Las evaluaciones realizadas en esta semana por el Consejo Nacional de la Magistratura a los siete jueces de la Suprema Corte de Justicia que decidieron participar del proceso llevado a cabo por este, luego que otros cuatro, incluyendo a su presidente renunciaran a aspirar, pone nuevamente de manifiesto la mala decisión que se tomó al modificar nuestra Constitución en el año 2010 para eliminar la inamovilidad de los jueces, la cual no era del agrado de gran parte los políticos desde el momento mismo de su consagración en la Constitución de 1994, y que desde sus inicios había sido afectada con la inclusión en la Ley 327-98 de Carrera Judicial de la edad de retiro obligatorio a los 75 años; para instaurar  el peor de los sistemas.

Y decimos que es el peor porque independientemente de que se esté o no de acuerdo con las disposiciones constitucionales vigentes, es indiscutible que la inamovilidad es esencial para la carrera judicial, que someter a los jueces del máximo tribunal a una evaluación por un órgano político al término de 7 años para una ratificación por un periodo similar es contrario a esta y erosiona su independencia, ya que los jueces pueden ser víctimas de retaliación por decisiones tomadas que no sean del agrado del poder ejecutivo poniéndose así en entredicho el necesario equilibrio entre los poderes, que esto desmotiva a juristas altamente calificados a presentar su candidatura por la inexistencia de la garantía de la inamovilidad, y provoca el efecto perverso de poner en retiro a jueces aún  jóvenes, y en muchos casos con mucho que aportar todavía, causando con esto un doble perjuicio al erario dado que estos jueces serán jubilados de conformidad con la ley con el mismo sueldo que devengaban al momento de la jubilación y se designarán otros en su lugar que percibirán los salarios correspondientes, los cuales a la vuelta de otros 7 años también pudieran ser no ratificados, o  decidir voluntariamente no someterse a ese conflictivo proceso.

De los cuatro jueces actuales que decidieron declinar y no someterse a evaluación, el presidente Luis Henry Molina tiene apenas 59 años, y su primer sustituto Manuel Herrera Carbuccia cumplirá 69 años próximamente, dos casos de retiro producto de este mal sistema, uno en edad muy joven probablemente porque en adición al hecho de tener que someterse a la evaluación, al no existir inamovilidad en la posición de presidente resulta difícil que el de turno acepte continuar solo como juez, situación que se vivió como colofón de la primera evaluación post modificación en el año 2011 cuando el entonces presidente Jorge Subero Isa renunció al haber sido ratificado como juez, pero no así como presidente; y el otro de un respetado magistrado con sobradas condiciones para continuar, pero que quizás decidió no hacerlo al sopesar que someterse a la evaluación podría tener como consecuencia la misma jubilación que obligatoriamente le tocará al cumplir 75 años.

Los siete jueces en proceso de evaluación tienen edades que rondan entre los 55 y 65 años, por lo que de no ser ratificados se sumarían a la actual nómina de 19 jubilados, que aumentará a 23 próximamente con los 4 renunciantes, y tomando en cuenta la  joven edad en que muchos están siendo puestos en retiro, así como el aumento de las expectativas de vida y la prolongación de la etapa productiva que ha llevado a muchos países a elevar la edad de jubilación, de continuar este sistema seguiría creciendo la presión a los recursos públicos, y todavía peor, pudiera derivar en una tendencia doblemente negativa, menos personas idóneas que opten por postularse, y más personas que pudieran hacerlo por simplemente coronar su hoja de vida con una posición en la alta corte, que al término de 7 años puede abrirle la oportunidad de gozar de una pensión y de mayores expectativas de su ejercicio.

Quince años después de la primera evaluación del 2011 de triste recordación, existe prácticamente un consenso en el cuestionamiento al actual sistema, y aumenta la percepción de que es necesario un cambio, aunque existan múltiples visiones respecto de este, desde los que seguimos apostando a la inamovilidad vitalicia o con límite de edad, hasta los que propugnan por la elección por un único período de tiempo que sea mayor al actual, y rotación en las salidas.  Es hora de analizar a profundidad lo qué ha ocurrido durante este tiempo y sus efectos, y de definir si lo que queremos es apostar a tener una composición cada vez más completa, integral e idónea de nuestra Suprema Corte de Justicia, o acumular cada vez más excelentes perfiles en la nómina de sus jubilados, en perjuicio de la justicia y del país.

Marisol Vicens Bello

Abogada

Socia de Headrick Rizik Alvarez & Fernández desde el año 2000. Miembro del Comité Ejecutivo del CONEP, Asesora legal de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD). Fue presidente de COPARDOM y de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE).

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