Entre agosto de 2020 y junio de 2025, el sector bancario dominicano ha experimentado un proceso de actualización regulatoria sin precedentes, impulsado principalmente por la Superintendencia de Bancos y complementado, en menor medida, por disposiciones emanadas del Banco Central y la Junta Monetaria. Este quinquenio ha estado marcado por una creciente intensidad de circulares que ha obligado a las entidades de intermediación financiera a revisar profundamente sus modelos de gestión, estructura de gobierno y marcos de cumplimiento.
El proceso de modernización normativa se fundamenta en cuatro leyes estructurales: la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, que sienta las bases del sistema y asegura la estabilidad macrofinanciera; la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, considerada uno de los pilares modernos de transparencia y debida diligencia; la Ley 189-11 sobre el Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, clave para el desarrollo del crédito inmobiliario y la administración de patrimonios autónomos; y la Ley 92-04, que establece un marco de prevención de riesgo sistémico mediante programas de protección institucional.
De este conjunto legal, y bajo el accionar de los organismos reguladores, se han derivado más de 40 reglamentos emitidos por la Junta Monetaria y un total de 36 instructivos y 92 circulares normativas emitidas por la Superintendencia de Bancos, configurando un entramado regulatorio cada vez más denso y especializado, que exige a las entidades de intermediación financieras pasar de una lógica de cumplimiento reactivo a una visión estratégica, anticipatoria y alineada con los estándares internacionales en materia de supervisión financiera, solvencia patrimonial, gobierno corporativo y prevención de riesgos.

Sin embargo, un análisis más detallado del período agosto 2020 a junio 2025, evidencia un comportamiento asimétrico entre los principales entes reguladores del sistema. La Junta Monetaria órgano rector del sistema financiero nacional según el mandato de la Ley 183-02, no ha emitido ni modificado reglamentos sustanciales desde agosto de 2020, con la única excepción del Reglamento Modificado sobre Agentes de Cambio, aprobado recientemente. Esta limitada producción reglamentaria contrasta con la intensa actividad de la Superintendencia de Bancos, que ha optado por impulsar la transformación del sector mediante la expedición de casi 65 nuevas circulares normativas en menos de cinco años, además de modificar doce instructivos técnicos y emitir 52 cartas circulares.
Si bien las circulares desempeñan una función interpretativa y aclaratoria importante dentro del marco regulatorio particularmente para aspectos operativos, prudenciales y de cumplimiento, no cuentan con el mismo rango ni jerarquía legal que los reglamentos emitidos por la Junta Monetaria, lo cual genera una brecha institucional significativa. La SB ha recurrido a estas circulares para normar temas sustantivos, como la segmentación de riesgos, las alertas tempranas, la debida diligencia reforzada, la revelación de información financiera, la gestión de incidentes cibernéticos o temas claves de tesorería, sin que tales disposiciones hayan sido incorporadas, hasta ahora, en el cuerpo formal de reglamentos del sistema.
Este fenómeno abre una reflexión sobre el modelo de articulación regulatoria vigente. Resulta preocupante que muchas de estas disposiciones si bien bien intencionadas y técnicamente necesarias, no hayan sido canalizadas ni armonizadas con la Junta Monetaria, el órgano que ostenta el mandato legal de establecer el marco general y vinculante del sistema financiero. La ausencia de coordinación efectiva entre la SB y la JM no solo debilita la coherencia jurídica del sistema, sino que además incrementa los niveles de incertidumbre normativa para las entidades reguladas, especialmente en temas que implican inversiones tecnológicas, ajustes en procesos internos o modificaciones en sus políticas de gobierno corporativo.
Frente a este contexto, la Superintendencia de Bancos debería anclar sus desarrollos normativos cuando estos impliquen transformaciones estructurales o alcancen carácter obligatorio de largo plazo, a nuevas propuestas de reglamentos formales ante la Junta Monetaria o, en su defecto, impulsar reformas a los reglamentos ya existentes. Esta articulación permitiría que el marco jurídico del sistema conserve su integridad, garantice seguridad jurídica a los actores del sector y consolide un modelo de supervisión basado en principios, no solo en procedimientos.
Al mismo tiempo, los Consejos de Administración de las entidades de intermediación financieras están llamados a asumir un rol activo en este nuevo entorno normativo. Las exigencias regulatorias ya no se limitan a la aprobación formal de políticas internas, sino que implican responsabilidades directas e indelegables sobre la supervisión de riesgos operativos y financieros, el cumplimiento de los marcos de PLA/FT, la aplicación de estándares de gobernanza internacional y la integración de estrategias de ciberseguridad en un contexto de creciente digitalización de los servicios financieros. En este sentido, el cumplimiento normativo bien gestionado puede convertirse en un verdadero diferenciador competitivo.
Este proceso regulatorio también ha generado importantes oportunidades estratégicas. Las instituciones que logren incorporar el cumplimiento a su visión de largo plazo podrán acceder con mayor facilidad a fuentes de financiamiento internacionales, mejorar su reputación institucional, fortalecer su estabilidad financiera y consolidarse como referentes en gobierno corporativo y gestión de riesgos. En efecto, la regulación cuando es coherente, articulada y técnicamente fundamentada no debe verse como una carga, sino como una plataforma para la sostenibilidad, la innovación y la confianza pública.
La actualización normativa del sistema financiero dominicano en el período comprendido entre agosto de 2020 y junio de 2025 evidencia tanto un avance sustancial en la sofisticación técnica del marco regulatorio como una deuda pendiente en términos de gobernanza a nivel de los reguladores. Para consolidar los logros alcanzados, será necesario que los organismos del sistema çSuperintendencia de Bancos, Junta Monetaria y Banco Central, armonicen sus agendas, definan un plan normativo conjunto y refuercen el principio de legalidad, asegurando que cada disposición emanada tenga el respaldo institucional, jerárquico y jurídico que garantice su estabilidad y aplicabilidad en el tiempo. Solo así podrá el sistema financiero dominicano continuar avanzando hacia un modelo más sólido, competitivo y alineado con las mejores prácticas internacionales.
***
La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jesusgeraldomartinez@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram
Compartir esta nota