La reciente decisión en el caso Calamar ha generado opiniones encontradas. Para algunos constituye un revés para el Ministerio Público; para otros, una victoria de las defensas. Sin embargo, una lectura institucional conduce a una conclusión distinta: quien debe salir fortalecido de este proceso no es ninguna de las partes, sino el Estado de derecho.
En un sistema democrático la función de un juez no consiste en validar automáticamente la tesis de la acusación ni en acoger sin reservas los argumentos de la defensa; su deber constitucional es valorar las pruebas con independencia, motivar sus decisiones y garantizar que solo lleguen a juicio aquellos casos que tienen mérito.
Por ello, una decisión que dispone que algunos imputados enfrenten un juicio de fondo, mientras respecto de otros adopta una decisión distinta con base en la valoración realizada por el tribunal, no constituye una derrota institucional. Por el contrario, refleja el funcionamiento de un sistema de justicia en el que cada órgano ejerce las competencias que la Constitución y las leyes le atribuyen, con respeto al debido proceso y a las garantías de las partes.
Ahora bien, tampoco debe perderse de vista que las decisiones judiciales no siempre adquieren firmeza con su sola emisión. El ordenamiento jurídico reconoce el derecho de las partes a impugnarlas cuando consideran que contienen errores de hecho o de derecho o si una de las partes no está de acuerdo con ellas.
En ese sentido, corresponde al Ministerio Público o al Equipo de Recuperación del Patrimonio Público (ERPP) o a ambos en conjunto evaluar los fundamentos de la decisión y ejercer, si lo estima pertinente, los recursos previstos por la ley. El ejercicio del derecho de apelación no constituye un cuestionamiento a la independencia judicial; por el contrario, forma parte del diseño institucional que permite el control de las decisiones por tribunales superiores y fortalece las garantías del debido proceso.
La lucha contra la corrupción exige investigaciones rigurosas, acusaciones sólidamente sustentadas y jueces plenamente independientes. Ninguna democracia puede prescindir de alguno de esos elementos sin que esto resulte en que se debilite su sistema de justicia.
Existe además una reflexión que merece especial atención y es que todo ciudadano sometido a un proceso penal tiene derecho a ejercer plenamente su defensa. Ese derecho es irrenunciable y constituye una garantía fundamental. Sin embargo, también resulta legítimo esperar que los procesos penales avancen hacia una decisión definitiva dentro de un plazo razonable.
En los casos de corrupción administrativa, donde existe un enorme interés público, el mayor beneficio para un imputado que proclama su inocencia debería ser precisamente que su caso llegue cuanto antes a un juicio de fondo. Es allí donde podrá presentar sus pruebas, controvertir las de la acusación y obtener una decisión definitiva con celeridad que lo absuelva o determine su responsabilidad conforme al derecho.
Cuando un proceso se prolonga indefinidamente mediante una sucesión de incidentes, recursos o controversias procesales que impiden llegar al conocimiento del fondo, el sistema pierde. La sociedad permanece durante años sin respuestas, las víctimas institucionales no obtienen justicia, las investigaciones se desgastan y los propios imputados continúan bajo la condición jurídica de procesados sin una decisión definitiva que despeje cualquier duda sobre su responsabilidad o inocencia.
Por lo anterior, el debido proceso no puede convertirse en sinónimo de proceso interminable. Las garantías procesales existen para asegurar una justicia imparcial, no para impedir que esta se produzca.
Una justicia oportuna protege tanto a quien acusa como a quien se defiende. Si una persona es inocente, tiene derecho a que esa inocencia sea declarada por un tribunal dentro de un plazo razonable. Si existen pruebas suficientes de responsabilidad, la sociedad tiene el mismo derecho a conocer una sentencia que establezca las consecuencias jurídicas correspondientes.
El caso Calamar continuará su curso. Las apelaciones forman parte natural del proceso y permitirán que tribunales superiores revisen la decisión adoptada, fortaleciendo así la legitimidad del resultado final, cualquiera que este sea.
La verdadera fortaleza institucional consiste en comprender que la lucha contra la corrupción no se gana con titulares de prensa o debates en redes sociales. Se consolida cuando las investigaciones son técnicas, los recursos procesales se ejercen, los tribunales deciden con independencia y los casos llegan, sin dilaciones indebidas, a un juicio de fondo donde la verdad jurídica pueda establecerse de manera definitiva.
Solo así la República Dominicana continuará fortaleciendo un sistema de justicia que proteja simultáneamente las garantías individuales, el patrimonio público y la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.
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