En la República Dominicana, la educación superior ha experimentado un crecimiento significativo en las últimas décadas. Este proceso ha ampliado el acceso, diversificado la oferta académica y respondido a aspiraciones legítimas de movilidad social y desarrollo profesional, contribuyendo de manera relevante a la formación de capital humano y al fortalecimiento de capacidades necesarias para el desarrollo nacional.

Desde el punto de vista normativo, el marco legal de la educación superior establece que todas las instituciones de educación superior están concebidas como entidades sin fines de lucro. Esta definición no es meramente administrativa ni formal, sino que expresa una convicción de fondo: la universidad, más allá de su forma jurídica o de su modelo de gestión, cumple una función pública esencial. Dicha función no se limita a la provisión de títulos ni a la inserción laboral de los egresados, sino que se vincula con la producción de conocimiento socialmente relevante, la formación de ciudadanía crítica, la cohesión social y la proyección de futuro de la sociedad.

Esta concepción de la educación superior como bien público y responsabilidad social no es exclusiva del contexto dominicano. A nivel internacional, la educación superior ha sido entendida de manera consistente como un bien público, incluso cuando es ofrecida por instituciones de gestión privada (UNESCO, 1998, 2009, 2022).

Función pública y función de servicio público de la universidad

La función pública de la universidad no se agota en su definición normativa. Se concreta, o se vacía, en la práctica, en la manera en que la institución ejerce su función de servicio público frente a estudiantes, comunidades, territorios y al conjunto de la sociedad. Precisamente por la centralidad y la exigencia de este servicio, entre el diseño normativo y la práctica cotidiana emergen tensiones propias de contextos complejos.

Entre las fuentes de estas tensiones se encuentran la sostenibilidad financiera, la competencia por matrícula, las expectativas sociales de empleabilidad, la presión por resultados visibles y medibles y, de manera creciente, la acelerada incorporación de tecnologías emergentes, entre ellas la inteligencia artificial. Estas fuentes no deben interpretarse como señales de fracaso institucional, sino expresiones de un sistema sometido a demandas crecientes y, por ello mismo, llamado a mayores niveles de responsabilidad.

Reconocer la existencia de estas tensiones no implica desconocer la integridad institucional ni el aporte que el sistema de educación superior ha realizado al país. Por el contrario, la reflexión crítica sobre estos dilemas forma parte del ejercicio mismo de la función de servicio público de la universidad y constituye una condición de legitimidad. Como señalan los estudios sobre gobernanza universitaria, la ética no es un complemento externo de la misión institucional, sino el marco práctico que da coherencia a las decisiones académicas, organizativas y estratégicas (Shattock, 2014).

En este escenario, el principal desafío que enfrenta la educación superior no es de carácter jurídico, dado que el marco normativo define con claridad la naturaleza y los fines del sistema. El desafío es, ante todo, ético e institucional, no porque la ética constituya un plano adicional o accesorio, sino porque la función pública de la universidad solo existe en la medida en que se realiza como servicio público éticamente orientado (Altbach, 2003).

La ética universitaria se expresa en decisiones cotidianas: cómo se enseña, cómo se evalúa, cómo se investiga, cómo se gobierna y cómo se innova. Desde esta perspectiva, la ética no acompaña a la función pública; la encarna en prácticas concretas y verificables. Allí donde la coherencia ética se debilita, la función pública se vacía de contenido, aun cuando se mantenga formalmente intacta.

Una pregunta orientadora para el debate público

Desde este marco, la pregunta relevante para la sociedad no es quién cumple y quién no, ni la comparación entre instituciones, sino una cuestión de carácter prospectivo y colectivo:

¿Cómo asegurar que, en la práctica, todas las instituciones de educación superior mantengan alineadas, desde criterios éticos explícitos, sus decisiones académicas, pedagógicas, organizativas, tecnológicas y financieras con su función de servicio público?

