La sensatez es la única virtud propia del que manda; las demás, lógicamente, han de ser comunes a los gobernados y a los gobernantes (Aristóteles, Política).

Candado a la reelección: legado histórico

En la filosofía política de lo actual, la democracia en el plano global aparece atravesada por una fisura silenciosa pero persistente, en la que el autoritarismo ya no se presenta como ruptura abierta, sino como una lógica que se infiltra en el funcionamiento ordinario del poder. Los marcos institucionales permanecen formalmente intactos, pero son progresivamente reconfigurados mediante mecanismos que erosionan la confianza pública y vacían de contenido la estabilidad normativa. El tiempo político se vuelve convulso: las reglas adquieren un carácter transitorio, los consensos se tornan frágiles y la excepcionalidad se normaliza. En este escenario, la Constitución deja de operar como un pacto duradero y pasa a funcionar, con inquietante frecuencia, como un instrumento flexible al servicio de las coyunturas del poder.

La experiencia de la República Dominicana en el siglo XXI ilustra con nitidez esta deriva en cuanto al ansia de perpetuarse en el poder. La Constitución dominicana ha sido objeto de sucesivas modificaciones estrechamente vinculadas a las aspiraciones de continuidad presidencial. En 2002 fue reformada para permitir la repostulación de Hipólito Mejía. Más adelante, en 2010, se aprobó una reforma de mayor alcance bajo el liderazgo de Leonel Fernández que, paradójicamente, volvió a prohibir la reelección inmediata, frustrando tanto su intento de prolongar su permanencia en el poder como su eventual retorno en 2016, bloqueado esta vez por Danilo Medina.

En 2015, Danilo Medina promovió una reforma constitucional que reconfiguró el horizonte del poder y le permitió acceder a un segundo mandato, fruto de un delicado equilibrio de fuerzas y negociaciones internas dentro del PLD. La reelección se concretó, pero el proyecto de prolongar nuevamente el orden constitucional con miras a las elecciones de 2020 encontró límites infranqueables. Aunque el Congreso parecía dispuesto a consumar el cambio, el proceso se vio contenido por un entramado de presiones externas, entre ellas la incidencia directa del entonces secretario de Estado de los Estados Unidos, Mike Pompeo, cuya intervención terminó por clausurar una iniciativa que ya había puesto en tensión los principios de alternancia y soberanía política.

A lo largo de la historia dominicana, la Constitución ha sido reformada en numerosas ocasiones, muchas de ellas estrechamente vinculadas al tema de la reelección presidencial. Esta práctica de querer eternizarse en el poder ha estado presente desde los primeros años de la República, en el siglo XIX, bajo el liderazgo autoritario de figuras como Pedro Santana y Buenaventura Báez, y continuó en el siglo XX con Rafael Leonidas Trujillo y Joaquín Balaguer hasta los tiempos cibernéticos en que hoy vivimos.

La práctica política recurrente de pretender perpetuarse en el poder ha consolidado la percepción de que la ley fundamental ha sido moldeada, en múltiples momentos, para servir a los intereses de los gobernantes de turno, debilitando la confianza en la estabilidad institucional y en las reglas del sistema democrático. La prohibición de que los funcionarios electos apliquen en su propio beneficio reformas constitucionales aprobadas durante el mandato para el cual fueron elegidos, establecida en el artículo 278 de la Constitución reformada en 2024, constituye un principio fundamental de ética pública y de preservación del orden democrático (Constitución de la República Dominicana, 2025). Esta norma afirma que las reglas del juego político no pueden ser alteradas para favorecer a quienes ejercen el poder.

La Décima Disposición Transitoria de la Constitución adquiere especial relevancia al establecer que el presidente electo el tercer domingo de mayo de 2024 no podrá postularse nuevamente ni a la Presidencia ni a la Vicepresidencia de la República. Esta disposición configura un verdadero blindaje constitucional frente a prácticas continuistas que, históricamente, han debilitado la institucionalidad democrática del país.

En ese sentido, las reformas impulsadas y el accionar del presidente Luis Abinader reflejan una elevada calidad democrática y un firme compromiso con el fortalecimiento del Estado de derecho, al garantizar el respeto a los límites constitucionales y la alternancia en el ejercicio del poder.

Al renunciar de manera definitiva a cualquier posibilidad de reelección futura, el mandatario se coloca por encima de intereses personales o coyunturales y reafirma el valor de la alternancia en el poder como pilar de la democracia constitucional. Esta decisión no solo consolida la credibilidad de la reforma constitucional de 2024, sino que también sienta un precedente ético y político que contribuye a la madurez del sistema democrático dominicano, en consonancia con los principios de legalidad, transparencia y respeto a la voluntad popular.

En su rendición de cuentas del 27 de febrero de 2025, el presidente Luis Abinader sostuvo que su gestión ha estado guiada por el fortalecimiento institucional y la defensa de la democracia, afirmando que “el respeto a las instituciones y a la voluntad del pueblo está siempre por encima de cualquier ambición individual” (Abinader, 2025, p. 52). En esa misma línea, subrayó que su gobierno rechazó utilizar la mayoría legislativa para fines personales y, por el contrario, impulsó una reforma constitucional que protege el orden democrático de la República Dominicana, destacando que “defendimos la democracia (…) asegurando que ni yo ni nadie en el futuro pueda manipularla (la constitución, AM) a su conveniencia para perpetuarse en el poder” (Abinader, 2025, p. 52).

