Uno de los momentos más frustrantes para cualquier ciudadano ocurre cuando solicita un préstamo, una tarjeta de crédito o cualquier producto bancario y recibe una respuesta negativa sin mayor explicación. En muchos casos, el usuario se queda con preguntas abiertas: ¿qué pasó?, ¿qué hice mal?, ¿puedo corregir algo?, ¿fue un error? Y es precisamente en ese punto donde entra uno de los pilares más importantes de la protección al usuario financiero: el derecho a saber, con claridad, por qué una entidad decidió rechazar una solicitud.

El instructivo de la Superintendencia de Bancos es categórico en este aspecto: toda entidad está obligada a informar al usuario, de manera precisa, clara y entendible, las razones por las cuales no califica para adquirir un producto o le fue rechazada una solicitud de crédito. El usuario no debe quedar en la incertidumbre ni recibir respuestas ambiguas o genéricas. La norma exige que el rechazo sea explicado de forma comprensible, permitiendo que la persona conozca los motivos que impidieron su aprobación y, en muchos casos, pueda tomar medidas correctivas para mejorar su perfil financiero.

En este marco, resulta fundamental destacar que esta obligación de transparencia no surge de manera aislada, sino que está expresamente contemplada en el Instructivo de Aplicación del Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros (ProUsuario), aprobado mediante la Circular SB: CSB-REG-202400007, de fecha 31 de mayo de 2024, instrumento que desarrolla los criterios operativos y de conducta que deben observar las entidades de intermediación financiera en su relación con los clientes. Dicho instructivo establece que, ante el rechazo de una solicitud de crédito o producto financiero, el banco debe comunicar al usuario, de forma clara, precisa y entendible, las razones que motivaron su decisión, garantizando un trato digno y evitando respuestas ambiguas o arbitrarias.

El banco no te puede rechazar un crédito sin explicar claramente por qué

Ahora bien, el mismo instructivo reconoce que existen situaciones en las que la entidad debe mantener reserva o confidencialidad, especialmente cuando el rechazo está relacionado con políticas internas fundamentadas en razones de riesgo o con el cumplimiento legal y regulatorio nacional e internacional, particularmente en materia de prevención del lavado de activos. Sin embargo, incluso en esos casos, la entidad debe comunicar que existen razones regulatorias que impiden ampliar ciertos detalles, sin dejar al usuario totalmente desinformado.

Además, esta explicación no puede comunicarse de manera informal o únicamente verbal. La disposición establece que debe entregarse por escrito, ya sea en soporte impreso o digital, utilizando el canal que el usuario haya seleccionado al momento de realizar la solicitud. Esto fortalece la transparencia, mejora la relación entre entidades y clientes, y evita que las decisiones financieras sean arbitrarias o discrecionales sin fundamento comunicable.

En cuanto a las razones más comunes por las cuales un banco puede rechazar un préstamo o una tarjeta de crédito, conviene explicarlas de manera ordenada. En primer lugar, (1) puede tratarse de un historial crediticio negativo, es decir, atrasos, moras, cuentas castigadas o préstamos en cobro legal que elevan el nivel de riesgo del solicitante. En segundo lugar, (2) el banco puede identificar un sobreendeudamiento, aun cuando exista buen historial, si la persona ya tiene demasiadas obligaciones activas en proporción a sus ingresos. En tercer lugar, (3) puede haber ingresos insuficientes o inestables, especialmente cuando no son demostrables, son variables o no existe estabilidad laboral. En cuarto lugar, (4) muchas solicitudes se rechazan simplemente por falta de documentación o información incompleta, como no entregar certificaciones laborales, estados financieros o datos esenciales.

En quinto lugar, (5) cada entidad aplica un perfil de riesgo interno que clasifica a los clientes según variables como sector económico, tipo de empleo, edad, antigüedad laboral o exposición crediticia. En sexto lugar, (6) influye directamente la puntuación o score crediticio, que resume el comportamiento financiero del usuario y puede ser bajo aun sin mora formal. En séptimo lugar, (7) el rechazo puede ocurrir por una relación inconsistente entre ingresos y el monto solicitado, como cuando se pide un límite demasiado alto para la capacidad económica demostrada. En octavo lugar, (8) en préstamos respaldados, puede existir una garantía insuficiente o con problemas legales o técnicos que impidan su aceptación.

En noveno lugar, (9) algunas entidades restringen ciertos tipos de actividad económica o laboral, sobre todo si se trata de negocios informales, sectores altamente volátiles o actividades sin sustento legal claro. En décimo lugar, (10) existen alertas de cumplimiento y prevención de lavado de activos, donde el banco puede estar limitado en cuánto detalle revelar, por confidencialidad regulatoria, especialmente ante inconsistencias en el origen de fondos o coincidencias en listas de riesgo. En undécimo lugar, (11) errores o contradicciones en la solicitud, como direcciones distintas, ingresos no comprobables o datos inconsistentes, pueden generar rechazo automático. Y finalmente, en duodécimo lugar, (12) algunos usuarios son rechazados por no tener historial crediticio previo, ya que “no tener experiencia” también puede ser interpretado como un factor de incertidumbre para la entidad.

Lo más importante, sin embargo, es que el banco no puede simplemente decir “no” y cerrar la puerta. La normativa dominicana de protección al usuario exige transparencia: el rechazo debe ser explicado por escrito, de forma clara y entendible, dentro del marco de derechos y obligaciones que rige la relación contractual.

Desde Tu Consultorio Financiero, reiteramos que una banca sólida no es aquella que rechaza sin explicar, sino aquella que decide con criterios técnicos y comunica con responsabilidad. Porque cuando un banco dice “no”, el usuario tiene derecho a saber por qué.

Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo abogadojesus@icloud.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez.

Jesús Geraldo Martínez

Economista

Dominicano, consultor, con amplia experiencia profesional en regulación y supervisión del sector financiero, destacado por sus conocimientos en gerencia, finanzas bancarias, gestión de riesgos, administración y optimización de portafolios, investigación económica, planificación estratégica, análisis de riesgos financieros y sectoriales, análisis y estructuración de bases de datos, econometría, estadística, diseño y aplicación de modelos de pruebas de estrés.

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