Los imputados en el desfalco del Seguro Nacional de Salud (Senasa), Eduardo Read Estrella, Heidi Mariela Pineda Perdomo y Cinty Acosta Sención accedieron a colaborar con la investigación en la Operación Cobra y admitieron que le pagaron sobornos al exdirector Santiago Marcelo F. Hazim Albainy, así como a otros funcionarios de esa entidad, por lo que fueron favorecidos a cumplir sentencia con arresto domiciliario.
En ese orden, el juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena les impuso a Pineda Perdomo y Acosta Sención cumplir prisión domiciliaria, impedimento de salida del país y una garantía económica de RD$ 1,000,000.00.
Mientras que, a Read Estrella le fue dictado impedimento de salida y arresto domiciliario.
El magistrado Sena declaró el caso complejo, debido a la magnitud de los hechos y las diversas pruebas presentadas.
Sobre esta medida, el director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, indicó que la decisión del juez se basó en la gravedad de los hechos, la contundencia de la investigación del Ministerio Público, así como la valoración de la colaboración prestada.
Los demás imputados Santiago Marcelo F. Hazim Albainy (exdirector ejecutivo del Senasa), Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz (exgerente financiero), Germán Rafael Robles Quiñones (exconsultor jurídico), Francisco Iván Minaya Pérez (exgerente de Salud) y los empresarios suplidores Ramón Alan Speakler Mateo y Ada Ledesma Ubiera, fueron sentenciados a cumplir prisión preventiva en la cárcel de Najayo, San Cristóbal.
Los 10 imputados de la Operación Cobra fueron acusados por el Ministerio Público colusión de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores, cobro de soborno, estafa contra el Estado dominicano, desfalco, falsificación, uso de documentos falsos y lavado de activos.
Diferencia entre prisión preventiva y domiciliara
La prisión preventiva es una medida cautelar, en la cual el imputado estará recluido en un centro penitenciario durante el proceso judicial hasta la celebración del juicio. Mientras que, la prisión domiciliaria es aquella que impone la obligación de permanecer en una residencia determinada, como sustitución de la prisión preventiva y tiene como finalidad asegurar que la persona procesada comparezca a las audiencias judiciales, sin necesidad de estar recluida en un penal.
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