El pasado 10 de abril, el Salón Reynaldo Pared Pérez del Senado de la República Dominicana fue escenario de una conversación regional que lleva demasiado tiempo esperando convertirse en norma. La Reunión de la Red de Funcionarias y Funcionarios Parlamentarios para la Igualdad de Género de ParlAmericas, bajo el título Hacia la igualdad en República Dominicana: explorando estrategias, herramientas y buenas prácticas, trajo a nuestra sede a parlamentarios y parlamentarias de toda América Latina, a altas funcionarias del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, a representantes de organismos internacionales y a las voces comprometidas de la sociedad civil dominicana.
Este encuentro fue posible gracias al compromiso del presidente del Senado, senador Ricardo de los Santos Polanco, y a la disposición de la comisión permanente de Asuntos de la Familia y Equidad de Género del Senado y la Cámara de Diputados, coanfitriona junto a este Senado de la jornada. No fue un gesto de protocolo. Fue la señal de que el Congreso Nacional está dispuesto a estar a la altura del debate que la igualdad real exige. Y ese debate, en casi todas las mesas y en casi todas las voces, tuvo un nombre: el cuidado.
Lo que hace especialmente significativo ese encuentro para mí es que llegó en un momento preciso: la Ley de Cuidados de la República Dominicana, impulsada por quien suscribe, ya concluyó su proceso de estudio en comisión y está lista para ser sometida a votación en el pleno del Senado. Lo que antes era una propuesta, hoy es una ley madura, consensuada, con fundamento normativo sólido y con una hoja de ruta institucional clara. Solo falta que el pleno diga sí.
EL CUIDADO COMO TRABAJO: LO QUE LA ACADEMIA YA DEMOSTRÓ
La socióloga española Teresa Torns formuló hace casi dos décadas una pregunta que sigue siendo incómoda para quienes legislamos: ¿el trabajo de cuidado es trabajo? Su respuesta, documentada y rigurosa, es que sí. Y que si seguimos debatiéndolo es porque el problema no es conceptual. Es político.
«La existencia de una división sexual del trabajo persiste y se refuerza tras la asociación del capitalismo industrial con la vieja estructura patriarcal. El proceso de industrialización supuso que buena parte del trabajo femenino —el destinado a la reproducción y mantenimiento de las personas del hogar— quedase apartado del único espacio donde el trabajo fue reconocido como tal».
Lo que Torns describe no es historia antigua. Es el presente de millones de mujeres dominicanas que combinan su jornada laboral con una segunda jornada invisible: la del cuidado de los hijos, de los mayores, de los enfermos, de las personas con discapacidad. Un trabajo que no aparece en los contratos, que no computa en la seguridad social, que no figura en las estadísticas de empleo, pero que hace posible que todo lo demás funcione —incluida la economía que el Estado tributa y mide.
La autora introduce el concepto de doble presencia para describir esa simultaneidad: mujeres presentes en el mercado laboral y simultáneamente presentes en el hogar, con una carga total de trabajo que es posible medir pero que rara vez se convierte en prioridad legislativa. Esa carga explica por qué las mujeres participan menos en la política, acceden menos a cargos de dirección, interrumpen más sus trayectorias educativas y acumulan menos derechos en la seguridad social. No es una fatalidad natural. Es la consecuencia de una omisión histórica del Estado. Y las omisiones del Estado se corrigen con leyes.
LO QUE EL ENCUENTRO DE PARLAMERICAS CONFIRMÓ
En las mesas de trabajo del 10 de abril, el cuidado apareció con fuerza transversal. Apareció cuando se habló de los obstáculos que persisten para la participación política de las mujeres —porque quien cuida difícilmente puede sostener los ritmos que exige la vida pública—. Apareció cuando se discutió el impacto diferenciado de las políticas laborales —porque las medidas de conciliación que no reconocen la carga del cuidado no resuelven la desigualdad, simplemente la administran con otro nombre—. Y apareció cuando las voces de la sociedad civil nos recordaron algo que los legisladores a veces olvidamos: la igualdad sustantiva no se decreta. Se construye cambiando las condiciones reales de vida de las personas.