Asimismo, el mandatario resaltó el llamado “candado” a la reelección como un elemento central de dicha reforma, al expresar que esta “cierra el camino al autoritarismo y a las aventuras personales” (Abinader, 2025, p. 52). Desde un análisis político-institucional, el discurso construye una narrativa de ruptura con la tradición de reformas constitucionales personalistas en la República Dominicana, presentando la limitación a la reelección como una garantía de alternancia en el poder y como un mecanismo para consolidar instituciones más fuertes, reglas claras y una democracia sustentada en el principio de que el poder pertenece al pueblo y no a un solo individuo.

No se trata únicamente de una técnica jurídica para regular la sucesión, sino de una toma de posición ética y política frente a las dinámicas estructurales que favorecen la concentración y la permanencia en el poder. En la tradición democrática, el poder que no reconoce su fin tiende a convertirse en dominio absoluto; por ello, la temporalidad no es un accidente del gobierno, sino una condición de su legitimidad. Al promover un blindaje constitucional que limita la reelección presidencial a un solo período consecutivo, el presidente Luis Abinader inscribe su ejercicio del poder en una lógica de finitud, asumiendo que gobernar implica aceptar el momento de salida como parte fundamental del mandato.

Su discurso sobre el límite ético del poder se inscribe en la coherencia entre el decir y el hacer en la política, principio central de la ética pública. Este posicionamiento trasciende la coyuntura y se convierte en legado histórico, de modo que, tras su salida del poder, deberá reconocerse que la historia político-constitucional dominicana tendrá un antes y un después del presidente Abinader.

A diferencia de la política pre-moderna y maquiavélica, que absolutiza la conservación del poder y justifica los medios por los fines, su actuación se fundamenta en una concepción democrática del poder como mandato limitado, no como propiedad personal. No se asumió como el príncipe de la política ni como un supuesto enviado de Zeus, sino como un gobernante sujeto a la ley, a la Constitución y a la razón ética de la política.

En este sentido, el poder deja de ser voluntad soberana y se convierte en responsabilidad moral, donde la legitimidad no proviene de la fuerza ni de la permanencia, sino del respeto a los límites institucionales y al bien común, reafirmando que en una democracia madura gobernar también implica saber retirarse.

Esta visión de los limites ético del poder en el decir- hacer de Abinader, introduce una ruptura con la racionalidad personalista que concibe la política como continuidad del sujeto en el cargo y no como permanencia de las instituciones. El límite constitucional opera, así, como una forma de autocontención deliberada que desplaza el centro de la política desde la voluntad individual hacia la norma común.

En este sentido, el candado no protege al gobernante, sino a la comunidad política frente a la captura del Estado por intereses particulares, incluso cuando estos se presentan bajo la apariencia de eficacia, estabilidad o éxito. La ética del límite se manifiesta aquí como resistencia al argumento utilitarista que justifica la concentración del poder en nombre de supuestos fines superiores: Dios, la historial, la revolución o el destino.

La imposibilidad de la reelección indefinida y la prohibición de modificar la Constitución por conveniencias coyunturales no deben responder a la ambición de los gobernantes de turno. Asumir una ley de no reelección indefinida no constituye una restricción externa impuesta al poder, sino una expresión de responsabilidad histórica libremente aceptada por quien gobierna, consciente de que su autoridad no le pertenece, sino que le ha sido confiada de manera temporal, condicionada y revocable por la voluntad popular.

Aceptar el límite implica reconocer que el poder es un servicio y no un patrimonio personal. En ese acto de contención, el poder se humaniza, se somete a la ética y se inscribe dentro del orden democrático. Por el contrario, cuando el gobernante rechaza los límites y busca perpetuarse, el poder deja de ser un medio para el bien común y se absolutiza, erosionando las bases institucionales y debilitando la confianza ciudadana.

El candado constitucional, defendido por el presidente Abinader, funciona como un recordatorio normativo de que la democracia no se sostiene en líderes excepcionales, sino en reglas que trascienden a quienes las aplican. El verdadero legado político de un presidente, desde esta perspectiva, no reside en la duración de su mandato, sino en la fortaleza de las instituciones que permanecen cuando se retira del poder. Así, la renuncia anticipada a la reelección indefinida no aparece como un acto de debilidad, sino como una forma elevada de poder: aquella que se ejerce con plena conciencia de cuándo y por qué debe terminar.

Andrés Merejo

Filósofo

PhD en Filosofía. Especialista en Ciencia, Tecnología y Sociedad (CTS). Miembro de Número de la Academia de Ciencias de la República Dominicana. Premio Nacional de ensayo científico (2014). Profesor del Año de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).. En 2015, fue designado Embajador Literario en el Día del Desfile Dominicano, de la ciudad de Nueva York. Autor de varias obras: La vida Americana en el siglo XXI (1998), Cuentos en NY (2002), Conversaciones en el Lago (2005), El ciberespacio en la Internet en la República Dominicana (2007), Hackers y Filosofía de la ciberpolítica (2012). La era del cibermundo (2015). La dominicanidad transida: entre lo real y virtual (2017). Filosofía para tiempos transidos y cibernéticos (2023). Cibermundo transido: Enredo gris de pospandemia, guerra y ciberguerra (2023). Fundador del Instituto Dominicano de Investigación de la Ciberesfera (INDOIC). Director del Observatorio de las Humanidades Digitales de la UASD (2015). Miembro de la Sociedad Dominicana de Inteligencia Artificial (SODIA). Director de fomento y difusión de la Ciencia y la Tecnología, del Ministerio de Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCyT).

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