José Ignacio Paliza, ministro de la Presidencia, y Ulises Rodríguez, alcalde de Santiago pueden impulsar el primer plan de ordenamiento territorial supramunicipal en el entorno geográfico de la cuenca del río Yaque del norte, la circunvalación norte y la autopista Duarte de Santiago, con la inclusión de cinco ayuntamientos de la provincia Santiago, aportando por «default» un laboratorio de cartografía moderno en la base existente en la alcaldía de Santiago.

El artículo 26 de la ley 368-22, imponen los Planes Especiales de Impacto Supramunicipal. Esta Ley de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos creó el Sistema Nacional de Información Territorial, les aporta fundamento técnico y jurídico a estos planes. Santiago pudiera tener el primero dado las concurrencias entre el Ministerio de la Presidencia y su Viceministerio de Ordenamiento y el Ayuntamiento de Santiago.

Los Planes Especiales de Impacto Supramunicipal son planes específicos pues permiten el diseño y la ejecución de proyectos estructurantes del territorio, como en: i) Aeropuertos; ii) Puertos; iii) Carreteras; iv) Embalses; v) Canales, vi) y los que se dediquen a la ordenación de grandes espacios, como Cuencas hidrográficas; Áreas metropolitanas; los polígonos industriales, polos y destinos turísticos u otras áreas de interés nacional;  y las Iniciativas semejantes definidas por su impacto supramunicipal.

Los alcaldes de Santiago pactaron con el MEPyD y su Viceministerio de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional (ViOTDR), priorizar la elaboración de instrumentos y planes de ordenamiento territorial que permitan un crecimiento sostenible del territorio, reduciendo los asentamientos informales, clasificando y calificando suelos mediante procesos participativos para el impulso de un desarrollo sostenible, resiliente y adaptado al cambio climático.

También impulsar gestiones de buena gobernanza generadoras de oportunidades en el municipio, vía la planificación estratégica y el ordenamiento territorial integral, según las atribuciones otorgadas por la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios y la Ley 498-06 de Planificación e Inversión Pública, de manera que se alcancen buenos indicadores equidad y cohesión social y territorial.

Igualmente, desarrollar un ejercicio de buen gobierno apegado a la Constitución y las leyes, generando condiciones para implementar los mecanismos necesarios para una gestión municipal transparente, moderna e inclusiva, guiada por un Plan Municipal de Desarrollo, fundamentado en los órganos de consultas y de participación establecidos en las Leyes.

También promover el diseño y la creación de herramientas y resoluciones municipales que garanticen la participación de las organizaciones sociales, de mujeres, hombres y jóvenes en igualdad de condiciones en las instancias de toma de decisiones; así́ como en la conformación de espacios de concurrencia, diálogo, concertación de alianzas y mecanismos que permitan impulsar el desarrollo local. Igualmente, a desarrollar instrumentos de control interno y externo que permitan el impulso de la veeduría de la sociedad civil como política pública para prevenir actos de corrupción y de diligencia de las sanciones correspondientes.

El ordenamiento territorial (OT) en los países latinoamericanos tiene una historia reciente que se remonta a los inicios de la década de los ochenta del pasado siglo XX. Desde su origen tanto en leyes como proyectos de América Latina, es concebido de manera heterogénea, asociada a las políticas ambientales, urbanísticas, de desarrollo económico regional y de descentralización. Hoy predomina el concepto de ordenamiento como instrumento o estrategia para lograr el desarrollo sustentable, entendido como política pública plurisectorial y horizontal.

Sergio Boisier (CEPAL) refiriéndose a la necesidad que tienen los países latinoamericanos de una política regional de ordenamiento territorial modernamente concebida, plantea que en ausencia de dicha política lo primero que ocurrirá, tal como ha sucedido, es que el territorio nacional asumirá un orden dictado estrictamente por la lógica del capital en su proceso de penetración agrediendo el ambiente y expandiéndose a nivel mundial.

Se trata de un orden por omisión, porque a juicio de especialista chileno Boisier, fallecido a destiempo, el capital no opera con criterios territoriales de ordenamiento, sino de rentabilidad. No por ello, sin embargo, se dejará de producir un ordenamiento territorial, que nos lleva a plantear la cuestión de su coherencia con los intereses superiores de la sociedad.

Capital y Territorio son dos grandes categorías en juego. Sergio Boisier fallecido recientemente, fue uno de los más notables pensadores de esta región, con una enorme influencia para la investigación y la gestión territorial. Nació en Purén en 1939, se formó inicialmente en la carrera de Economía de la Universidad de Chile, y más tarde, continuó sus estudios en el Master of Arts in Regional Science de la Universidad de Pennsylvania, USA, y luego su PHD (Cum Laude) en Economía Aplicada en la Universidad de Alcalá, Henares, España.

A nuestra consideración, estamos en una coyuntura de reformas al mejor estilo de Gramsci y Hegel. Reformas que rescatan la ética y sentido común del Estado. Una reforma fiscal como la que se propone, concretará al fin, la atención primaria en salud (APS), el programa de seguridad ciudadana y políticas que conviertan la Nación, en territorio de inversiones para crear empleos y empresas.

Presidente Luis Abinader en lo que estas reformas concretan, debemos avanzar en lo que está pactado. El ordenamiento territorial es clave. La Ley 368-22 es la base general de la actuación, gestando una salida inteligente al involucramiento de los distritos municipales.

El pasado ministro Pavel Isa, viceministro Domingo Matías y Santiago acordaron trabajar con los alcaldes de Santiago. Se comprometieron a elaborar planes de ordenamiento. Reducir agresión al ambiente, proscribir asentamientos informales, clasificar y calificar suelos con participación comunitaria.

Podemos hacer la tarea en 5 municipios colindantes. Santiago, Villa González, Tamboril, Licey al Medio y Puñal. También en 9 distritos municipales: Santiago Oeste, Palmar Arriba, Jacagua, Hato del Yaque, La Canela, Canca La Piedra, Las Palomas, Canabacoa y Guayabal. Incumbe apoyar las universidades para que consoliden habilidades y capacidades de recursos humanos involucrados en ordenamiento territorial metropolitano, aumentando calidad-cantidad técnica y directiva de los implicados en ordenamiento y desarrollo estratégico. Se impone modernizar el equipamiento del Plan de Ordenamiento Santiago y su laboratorio cartográfico para apoyar el diseño de mapas y normas de los municipios involucrados. El objetivo es proteger la base natural y la agrología.

Finalmente, el plan de ordenamiento especial de impacto supramunicipal de Santiago consolidará la participación de juntas de vecinos en la vigilancia y buen uso de la aplicación de las normas, construcción edificatoria, la movilidad integral y gobernabilidad territorial.

Reynaldo Peguero

Epidemiólogo y urbanista

Maestro en Administración y epidemiología, especialista en Planificación Estratégica del Centro Iberoamericano de Desarrollo Estratégico Urbano (CIDEU), Barcelona, y director del Consejo de Desarrollo de Santiago (CDES).

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