Desde el pasado mes de mayo la Dirección General de Migración (DGM) implementa una serie de operativos con el objetivo de apresar a los nacionales haitianos que se encuentran de forma irregular en el país.

Aunque la entidad realiza estas acciones de manera constante, los operativos en contra de los migrantes se intensificaron luego de que un grupo de haitianos apedrearan a varios agentes de migración cuando se disponían a verificar la legalidad de estos extranjeros en Ciudad Juan Bosch.

El operativo más reciente fue el realizado en Santiago de los Caballeros, específicamente en el bar restaurante Laromate Creole, de origen haitiano, evento en el cual se vio involucrado James Jacquesexcónsul de Haití en esa localidad.

De acuerdo con la DGM, el operativo se llevó a cabo porque recibieron quejas sobre ruidos y escándalos que se producían a altas horas de la noche en el bar restaurante y discoteca.

Como resultado de esa acción, la DGM apresó a 21 haitianos indocumentados, retuvo 15 pasaportes, e incautó 56 mil pesos, 890 dólares y 4,100 gourdes haitianos. Además, dijeron que desmantelaron una banda que supuestamente se dedicaba al tráfico con pasaportes y visas.

La información del caso que se ha recogido hasta el momento es que los agentes de la DMG realizaron el allanamiento sin una orden fiscal y sin la compañía del Ministerio Público, acción que ha sido cuestionada por algunos sectores sociales del país.

"La actuación de la DGM es sumamente preocupante, arbitraria y definitivamente abusiva de parte de los agentes de Migración y del propio director de esta institución", Thiaggo Marrero.

Pero, ¿hasta que punto puede la DGM actuar en contra de una banda que trafica con pasaportes y visas sin la intervención o acompañamiento del Ministerio Público?

La abogada Fernanda Frías explica que la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT) es el órgano del Ministerio Público facultado para prevenir, detectar y perseguir este tipo de delitos.

Sin embargo, la Ley No. 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas establece que Migración  junto a otras instituciones cooperará con el intercambio de información para determinar los métodos utilizados por los grupos o personas que incurren en este acto delictivo, así como también colaborará en el cumplimiento de la referida norma.

No obstante, el país no cuenta con el Reglamento de Aplicación de esta Ley, por lo que se deberá esperar su promulgación para determinar cuál sería el papel o la participación de esta entidad gubernamental en temas de trata y tráfico.

Errores de la DGM en sus operativos

Durante estos operativos, tanto en Ciudad Juan Bosch como en Santiago, se denunció que los agentes apresaron migrantes con estatus regular. Sin mediar los suben al camión y los dirigen hasta el Centro de Acogida donde son evaluados.

Para la abogada Frías, los errores que ha cometido la DGM en estos últimos operativos ha sido el hecho de detener a personas con un estatus migratorio regular o incluso a ciudadanos dominicanos que fueron confundidos por los agentes.

Asimismo, señala que otro de los desaciertos de la institución ha sido el irrumpir la propiedad privada sin contar con el consentimiento previo de su titular y suponer que los documentos emitidos por la autoridad pública son falsos cuando la persona habla otro idioma o no maneja bien el español.

En muchos de estos casos los agentes de migración violentan incluso los derechos humanos de los detenidos.

En un recorrido por el Centro de Acogida Vacacional de Haina el pasado 26 de mayo se observó un trato que raya en lo discriminatorio recibido por los haitianos que van en búsqueda de información acerca de sus familiares que son apresador por Migración.

Según cuenta Frías, luego de que una persona es detenida para fines de expulsión o deportación deben facilitarle la llamadas telefónicas para que sus familiares se enteren, deben expresarle los cargos en su contra, la posibilidad de solicitar y recibir asistencia consular, asesoría legal y en caso de ser necesario hasta un traductor o intérprete.

“La importancia de cumplir con dicho proceso, es que sirve para determinar si el extranjero es elegible para recibir una exoneración de la repatriación. Pero, una de las grandes preocupaciones de los organismos internacionales de protección de derechos humanos, es que estos procesos muchas veces se demoran más allá de lo razonable. La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que seis meses es desproporcional”, explica la abogada.

El protocolo que deberían aplicar los agentes

Con relación a los operativos que realiza la Dirección General de Migración con el objetivo de identificar y detener a extranjeros con estatus migratorio irregular debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Las detecciones deben conocerse caso por caso y de manera individual, ya que sin son masivas e indiscriminadas la administración pública podría incurrir en graves violaciones de derechos humanos.
  • No se debe ingresar a domicilios o establecimientos comerciales sin obtener el consentimiento previo de su titular. Lo que debe estar debidamente documentado y registrado. Esto debido a que se trata de diligencias administrativas, donde los agentes de Migración no cuentan con una orden judicial.
  • Se debe informar la razón por la cual la persona es detenida.
  • La persona detenida debe tener la posibilidad de solicitar y recibir asistencia consular, asesoría legal y, de ser el caso, traductor o intérprete.
  • Los detenidos no pueden ser tratados como reclusos, ni permanecer en una cárcel. Por esta razón, es necesario habilitar albergues al menos con condiciones mínimas, que no sobrepasen la capacidad poblacional de las instalaciones, a los fines de brindar una protección adecuada, especialmente por el contexto actual de la pandemia. Se requiere de protocolos sanitarios y otras medidas de contención para prevenir y atender posibles contagios por COVID-19.
  • Se debe prestar especial atención al interés superior del menor de edad, cuando el detenido sea su custodio.

Fernanda Frías destaca que el Estado dominicano tiene discrecionalidad en el ejercicio de establecer las políticas y métodos para controlar el flujo de migrantes que entran y salen de su territorio. Sin embargo, los medios que puede utilizar al ejercer esta facultad deben ser respetuosos de los derechos humanos.

El abogado Thiaggo Marrero Peralta, en un artículo publicado en Acento, donde aborda este tema, plantea que el país debe tener bien definida la política migratoria y aplicarla de conformidad con la ley, no al margen de ella o por encima de ésta, como sucede cuando los agentes de migración allanan un restaurante por sospecha de una actividad ilícita, cuestión que le corresponde a otras entidades estatales.

Sobre el allanamiento al restaurante Laromate Creole, dice que desde la Presidencia del gobierno se procura un accionar apegado al Estado de Derecho, por lo que se debería motivar la reprimenda inmediata a la actual gestión de la Dirección General de Migración que "al parecer está distanciado del enfoque de esta administración"