Plantear esta pregunta constituye un ejercicio de responsabilidad pública. No busca generar desconfianza ni abrir disputas estériles, sino fortalecer la confianza social en el sistema y anticipar debates que, de no abordarse oportunamente, suelen emerger en clave de conflicto o de deslegitimación institucional. En sociedades democráticas, las instituciones que cumplen funciones estratégicas se fortalecen cuando afrontan colectivamente sus dilemas mediante procesos deliberativos abiertos y razonados (Habermas, 1998).

Este enfoque se inscribe en una comprensión ampliamente compartida a nivel internacional. En los sistemas donde la universidad es reconocida como institución con función de servicio público, la ética universitaria no se regula como un mecanismo punitivo ni como una imposición externa, sino como un acuerdo orientador que hace posible el ejercicio responsable de la autonomía universitaria, tal como recoge la Magna Charta Universitatum (2020).

De manera consistente, no existe un código ético universal impuesto a las universidades. En su lugar, se han desarrollado marcos éticos orientadores, declaraciones de principios, códigos de conducta institucionales y acuerdos de valores compartidos, concebidos para resguardar y fortalecer el carácter de servicio público de la universidad. Estos instrumentos cumplen una función cultural, preventiva y formativa, más que sancionadora.

En América Latina, esta concepción ha encontrado una expresión particularmente relevante en el enfoque de la responsabilidad social universitaria, entendida no como filantropía, sino como gestión ética de los impactos académicos, sociales y organizativos de la institución (Vallaeys, 2014). El patrón es claro: allí donde la universidad es concebida como institución de servicio público, la ética se construye desde el acuerdo informado y la corresponsabilidad, no desde la desconfianza.

Sostenibilidad, tecnología y sentido universitario

Toda institución universitaria requiere sostenibilidad financiera para cumplir su misión. Infraestructura adecuada, personal docente calificado, investigación pertinente, servicios estudiantiles de calidad, innovación pedagógica y aseguramiento de la calidad demandan recursos estables. Negar esta realidad sería ingenuo.

La cuestión ética no surge de la necesidad de sostenibilidad en sí misma, sino del momento en que esta comienza a operar como criterio dominante, desplazando silenciosamente el núcleo del servicio formativo que la universidad debe prestar a la sociedad. Diversos estudios han mostrado que, cuando las lógicas de eficiencia y competencia se imponen sin contrapesos éticos, se tensiona la legitimidad pública de las instituciones de educación superior (Marginson, 2016).

En el contexto actual, este riesgo se ve amplificado por la incorporación acelerada de tecnologías avanzadas, particularmente la inteligencia artificial, que promete eficiencia, automatización y reducción de costos.

La inteligencia artificial como prueba ética del servicio público universitario

La inteligencia artificial no puede ser tratada como un asunto accesorio. Su expansión en la educación superior afecta el corazón mismo de la experiencia universitaria, incidiendo en la docencia, la evaluación del aprendizaje, la tutoría académica, la producción de contenidos, la investigación científica y la gestión institucional.

En muchos casos, su adopción ha sido impulsada por la disponibilidad tecnológica y por presiones externas más que por una reflexión pedagógica profunda. Esto no invalida su potencial, pero convierte su uso en una prueba ética de primer orden para la función de servicio público de la universidad. Como subraya UNESCO (2021), la inteligencia artificial plantea desafíos éticos en la medida en que afecta derechos, decisiones y relaciones fundamentales del proceso educativo.

El riesgo no reside en la tecnología en sí, sino en su utilización para sustituir, en lugar de reforzar, el juicio pedagógico y la relación educativa, produciendo una simulación de enseñanza y aprendizaje sin acompañamiento humano significativo (Selwyn, 2019). En este sentido, la ética no acompaña a la función pública: la encarna como servicio público concreto.

