Hace unas semanas escribía en esta columna sobre el acogimiento de parte del director de migración de la banda protofascistoide denominado La Antigua Orden Dominicana y los peligros que implica darle legitimidad de cualquier tipo a ese de movimiento esencialmente xenófobo. Nuevamente tengo que volver a escribir sobre la actual política migratoria que se lleva desde la Dirección General de Migración en ocasión de una nueva actuación sumamente preocupante, arbitraria y definitivamente abusiva de parte de los agentes de Migración y del propio director de esta institución.
Por suerte aún no pierdo mi capacidad de asombro; pero quizás no debe sorprender de esta administración actuaciones como la penetración y cierre de un restaurante de comida haitiana por parte de agentes de la Dirección General de Migración para hacer una redada de personas supuestamente indocumentadas o con estatus migratorio irregular, cuando ya al inicio de esta gestión varias mujeres embarazadas o luego de dar a luz fueron sacadas de hospitales en este país y emplazadas en una “camiona”.
Importante destacar que nuestra ley de migración no criminaliza la inmigración irregular y, por lo tanto, el estar en situación migratoria irregular solo implica el inicio de un procedimiento administrativo que puede ser de deportación o expulsión del territorio nacional. Por consiguiente, los oficiales de migración carecen de prerrogativas y funciones de persecución de delitos especiales, pues sus actuaciones se enmarcan en el ámbito de la función puramente administrativa.
Precisamente, como todo poder público, las actuaciones de la Dirección General de Migración deben estar circunscritas a las habilitaciones que prevé la ley, en virtud del principio de legalidad y vinculación positiva. Los funcionarios de esta institución carecen de potestad para cerrar negocios y para suspender actividades comerciales.
La ley de migración y su reglamento prevén las facultades de inspección de los agentes migratorios en los puestos de trabajo, puntos fronterizos y en los transportes nacionales e internacionales que penetran o salen del territorio nacional. Dicho esto, lo que no está previsto es que la Dirección General de Migración pueda disponer de la suspensión de actividades comerciales de ningún tipo ni mucho menos irrumpir en locales comerciales para realizar inspecciones migratorias sorpresivas por la ocurrencia de “posibles delitos”, sin la autorización judicial correspondiente.
De existir sospecha de una actividad ilícita, lo propio informar al Ministerio Público para que realice la investigación correspondiente y, además, éste pueda solicitar al juez la orden judicial de allanamiento o registro de morada, conforme a lo establecido en el Código Procesal Penal. Lo que no puede suceder es que los agentes de Migración usurpen funciones propias del Ministerio Público y de la Policía Nacional, o peor que se atribuyan facultades impropias del órgano de control migratorio, tal como el cierre de un local comercial.
El país debe tener bien definida la política migratoria y aplicarla de conformidad con la ley, no al margen de ella o por encima de ésta, como sucede cuando los agentes de migración allanan un restaurante por sospecha de una actividad ilícita, cuestión que le corresponde a otras entidades estatales.
Este tipo de actuaciones, que “causalmente” solo ocurren contra negocios o inmigrantes haitianos, solo puede calificarse de abuso y los funcionarios que ordenaron medidas como estas, como el propio director de migración, pueden haber comprometido su responsabilidad patrimonial dada la antijuridicidad que supone el cierre arbitrario y el allanamiento de un local comercial por parte de agentes de migración.
Desde la presidencia del gobierno se procura un accionar apegado al Estado de Derecho, lo que debería motivar la reprimenda inmediata a la actual gestión de la Dirección General de Migración que al parecer está distanciado del enfoque de esta Administración.