Las 32 cámaras de comercio de República Dominicana adoptaron criterios comunes para la gestión del Registro Mercantil, una medida que busca reducir las diferencias de procedimiento entre jurisdicciones y hacer más predecible el proceso para quienes crean o formalizan empresas.
La resolución fue impulsada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), en coordinación con las cámaras de comercio y representantes del sector privado. El organismo sostiene que la aplicación uniforme de los procedimientos permitirá agilizar trámites y reforzar la seguridad jurídica empresarial.
Uno de los objetivos planteados es que una persona pueda constituir una empresa y obtener su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) en menos de 24 horas, aunque el comunicado no ofrece datos sobre el tiempo promedio actual ni indicadores que permitan medir cuánto se reducirán efectivamente los plazos.
Una misma regla para las 32 cámaras
El ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Víctor Bisonó, conocido como Yayo Sanz Lovatón, afirmó que la homologación permitirá que el Registro Mercantil se gestione bajo los mismos criterios independientemente de la cámara de comercio donde se tramite.
La medida fue presentada durante la séptima edición de HUB Cámara Santo Domingo, actividad en la que también se puso en marcha la iniciativa «Empresas 24h» del MICM. El acto estuvo encabezado por el presidente Luis Abinader.
Según explicó el ministro, los criterios fueron elaborados con participación de las 32 cámaras de comercio y especialistas del sector privado.
La unificación tiene como referencia la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, cuya aplicación en materia registral había estado condicionada por diferencias de procedimiento entre jurisdicciones.
Del papel a los procesos digitales
La presidenta de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y de la Federación Dominicana de Cámaras de Comercio (Fedocámaras), Lucile Houellemont, destacó el tránsito de los registros desde procedimientos manuales y basados en documentos físicos hacia sistemas digitales e interconectados.
Houellemont consideró que la existencia de criterios diferentes entre cámaras había generado incertidumbre para empresas y usuarios, particularmente cuando debían realizar trámites en distintas provincias.
La resolución adoptada por el MICM establece normas vinculantes para las cámaras de comercio, en su condición de entidades encargadas de administrar el Registro Mercantil bajo la regulación del ministerio. El documento fue elaborado dentro de un proceso que incluyó consultas públicas, según informó la institución.
Qué cambia para las empresas
La estandarización pretende que los usuarios encuentren procedimientos similares en cualquiera de las 32 cámaras de comercio, con mayor trazabilidad de las operaciones y menos diferencias derivadas del lugar donde se realice el registro.
El alcance práctico de la medida dependerá, sin embargo, de la aplicación efectiva de esos criterios en cada jurisdicción, así como de la capacidad de los sistemas digitales para procesar las solicitudes dentro de los plazos anunciados.
El MICM vincula esta reforma con sus esfuerzos para facilitar la creación de empresas y diversificar la economía. El ministro también presentó la iniciativa como parte de una estrategia para mejorar las condiciones para hacer negocios en el país.
Contexto adicional
La unificación del Registro Mercantil ocurre en un contexto de creciente digitalización de los trámites empresariales y de búsqueda de mecanismos que reduzcan los costos y tiempos asociados con la formalización de negocios.
La principal novedad señalada por las autoridades no es la creación de un nuevo registro, sino la adopción de criterios comunes para su funcionamiento en las distintas cámaras de comercio. Esto busca reducir la posibilidad de que un mismo trámite sea interpretado o procesado de manera diferente según la provincia.
El comunicado oficial no presenta, sin embargo, cifras comparativas sobre los tiempos de tramitación antes y después de la medida, ni datos que permitan determinar cuántas empresas podrán beneficiarse de manera efectiva del plazo de menos de 24 horas anunciado.
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