El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) conoció este miércoles doce expedientes de acción directa de inconstitucionalidad por diferentes causas, entre ellos uno presentado en contra del Código Penal dominicano, en una audiencia pública encabezada por su presidente, Napoleón R. Estévez Lavandier.
El primer expediente conocido fue el TC-01-2025-0063, mediante el cual Edghar Manuel Polanco Frías atacó el párrafo II del artículo 64 y el numeral 11 del artículo 4 de la Ley núm. 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, del 1 de junio de 2017; y los artículos 4, párrafo II, y 7 de la Norma General núm. 07-2022, que establece la exigencia de la constancia fehaciente de pago para que los notarios públicos puedan instrumentar actos y legalizar firmas, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Asimismo, se conoció el expediente TC-01-2025-0064, que tuvo como accionante a Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada, quien impugnó la parte in fine del artículo 11 de la Ley núm. 327-98, de Carrera Judicial, del 11 de agosto de 1998.
Los jueces también vieron el expediente TC-01-2025-0065 interpuesto por Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada en contra de los artículos 132 de la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, del 9 de mayo de 2001; y 3 del Reglamento sobre el Subsidio por Maternidad y el Subsidio por Lactancia, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante Resolución núm. 98-02, del 19 de febrero de 2004 y modificado por las resoluciones 138-08, de fecha 11 de agosto de 2005; 181-01, de fecha 14 de julio de 2008, y 378-03, del 26 de noviembre de 2015.
Posteriormente, los magistrados conocieron el expediente TC-01-2025-0069, cuyos accionantes: American Thunder Fireworks, S.R.L., American Pyrotecnics, S.R.L., Avengers Fireworks, Fuegos Artificiales Oriental, Fuegos Phantastik, Heroudini Fireworks, Jupiter Fireworks, Metralla/Party Market, S.R.L., Premium Fireworks, S.R.L., Skysongs Fireworks, Wizard Group, S.R.L. y Firelab Efectos Especial, S.R.L, atacaron la Ley núm. 340-09, para el Control y la Regulación de Productos Pirotécnicos, de fecha 23 de noviembre de 2009.
Igualmente, se conoció el expediente TC-01-2025-0070, mediante el cual Blas Antonio Reyes R. refutó la Ley núm. 339, que establece que las viviendas construidas por los organismos autónomos del Estado o directamente por el Poder Ejecutivo quedan declaradas de pleno derecho bien de familia, de fecha 22 de agosto de 1968.
Los magistrados también vieron el expediente TC-01-2025-0071, interpuesto por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), seccional San Pedro de Macorís, y su presidenta, Josefina Guerrero, en el que atacan los artículos 2.10, 24, 49, 68, 142, 170, 214, 260, 284, 303 y 388 del Código Penal dominicano.
De igual manera, durante la audiencia se conoció el expediente TC-01-2025-0072, que tuvo como accionantes a Miguel Valdemar Díaz y Shesnel Alejandro Calcaño Mena, quienes impugnaron los artículos 8, 146 y 150 de la Ley núm. 97-25, que instituye el Código Procesal Penal de la República Dominicana, de fecha 8 de diciembre de 2025.
Otro de los expedientes conocidos fue el TC-01-2025-0073, en el que el accionante, Marino Marrero Báez, atacó la omisión legislativa y exceso administrativo en materia de activos virtuales.
También fue visto el expediente TC-01-2025-0062, interpuesto por Edghar Manuel Polanco Frías, quien atacó el artículo 15 del Decreto núm. 50-13, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, del 1 de febrero de 2013.
A seguidas, el Pleno conoció el expediente TC-01-2025-0066, cuyos accionantes, Víctor Alejandro Lara Lluberes Quezada y Ana Franchesca Medina Quezada, refutaron el convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores del 25 de octubre de 1980, celebrado en La Haya, Países Bajos; y la Resolución núm. 480-2008, dictada por la Suprema Corte de Justicia en Cámara de Consejo en fecha 6 de marzo de 2008.
Igualmente, se conoció el expediente TC-01-2025-0067, mediante el cual Maritza Méndez Severino atacó el acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, de fecha 13 de noviembre de 2025.
Por último, los jueces conocieron el expediente TC-01-2025-0068, en el que Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y la Banca de Lotería Axel impugnaron la Sentencia núm. SCJ-PS-25-2117, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 30 de diciembre de 2025.
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