La promulgación del nuevo Código Penal marca un hito histórico en la República Dominicana al establecer formalmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas. A partir de noviembre, el panorama legal para el sector empresarial cambia de manera radical: las empresas ya no están exentas de ser imputadas penalmente por faltas o delitos cometidos en el marco de sus operaciones.
Bajo este esquema, una acusación penal puede comprometer gravemente la operatividad y continuidad de un negocio antes de que exista una sentencia definitiva.
Ante este escenario, la prevención deja de ser un concepto exclusivo de las grandes corporaciones. Para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), comprender e implementar el compliance o cumplimiento normativo se transforma en una salvaguarda indispensable para mitigar riesgos legales, proteger su reputación y consolidarse como proveedores confiables, destaca Raquel Miranda, directora jurídica de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
¿Cómo se preparó el Estado desde 2021?
Para entender el camino que debe recorrer el sector privado, resulta instructivo analizar la transformación que el propio Estado dominicano inició en 2021. Mediante la instrucción presidencial del Decreto 36-21, se creó el Programa de Cumplimiento Regulatorio en las contrataciones públicas con el propósito de sumar prevención y gestión de riesgos en una de las actividades más vulnerables a actos de corrupción.
Esta política evolucionó hasta integrarse en una norma de máxima jerarquía mediante la Ley núm. 47-25 y su Reglamento de aplicación (Decreto núm. 52-26).
Estas disposiciones institucionalizaron mecanismos clave reconocidos internacionalmente, tales como la integración de oficiales de cumplimiento público en las instituciones del Estado, acompañado de las unidades de cumplimiento regulatorio e integración de la debida diligencia y gestión de riesgos en las políticas internas.
“Un paso trascendental fue la certificación de entidades públicas bajo normas ISO antisoborno y de gestión de riesgos, orientadas a fortalecer la confianza ciudadana y contribuir al ODS 16 (instituciones eficaces y transparentes)”, destaca Miranda.
¿Qué es exactamente el compliance?
Para Miranda es el conjunto de políticas, procedimientos, controles y prácticas que una organización establece para identificar, prevenir, detectar y corregir incumplimientos de leyes, reglamentos, contratos y principios éticos.
En el ámbito empresarial, exige que las compañías revisen de forma continua su conducta, sus ofertas, sus procesos internos y su reputación durante toda su relación contractual con el Estado.
Ahora bien, el cumplimiento normativo no debe interpretarse como un sistema infalible que elimina mágicamente todo delito, destaca Miranda; su verdadero objetivo es evolucionar desde el modelo tradicional centrado en la persecución y sanción posterior hacia una lógica estrictamente preventiva, de gestión de riesgos y promoción de buenas prácticas.
“Existe el mito de que implementar el cumplimiento requiere crear estructuras costosas o contratar especialistas externos fuera del alcance presupuestario de un pequeño negocio”, señala Enmanuelle Landa Hernández, oficial de cumplimiento de la institución.
Sin embargo, la regulación concibe el compliance para las Mipymes como un "traje a la medida", cuyas exigencias se adaptan proporcionalmente al tamaño, capacidad y nivel de riesgo de la empresa.
Para una Mipyme, comenzar a implementar el compliance abarca medidas sencillas y viables, que comparten Miranda y Landa Hernández:
- Organización y trazabilidad documental: Mantener organizada, actualizada y clasificadamente la documentación legal y fiscal.
- Listas de chequeo (checklists): Verificar que la información presentada en procedimientos de contratación pública sea auténtica, completa y comprobable.
- Representación idónea: Identificar en el equipo a las personas con solvencia moral y capacidad técnica para comprometer a la empresa.
- Gestión de conflictos de interés e integridad: Establecer un código de conducta básico y revisar periódicamente posibles incompatibilidades o acuerdos anticompetitivos.
- Instrumentos estandarizados: Completar herramientas como la Declaración Jurada de Beneficiario Final, el Compromiso Ético para proveedores y la Declaración de Oferta Libre de Colusión.
¿Cómo aumenta la productividad y fortalece la competitividad?
Lejos de ser una traba administrativa como se ha previsto con la próxima puesta en vigencia, el cumplimiento normativo organiza operativamente a las empresas, evita la desorganización interna, previene irregularidades y construye sostenibilidad y reputación comercial, destacan los especialistas.
Además, al promover procesos de contratación más transparentes y eficientes, tanto con el Estado como entre el empresariado privado, se reducen las barreras de entrada al mercado y generan un "terreno de juego" más equilibrado e inclusivo para pequeños proveedores.
La Ley núm. 47-25 y el Decreto núm. 52-26 acompañan esta exigencia con importantes incentivos de desarrollo productivo:
- Incremento de reservas de mercado: La reserva de contrataciones destinada a Mipymes aumenta del 20% al 30% (20% para Mipymes en general y un 10% reservado específicamente a Mipymes lideradas por mujeres).
- Tratamiento fiscal excepcional: Se otorga un plazo de 6 meses durante el cual las Mipymes pueden participar en procesos y recibir pagos aunque no estén al día en sus obligaciones fiscales o de seguridad social.
- Condiciones de liquidez y ejecución: Se fija un anticipo del 30% (frente al 20% general) y se autoriza la subcontratación de hasta un 50% del monto total del contrato.
- Facilidades en garantías: Se incrementan las fianzas emitidas por compañías de seguros y se exime la presentación de la garantía de seriedad de oferta.
¿Cuáles son los desafíos clave para las Mipymes dominicanas?
Pese a las ventajas analizadas junto a los especialistas, las pequeñas empresas enfrentan retos concretos para evitar contingencias legales o contractuales a partir de noviembre próximo.
Uno de estos es el control de riesgos operativos frecuentes, la cual abarca prevenir la presentación de documentos vencidos, datos desactualizados en el Registro de Proveedores del Estado (RPE), falta de soporte documental en la ejecución o faltas con subcontratistas.
Las pequeñas y medianas empresas deben garantizar integridad en la ejecución, reflejando el cumplimiento en la entrega oportuna de bienes y servicios, calidad, facturación clara y transparencia.
En este sentido, la DGCP trabaja en un instrumento para clasificar a los proveedores según su nivel de riesgo. Pero, en definitiva, adoptar códigos de ética y políticas de cumplimiento no solo mitiga la responsabilidad penal ante posibles faltas, sino que disminuye el nivel de riesgo del proveedor ante el Estado, incrementando su ventaja competitiva.
El cumplimiento normativo es la herramienta para actuar con responsabilidad antes, durante y después de contratar, convirtiendo la gestión de riesgos en un motor de confianza, inclusión y crecimiento sostenible.
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