Abrir la conversación: una agenda de discusión necesaria y una invitacion al diálogo informado y responsable

Esta reflexión ética sobre la función de servicio público de la universidad no puede permanecer en el plano de los principios generales. Está llamada a desplegarse en los ámbitos concretos del quehacer universitario, allí donde la función pública se traduce en decisiones cotidianas. La docencia y la formación de los estudiantes; la investigación y la producción de conocimiento; la vinculación con la sociedad y los territorios; la gobernanza y la toma de decisiones; la gestión y el uso de los recursos; las condiciones de la profesión académica; y la incorporación responsable de tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial, constituyen espacios donde el compromiso de servicio público se concreta, o se vacía, y, por tanto, merecen una reflexión específica y situada.

El presente artículo no pretende cerrar una discusión, sino abrirla. Invita a un debate público, informado y sereno sobre cómo la educación superior dominicana puede ejercer su función de servicio público en un contexto de profundas transformaciones tecnológicas.

No se trata de un debate sobre culpables ni sobre modelos institucionales, sino sobre la construcción de criterios éticos compartidos que permitan preservar, actualizar y fortalecer el servicio público universitario frente a los desafíos de la sostenibilidad, la innovación y, de manera creciente, la inteligencia artificial.

Una conversación de esta naturaleza no puede recaer en una sola institución ni en un solo sector. Su legitimidad depende de la participación de asociaciones de universidades, comunidades académicas, profesorado, investigadores, espacios de reflexión como la Academia de Ciencias y organismos públicos vinculados al sector, cada uno desde su rol.

Conclusión

Abrir esta conversación desde la integridad institucional no amenaza a ninguna institución. Por el contrario, dignifica al sistema en su conjunto y reafirma una convicción esencial: en una democracia, educar no es solo administrar organizaciones ni adoptar tecnologías, sino asumir una responsabilidad ética de servicio público con la sociedad y con el futuro.

La educación superior dominicana ha crecido y se ha diversificado. Como todo sistema que madura, enfrenta hoy el desafío de abrir, como sociedad, una conversación explícita sobre cómo quiere que la universidad ejerza su función de servicio público en la era de la inteligencia artificial, no desde la sospecha, sino desde la corresponsabilidad.

Con este artículo iniciamos una serie con los cuales iremos abordando otros aspectos relacionados con la responsabilidad ètica de las universidades desde la perspectiva de su misiòn de servicio pùblico.

Referencias

Altbach, P. G. (2003). The decline of the guru: The academic profession in developing and middle-income countries. Palgrave Macmillan.

Habermas, J. (1998). Facticidad y validez: Sobre el derecho y el Estado democrático de derecho en términos de teoría del discurso (M. Jiménez Redondo, Trad.). Trotta. (Obra original publicada en 1996)

Magna Charta Universitatum Observatory. (2020). Magna Charta Universitatum 2020. https://www.magna-charta.org/magna-charta-universitatum/mcu-2020

Marginson, S. (2016). The public good of higher education. Studies in Higher Education, 41(6), 1017–1036. https://doi.org/10.1080/03075079.2015.109312

Selwyn, N. (2019). ¿Deben los robots sustituir a los docentes? La inteligencia artificial y el futuro de la educación. Morata.

Shattock, M. (2014). La gestión de universidades exitosas. Morata.

UNESCO. (1998). Declaración mundial sobre la educación superior en el siglo XXI: Visión y acción. UNESCO.

UNESCO. (2009). La nueva dinámica de la educación superior y la investigación para el cambio social y el desarrollo. UNESCO.

UNESCO. (2021). Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial. UNESCO.

UNESCO. (2022). Más allá de los límites: Nuevas formas de reinventar la educación superior. UNESCO.

Vallaeys, F. (2014). La responsabilidad social universitaria: Una nueva filosofía de gestión ética. Banco Interamericano de Desarrollo.

Radhamés Mejía

Académico

Educador. Profesor Emérito de la PUCMM ExVicerrector de la PUCMM por más de 35 años y exrector de UNAPEC. Actualmente es Coodinador de la Comisión de Educación de la Academia de Ciencias de la República Dominicana (ACRD). En la actualidad es Director del Centro de Investigación y Desarrollo Humano (CIEDHUMANO)-PUCMM.

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