La igualdad política constituye uno de los pilares esenciales de la Constitución abierta. Este principio presupone un conjunto de condiciones básicas que deben garantizarse a los individuos y a las colectividades para participar de manera plena en la esfera pública. Sin embargo, como advierte Robert Dahl, la distancia entre el ideal de la igualdad política y su logro en la realidad es enorme, incluso en democracias consolidadas, ya que enfrenta numerosos desafíos y obstáculos. Constituye así un ideal regulativo que exige el reconocimiento de las desigualdades existentes y el trabajo proactivo para superarlas mediante iniciativas que fomenten la participación significativa de la ciudadanía.
La igualdad es considerada por Carlos Nino como un valor adjetivo y relativo que alude a la distribución de algún otro valor. La igualdad no es valiosa si no se predica de alguna situación o propiedad que es en sí misma valiosa. Una idea similar plantea Hannah Arendt cuando advierte que la igualdad no adquiere valor político sino en el contexto de las sociedades que reconocen el vivir y estar juntos como la única posibilidad humana en la cual la fuerza, dada por naturaleza, puede convertirse en poder. Esta lógica relacional explica por qué la igualdad política corresponde al matrimonio indisoluble entre el derecho a la igualdad (artículo 39) y los derechos políticos o de ciudadanía (artículo 22).
Para Ronald Dworkin, el abordaje adecuado de la igualdad política requiere elaborar teorías comprensivas que aborden tanto los aspectos sustantivos como los procedimentales o, en otras palabras, es crucial considerar tanto la dimensión objetiva como la dimensión subjetiva. La dimensión objetiva se refiere a la igualdad formal ante la ley, garantizando que la ciudadanía tenga acceso a los derechos políticos sin discriminación. El derecho al sufragio es el supuesto más paradigmático de igualdad formal porque asegura a cada persona igual valor por voto. Sin embargo, el cumplimiento de las exigencias jurídicas de la igualdad formal no impide los obstáculos sociales, económicos y culturales que crean desequilibrios en la capacidad de influir en la agenda pública y en la movilización del apoyo electoral.
La dimensión subjetiva concierne a la igualdad material, que busca corregir desequilibrios y asegurar oportunidades reales para ejercer los derechos políticos. Esto supone la adopción de medidas que superen las desigualdades estructurales o barreras históricas que afectan a grupos específicos para asegurarles participación efectiva en el proceso democrático. La proporción de género constituye un supuesto paradigmático de promoción de metas participativas para una igualdad política materialmente efectiva, pero aún persisten escollos que restringen su potencial transformador en las estructuras del poder político. Así que es necesario continuar implementando medidas proactivas para que las políticas de igualdad no sean meramente simbólicas, sino que conduzcan a una participación política genuina y transformadora que impacte en los resultados de las elecciones.
Uno de los principales retos de la igualdad política es garantizar a cada ciudadano la oportunidad de tener alguna influencia ―la suficiente para que el esfuerzo político sea algo más que un sinsentido―, más que el de tener la misma influencia que los demás (Dworkin). De ahí que sea necesario reconocer al individuo como un agente responsable cuya voluntad se toma en consideración [y no solo] como miembro de una amalgama deforme, como una unidad estadística sin atributos propios, identificables, sin rasgos y propósitos específicamente humanos (Isaiah Berlin). Ello no implica que en la práctica todos tengan exactamente la misma influencia o capacidad de agencia, sino que cada uno pueda participar libremente y ser escuchado en los foros de deliberación pública.
Para tomar en serio la igualdad política es imprescindible un enfoque integral que aborde tanto la dimensión objetiva como la subjetiva. El mero establecimiento de procedimientos formales no es suficiente para garantizar la participación política equilibrada, sino que resultan necesarios mecanismos legales y administrativos que promuevan la igualdad efectiva y un compromiso activo para eliminar las limitaciones económicas, sociales o culturales que impidan la participación plena de la ciudadanía en los procesos políticos. Se requiere, además, un mayor compromiso con la educación cívica que discipline la competencia democrática en las sociedades plurales y el empoderamiento político de los sectores vulnerables. Estos dispositivos institucionales y culturales deben operar con eficacia y eficiencia para garantizar progresivamente una participación política genuina y transformadora que fortalezca la legitimidad del proceso democrático.
La igualdad política constituye una finalidad dinámica y en constante evolución, conforme a los valores de la Constitución abierta. Los foros deliberativos deben garantizar un equilibrio reflexivo entre la ratio y la emotio (Peter Häberle) para evitar que la estructura jurídica que sustenta el pluralismo pueda llegar a agotarse ni se socave la legitimidad democrática. Es crucial, además, identificar y eliminar las barreras sociales, económicas y culturales que impidan la participación plena de las personas e identidades colectivas, en especial aquellas históricamente marginadas. El reto, en definitiva, es doble: lograr la cristalización de un espacio público permeado por las diferencias inmanentes al pluralismo del Estado social y democrático de derecho, así como el fortalecimiento de los mecanismos que aseguren un enfrentamiento reglado de alternativas adversarias ―en una contienda política igualitaria― por la dirección temporal del gobierno del Estado.
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