3 de septiembre de 2025

Señor
Luis Rodolfo Abinader Corona
Presidente de la República
Su despacho. –

Honorable Sr. presidente:

Después de saludarle, en mi condición de ciudadano preocupado por los asuntos relevantes de nuestra sociedad, aprovecho mi columna semanal en este diario para compartir con usted y con todo el país esta reflexión.

A su gestión se le reconoce haber contribuido de manera inequívoca al fortalecimiento de la autonomía e independencia del Ministerio Público, así como haber impulsado avances importantes en materia de transparencia de la administración pública. No obstante, también se le critica —con razón en muchos casos— por las tareas pendientes en torno a la racionalización y eficiencia del gasto público, en especial por el aumento de la nómina estatal, a pesar de la supresión o fusión de algunas dependencias con el propósito declarado de reducirla.

En este contexto, hace poco promulgó la Ley núm. 80-25, que crea el Ministerio de Justicia. Confieso que, antes de su aprobación, tenía reservas sobre su pertinencia, precisamente por la debilidad señalada en su gobierno: el riesgo de agravar la hipertrofia de la burocracia pública y sus secuelas de ineficiencia, opacidad e improvisación. Esto, a pesar de que en el papel la ley está bien concebida y contiene propósitos institucionales positivos.

Ya creado este ministerio, corresponde aconsejarle, señor presidente, que por las razones expuestas —y por lo neurálgicas que son sus atribuciones legales— se haga una selección rigurosa de sus principales autoridades: el ministro, sus seis viceministros, el director general de Servicios Penitenciarios y Correccionales, el Abogado General de la Administración Pública y todo su equipo de colaboradores.

Sus designaciones deberán recaer en personas con competencia profesional, independencia e integridad ética probadas. Los reglamentos de aplicación de la ley deberían enfatizar este aspecto crucial, pero, sobre todo, debe asegurarse su estricto cumplimiento en la práctica. A este primer equipo le corresponderá sentar las bases institucionales de la nueva dependencia y marcar su impronta futura, legitimando así la necesidad de su creación.

Como ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “El objetivo de todo proceso de selección y nombramiento de las y los operadores de justicia debe ser seleccionar a los candidatos con base en el mérito personal y la capacidad profesional; en cuanto al mérito personal, se debe elegir a personas íntegras, idóneas y con la formación o calificaciones jurídicas apropiadas”.

Si, por el contrario, este ministerio se asume como una simple dependencia para engrosar la nómina pública, ello tendría dos efectos adversos para su gobierno: primero, reforzaría la percepción de que no se han cumplido los compromisos de racionalizar y eficientizar la gestión pública; y segundo, pondría en entredicho la justificación misma de este nuevo organismo.

De acuerdo con la ley, las principales prerrogativas del ministerio son:

  1. la administración del sistema penitenciario y correccional;
  1. la representación y defensa del Estado y de sus órganos de la administración pública en el plano jurisdiccional y arbitral, nacional e internacional;
  1. la coordinación de la política de protección de los derechos humanos; y
  1. la realización de determinadas funciones registrales, vinculadas con organizaciones sin fines de lucro y otros registros públicos.

El primer gran desafío del director general de Servicios Penitenciarios y Correccionales —órgano adscrito al ministerio y sujeto a su designación directa— será administrar el sistema penitenciario nacional. Esto implica necesariamente relanzar el nuevo modelo penitenciario. No se trata de confiar esta misión a improvisados o a designaciones clientelares, sino a técnicos con probada capacidad de gestión. Solo así podrá cumplirse el mandato constitucional de orientar la prisión hacia la rehabilitación y la prevención de la reincidencia, con impacto directo en la seguridad ciudadana.

Si bien es cierto que el sistema penitenciario enfrenta graves problemas y un notable deterioro, también lo es que, bajo la dirección del Ministerio Público, se han evitado los escándalos de antaño, cuando internos con poder económico, social o político obtenían salidas irregulares fruto de la corrupción carcelaria. No quisiéramos pensar que esas malas prácticas retornen —o se agraven— por una designación improvisada al frente de esta sensible dependencia.

Asimismo, bajo este ministerio otra función clave será la de la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, cuya designación también recae en usted. Su misión será la representación legal de la Administración Pública ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, así como la defensa del Estado en otras instancias jurisdiccionales, extrajudiciales y arbitrales, tanto nacionales como internacionales. Estas funciones, en general, han estado relativamente bien manejadas, salvo excepciones con graves consecuencias patrimoniales para el Estado. Una representación inadecuada podría convertir esas excepciones en la regla.

De igual modo, el próximo ministro deberá comprender la enorme responsabilidad de coordinar las políticas de protección de los derechos humanos. Esta función no puede convertirse en un “Defensor del Pueblo” paralelo con sesgo partidista, ni en un simple aval de decisiones de otros organismos estatales o de las autoridades policiales o militares.

En cuanto a las funciones registrales —en especial las relativas a las organizaciones sin fines de lucro y otros registros públicos—, es justo reconocer que bajo la administración del Ministerio Público se han prestado con relativa normalidad. La expectativa ciudadana es que se modernicen sustancialmente, por ejemplo, que puedan tramitarse en línea sin necesidad de acudir personalmente a las oficinas del ministerio.

Ojalá, señor presidente, que el espíritu de la ley se cumpla: que la Procuraduría General y el Ministerio Público sigan consolidando la autonomía e independencia alcanzadas en los últimos años, y que este nuevo ministerio se convierta en una herramienta para elevar la calidad del desempeño profesional en las delicadas funciones públicas que tiene a su cargo.

En definitiva, de su decisión dependerá que este despacho sea una verdadera aportación a la modernización institucional y un legado positivo de su gestión, o una pesada carga más para el erario, es decir, para todos.

Atentamente,

José Lorenzo Fermín M.

José Lorenzo Fermín

Abogado

Licenciado en Derecho egresado de la PUCMM en el año 1986. Profesor de la PUCMM (1988-2000) en la cual impartió por varios años las cátedras de Introducción al Derecho Penal, Derecho Penal General y Derecho Penal Especial. Ministerio Público en el Distrito Judicial de Santiago (1989-2001). Socio fundador de la firma Fermín & Asociados, Abogados & Consultores desde el 1986.-. Miembro de la Comisión de Revisión y Actualización del Código Penal dominicano (1997-2000). Coordinador y facilitador del postgrado de Administración de Justicia Penal que ofrece la PUCMM (2001-2002). Integrante del Consejo de Defensa del Banco Central y de la Superintendencia de Bancos en los procesos de fraudes bancarios de los años 2003-2004, así como del Banco Central en el caso actual del Banco Peravia. Miembro del Consejo Editorial de Gaceta Judicial. Articulista y conferencista ocasional de temas vinculados al derecho penal y materias afines. Aguilucho desde chiquitico. Amante de la vida.

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