En los últimos meses, varios clientes del sistema financiero dominicano han reportado una práctica que merece ser analizada con detenimiento, especialmente en el segmento de los certificados de depósito en dólares. Cuando un cliente decide cancelar su certificado en esta moneda sea de un mes, tres meses, seis meses o un año, el banco procede a acreditar el monto correspondiente en la misma cuenta en dólares del titular.

Hasta aquí, todo parece normal. Sin embargo, el problema radica en que algunos bancos están registrando ese abono bajo el concepto de “depósito en efectivo”, como si el cliente hubiese llevado dólares físicos a la ventanilla. Esta simple clasificación, que a primera vista pudiera parecer un detalle operativo, activa automáticamente una regla que obliga a dejar ese dinero inmovilizado por 30 días sin devengar intereses o, en caso de que el cliente lo necesite antes de ese plazo, pagar una penalidad del 0.38%.

En un entorno financiero donde la transparencia debería ser el pilar fundamental, esta práctica resulta perjudicial y contraria al espíritu de protección al usuario.

La realidad es que el cliente no está realizando un depósito en efectivo, ni está introduciendo nuevos fondos en la institución financiera. Está recibiendo su propio dinero, ya previamente colocado en un instrumento del banco. Aun así, bajo esta clasificación improcedente, si el cliente realiza cualquier movimiento antes de los 30 días, transferencias, pagos, retiros o inversiones, se le aplica la comisión del 0.38%, que, aunque parezca pequeña, representa montos significativos.

Cancelar un certificado de US$10,000 implica una penalidad de US$38. Si el monto es de US$20,000, el cargo asciende a US$76, y si es de US$50,000, el cliente pierde US$190. Se trata de un costo injusto que castiga al usuario por una acción que no ejecutó y que además surge de una clasificación que no responde a la naturaleza real de la transacción.

Esta penalidad afecta especialmente a quienes cancelan su certificado porque necesitan liquidez inmediata por emergencias familiares, gastos médicos o compromisos financieros inaplazables y de ninguna manera debería colocarlos en una posición de pérdida o de obligación de mantener el dinero inmovilizado sin rendimiento.

Pero la afectación no se limita al cargo. Si el cliente decide evitar la penalidad y deja el dinero 30 días en su cuenta en dólares, incurre en otra pérdida: el mes completo sin intereses. Esto significa que el usuario queda atrapado entre dos perjuicios: pagar una penalidad injustificada o permanecer obligado a dejar sus fondos inmovilizados sin devengar un solo centavo.

Para un monto elevado, como US$50,000, perder un mes de intereses puede significar entre US$150 y US$250 según la tasa del mercado. En ambos escenarios, el cliente sale afectado por una maniobra operativa que no tiene justificación normativa ni lógica financiera.

El punto central es que esta práctica es contraria a los principios de buena fe comercial, transparencia y correcta información al usuario financiero. El concepto correcto para acreditar fondos provenientes de la cancelación de un certificado en dólares debería ser “crédito por cancelación de certificado”, lo cual no activa ninguna restricción ni penalidad. Al registrar la operación como un depósito en efectivo, el banco crea artificialmente una situación que perjudica al cliente. No existe un fundamento prudencial o normativo que respalde este procedimiento, y su permanencia erosiona la confianza, que es el cimiento fundamental de cualquier sistema bancario.

Un cliente que cancela un certificado lo hace porque necesita disponer de sus recursos. Penalizarlo por usar su propio dinero contradice la lógica operativa de la banca y vulnera la protección que debería recibir cualquier usuario que actúa de buena fe. Esta práctica debe ser revisada y corregida cuanto antes para evitar que continúe generando pérdidas injustificadas y afectando la relación entre los bancos y sus depositantes.

Por esta razón, es oportuno hacer un llamado a las autoridades del sistema financiero. La Superintendencia de Bancos debería incluir, dentro de su Programa de Supervisión para el año 2026, una evaluación exhaustiva de los cargos aplicados a los movimientos en dólares, así como la clasificación contable utilizada en la cancelación de certificados, a fin de identificar y corregir distorsiones que afectan directamente al usuario.

Igualmente, la Junta Monetaria podría fortalecer la transparencia del sistema mediante la emisión de un reglamento estandarizado que defina con claridad qué cargos están permitidos y cuáles no: una “lista blanca” de cargos autorizados o una “lista negra” de cargos prohibidos, especialmente en productos sensibles como cuentas en dólares, certificados y operaciones de retiro.

La banca dominicana es sólida y moderna, pero la solidez debe ir siempre acompañada de prácticas justas, claras y coherentes. Cobrar un 0.38% por la cancelación de un certificado, mediante la clasificación intencional de un crédito como “depósito en efectivo”, es una práctica que no se corresponde con los estándares de transparencia que merecen los depositantes.

El dinero del certificado pertenece al cliente y entregárselo no puede convertirse en una penalidad encubierta. Es momento de revisar este procedimiento, corregirlo y garantizar que cada usuario reciba un trato digno, justo y alineado con la normativa y con la lógica financiera que debe prevalecer en un sistema bancario moderno y responsable.

La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jesusgeraldomartinez@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram

Jesús Geraldo Martínez

Economista

Dominicano, consultor, con amplia experiencia profesional en regulación y supervisión del sector financiero, destacado por sus conocimientos en gerencia, finanzas bancarias, gestión de riesgos, administración y optimización de portafolios, investigación económica, planificación estratégica, análisis de riesgos financieros y sectoriales, análisis y estructuración de bases de datos, econometría, estadística, diseño y aplicación de modelos de pruebas de estrés.

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