Ya estamos acostumbrados a tener a Trujillo presente, aún en la actualidad, pese a que han pasado 65 años de su muerte y 72 años de que firmara, con el papa Pío XII, el concordayo entre el Vaticano y el Estado Dominicano.
En dictadura, en democracia, y hasta con una intervención militar de los Estados Unidos, se mantuvo vigente el Concordato entre la dictadura y la Iglesia, porque ningún presidente o gobernante ha tenido tiempo, ni valor, para denunciar un acuerdo anacrónico y vergonzoso, que ya debió ser echado al zafacón, como una rémora de la dictadura de Rafael Trujillo Molina.
El dictador tuvo sus razones para firmar ese acuerdo. Necesitaba un divorcio por la Iglesia, y ese divorcio se aceptó como no ejecutado, pese a que los divorciados había tenido una hija. Pero la Iglesia católica es así.
La esencia del Concordato es que mantiene, en un estado laico, unos privilegios particulares para los miembros del clero católico, como financiamiento a los seminarios de formación sacerdotal, entrega de infraestructuras estatal a la Iglesia, rangos militares para los obispos y arzobispos y muchas más ventajas, en detrimento de la libertad religiosa que consagra la Constitución de la República.
Ha debido ser la propia Iglesia que reclamara el fin de esos privilegios, pero ningún obispo o arzobispo, ningún presidente de la Conferencia del Episcopado Dominicano ha querido tocar ese tema, porque son jugosas las ventajas que obtienen frente a la negativa del Estado de igualas con esas ventajas a las comunidades evangélicas.
Ya se reconoció que los evangélicos puede realizar actos del Estado Civil y ser reconocidos por el Estado, privilegio que mantuvo la Iglesia durante tantos años. La comunidad evangélica reclamó durante un largo tiempo la anulación del Concordato, pero la respuesta fue reconocerles algunos de sus actos, para que la Iglesia Católica continuara con todas las ventajas de un acuerdo que resulta un rezago en la modernización, en la actualización de la legislación dominicana.
El país ha tenido numerosos cambios en su Constitución y en sus leyes. Se argumenta que para terminar con el Concordato es necesario denunciarlo, y que nadie lo ha hecho. Sí ha sido denunciado como un privilegio incómodo y como una rémora del trujillismo, pero ningún representante del Estado Dominicano ha querido hacer la denuncia que corresponde, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, para concluir con ese atraso trujillista. Y la Iglesia continúa con gran comodidad con ese acuerdo, aunque le recuerde en algún momento toda la campaña anti iglesia que hicieron los trujillistas y los organismos represivos por la carta pastoral de enero de 1960, conocida como Pastoral de las Avispas.
El Concordato se ha mantenido. Balaguer lo mantuvo. Juan Bosch con 7 meses no tuvo tiempo para denunciarlo aunque proclamó una nueva Constitución. Caamaño no tuvo oportunidad para ocuparse de eso. Balaguer en sus doce años lo mantuvo por conveniencia, y en los otros 10 años persistió en su interés en ganarse el apoyo de la Iglesia. El PRD con Guzmán fue apoyado por la Iglesia y no fue posible que tomara ninguna iniciativa para denunciarlo, ni siquiera cuando Hipólito Mejía fue presidente. El PLD con Leonel ni con Danilo quiso hacer ese cambio.
El documento fue firmado por Trujillo y Domenico Tardini el 16 de Junio de 1954. Consta de 28 artículos, más un protocolo final. Veamos algunas de las cosas que contiene el Concordato:
- La Religión Católica, Apostólica, Romana sigue siendo la de la Nación Dominicana y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico.
- El nuncio Apostólico será el decano del Cuerpo Diplomático, en los términos del derecho consuetudinario.
- El Estado Dominicano reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y de su jurisdicción, así como el libre y público ejercicio del culto.
- El Gobierno Dominicano se compromete a construir la Iglesia Catedral o Prelaticia y los edificios adecuados que sirvan de habitación del Obispo o Prelado nullius y de oficinas de la Curia, en las Diócesis y Prelatura nullius actualmente existentes que lo necesiten, y en las que se establezcan en el futuro.
- Además el Gobierno asegura a la Arquidiócesis de Santo Domingo y a cada Diócesis o Prelatura nullius actualmente existentes o que se erijan en el futuro una subvención mensual para los gastos de administración y para las iglesias pobres.
- Los eclesiásticos estarán exentos de tasas o impuestos y gozarán en el ejercicio de su ministerio de una especial protección del Estado.
- Los eclesiásticos no podrán ser interrogados por jueces u otras autoridades sobre hechos o cosas cuya noticia les haya sido confiada en el ejercicio del sagrado ministerio y que por lo tanto caen bajo el secreto de su oficio espiritual.
- En armonía con las propiedades esenciales del matrimonio católico queda entendido que, por el propio hecho de celebrar matrimonio católico, los cónyuges renuncian a la facultad civil de pedir el divorcio, que por esto mismo no podrá ser aplicado por los tribunales civiles a los matrimonios canónicos.
- El Estado Dominicano garantiza la asistencia religiosa a las fuerzas armadas de tierra, mar y aire y a este efecto se pondrá de acuerdo con la Santa Sede para la organización de un cuerpo de capellanes militares, con graduación de oficiales, bajo la jurisdicción del Arzobispo Metropolitano en lo que se refiere a su vida y ministerio sacerdotal, y sujetos a la disciplina de las fuerzas armadas en lo que se refiere a su servicio militar. Corresponde a los obispos altos cargos militares.
- 10.El Gobierno Dominicano, cuando sea posible, confiará a religiosos y religiosas la dirección de los hospitales, asilos y orfanatos y otras instituciones nacionales de caridad.
- 11.La enseñanza suministrada por el Estado en las escuelas públicas estará orientada por los principios de la doctrina y de la moral católicas.
- 12.El párroco, por sí o por su delegado, tendrá acceso a las escuelas primarias para dar lecciones catequísticas periódicas.
- 13.El Estado cuidará de que en las instituciones y servicios de información que estén a su cargo, y en particular en los programas de radio-difusión y televisión, se dé el conveniente puesto a la exposición y defensa de la verdad religiosa, por medio de sacerdotes y religiosos designados de acuerdo con el Ordinario competente.
- 14.La República Dominicana declara propiedad de la Iglesia también todos los templos y otros edificios con fines eclesiásticos que el Estado ha venido construyendo desde el año 1930 y construya en adelante.
- 15.Los edificios sagrados, los Seminarios y otros edificios destinados a la formación del clero, los edificios de propiedad de la Iglesia empleados en fines de utilidad pública, las residencias de los Obispos y de los ministros del culto, cuando sean propiedad de la Iglesia, estarán exentos de cualquier impuesto o contribución.
- 16.Los domingos y fiestas de precepto, así como los días de Fiesta Nacional en todas las Iglesias Catedrales, Prelaticias y parroquiales de la República Dominicana se rezará o cantará al final de la función litúrgica principal una oración por la prosperidad de la República y de su Presidente.
Está claro que estamos ante un documento ofensivo para la sociedad dominicana actual, con diversidad religiosa, con un Estado Laico proclamado por la Constitución de la República y con en reconocimiento igualitario para todos.
Este acuerdo quien debe denunciarlo hoy, por razones éticas y morales, es la propia Iglesia, para que tenga fuerza en su postura sobre temas de igualdad, y en caso de que eso no ocurra, que sea el propio Estado Dominicano el que lo denuncie y le ponga fin a ese acuerdo, como hicieron los cómbanos y como han hecho muchos otros países que tenían acuerdos parecidos.
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