El próximo tres de agosto entrará en vigencia el nuevo Código Penal, después de casi 142 años de vigencia de un código anterior que se mantuvo casi incólume durante todo este tiempo. En virtud de la Ley núm. 44-26, el Poder Ejecutivo promulgó la reciente reforma aprobada en el Congreso Nacional, garantizando de este modo su entrada en vigencia según lo previsto en la Ley núm. 74-25.

Esto significa que, respecto de la mayoría de sus disposiciones legales, la aplicación iniciará a partir de la citada fecha, mientras que los artículos 8 al 11 —que versan sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas— entrarán en vigencia tres meses después, es decir, el 3 de noviembre de este año. Este plazo adicional se otorgó especialmente para que las empresas y las organizaciones sin fines de lucro con personalidad jurídica puedan aprovecharlo para acogerse a su especial y novedoso régimen de responsabilidad penal.

Se trata de una reforma legal de trascendencia institucional y social incalculable para el país. En particular, porque en el Código Penal están las garras por excelencia para tutelar los principales derechos fundamentales previstos en la Constitución de la República y, al mismo tiempo, porque constituye una regla legal clave para procurar una convivencia social civilizada. Es obvio que el Código Penal anterior expresaba más la sociedad rural del siglo XIX que la realidad y la criminalidad de nuestro tiempo. Por esta razón, desde la década del cincuenta se venía abogando por su reforma y adecuación.

Como también he expuesto anteriormente, en 1997 el Poder Ejecutivo designó cinco comisiones para la revisión y actualización de los grandes códigos nacionales de origen napoleónico, siendo uno de ellos el penal. Precisamente, tuve el honor de integrar la comisión de este código y, en 1999, depositamos el anteproyecto de la reforma. Durante casi 30 años, esta iniciativa dio tumbos en el Congreso Nacional. Desde entonces, he estado vinculado a este dilatado y accidentado proceso. Sin duda, se trata quizás de la reforma legal más debatida en la historia republicana, cuyas razones son atendibles, puesto que en su texto se prevé la tutela penal de los aspectos más sensitivos de la vida, la integridad, el patrimonio y la dignidad de las personas y, en fin, de la sociedad.

Como hemos dicho en otras ocasiones, no se trata de una reforma infalible ni de una herramienta jurídica provista de atributos milagrosos. Tiene aún sus sombras por superar, pero indiscutiblemente sus luces son mayores.

Por otro lado, el 27 de los corrientes, el honorable presidente de la República dictó el Decreto núm. 507-26, mediante el cual se designó una Comisión de Seguimiento y Socialización del nuevo Código Penal. Como lo dispone su artículo 1, el objetivo fundamental de esta comisión honorífica será «organizar el proceso de socialización, educación y concientización de la Ley núm. 74-25, Orgánica que instituye un nuevo Código Penal de la República Dominicana y sus modificaciones; así como para el estudio y análisis de eventuales mejoras derivadas de su implementación».

Se trata de una decisión correcta del Poder Ejecutivo que incluso debió adoptarse antes. De hecho, en el artículo que publiqué en este medio hace dos semanas, propugné por su creación —aunque con un carácter no oficial— e incluso sugerí posibles integrantes. Sin lugar a dudas, es necesario divulgar el nuevo Código Penal, no solo entre los actores del sistema de justicia penal (jueces, fiscales y abogados, quienes se han venido preparando profesionalmente para su manejo durante todo este año de vacatio legis), sino también para la población en general, la gente del pueblo. Asimismo, esta comisión tiene el relevante cometido de estudiar y ponderar las mejoras que sea necesario introducir en el texto a raíz de su implementación.

A propósito, agradezco al señor presidente de la República, licenciado Luis Abinader Corona, la honrosa inclusión que nos hizo como uno de los integrantes de esta comisión, conformada además por distinguidos juristas y amigos.

En fin, después de una larga pero provechosa espera, en pocos días podremos decir, con el perdón de la jerga vaticanista: ¡Habemus nuevo Código Penal!

José Lorenzo Fermín

Abogado

Licenciado en Derecho egresado de la PUCMM en el año 1986. Profesor de la PUCMM (1988-2000) en la cual impartió por varios años las cátedras de Introducción al Derecho Penal, Derecho Penal General y Derecho Penal Especial. Ministerio Público en el Distrito Judicial de Santiago (1989-2001). Socio fundador de la firma Fermín & Asociados, Abogados & Consultores desde el 1986.-. Miembro de la Comisión de Revisión y Actualización del Código Penal dominicano (1997-2000). Coordinador y facilitador del postgrado de Administración de Justicia Penal que ofrece la PUCMM (2001-2002). Integrante del Consejo de Defensa del Banco Central y de la Superintendencia de Bancos en los procesos de fraudes bancarios de los años 2003-2004, así como del Banco Central en el caso actual del Banco Peravia. Miembro del Consejo Editorial de Gaceta Judicial. Articulista y conferencista ocasional de temas vinculados al derecho penal y materias afines. Aguilucho desde chiquitico. Amante de la vida.

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