Ese recordatorio me llegó con una claridad especial, porque confirmó que el trabajo que hemos hecho en esta Comisión va exactamente en la dirección correcta. El debate regional de ParlAmericas y la Ley de Cuidados que he madurado durante meses no son dos conversaciones paralelas. Son la misma.
QUÉ CONTIENE LA LEY QUE EL PLENO TIENE ANTE SÍ
La Ley de Cuidados parte de una premisa que parece simple pero que tiene consecuencias transformadoras: el cuidado es un derecho. El derecho a recibir cuidados en condiciones de dignidad, el derecho a cuidar en condiciones de libertad y seguridad, y el derecho al autocuidado. Los tres son inseparables. Los tres son hoy vulnerados de manera sistemática para millones de personas en este país.
La ley reconoce expresamente que los cuidados no remunerados son un trabajo socialmente necesario que contribuye al desarrollo económico y social del país. No es una declaración retórica. Es el fundamento legal sobre el que se construye todo lo demás: si el cuidado es trabajo, entonces quien lo realiza tiene derechos. Tiene derecho a acceder a servicios que alivien su carga, a oportunidades de trabajo decente, a formación y certificación, a descanso, y a ser escuchada en las políticas que la afectan.
EJES DE LA LEY DE CUIDADOS · EXPEDIENTE NÚM. 00636 · LISTA PARA APROBACIÓN EN EL PLENO
- El cuidado es trabajo — Los cuidados no remunerados son reconocidos como función social que contribuye al desarrollo económico y social del país.
- Corresponsabilidad del Estado — Ocho instituciones asumen atribuciones concretas: Ministerio de la Mujer, Trabajo, Educación, Salud, INAIPI, CONANI, CONAPE y CONADIS.
- Derechos de las cuidadoras no remuneradas — Acceso a servicios que reduzcan su carga, a trabajo decente, a formación y certificación, y a participar en las políticas que las afectan.
- Corresponsabilidad de género — La ley promueve activamente la redistribución equitativa de las responsabilidades de cuidado entre hombres y mujeres.
- Enfoque de curso de vida — Protege a quienes cuidan y a quienes son cuidados a lo largo de toda la vida: primera infancia, personas con discapacidad y personas envejecientes.
- Profesionalización del cuidado remunerado — Promueve la remuneración digna y la certificación de competencias para quienes ejercen el cuidado como trabajo.
Esta ley no nació en un escritorio. Nació de escuchar a las mujeres que cuidan solas, sin red, sin descanso y sin reconocimiento. Nació de las organizaciones de la sociedad civil que llevan años documentando lo que las estadísticas oficiales no miden. Y llegó al pleno porque hay un presidente de esta Cámara, senador Ricardo de los Santos Polanco, que entiende que la igualdad no es un tema de mujeres —es un tema de Estado—.
EL MOMENTO ES AHORA
Torns concluye que el cuidado será un elemento clave en el futuro del trabajo. No como predicción, sino como realidad demográfica que ya nos alcanzó: envejecimiento poblacional, baja natalidad, creciente demanda de servicios de atención en un país donde el Estado de bienestar aún tiene mucho por construir. Sin esta ley, esa demanda seguirá recayendo sobre las mismas mujeres, de la misma manera, sin compensación, sin reconocimiento y sin relevo.
Organizar este encuentro junto a la Cámara de Diputados fue un honor. Pero la hospitalidad del Senado no puede terminar cuando los visitantes se marchan. Tiene que continuar en el hemiciclo, en el momento en que los senadores y las senadoras se pongan de pie para aprobar esta ley. Porque recibir a la Red de ParlAmericas en nuestras instalaciones y no traducir ese debate en legislación concreta sería exactamente el tipo de gesto vacío que las mujeres de este país ya no tienen tiempo de esperar.
El cuidado también es trabajo. La ley que lo reconoce ya está lista. Ahora le toca al pleno del Senado escribir la parte más importante de esta historia.
[1] Torns, T. (2008). El trabajo y el cuidado: cuestiones teórico-metodológicas desde la perspectiva de género. Empiria. Revista de Metodología de Ciencias Sociales, (15), 53–73.
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