digitales, mediante los cuales los estafados se convertían en deudores de la empresa, la cual luego le realizaba embargos irregulares y, en muchos, casos les falsificaban las firmas a las víctimas.
Relata, igualmente, que el procesado atraía a sus víctimas a través de un anuncio en las redes sociales, con un enlace para contactar a la empresa Procrédito. Una vez los usuarios daban clic en el enlace, recibían un mensaje para que escribieran por WhatsApp.
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